Archivo el 31 de octubre de 2018

RESOLUCION Nº 1968-HCD-2018: AUTORIZAR FACTIBILIDAD DE APROBACIÓN PARA EFECTUAR LA SUBDIVISIÓN DE INMUEBLE SEGÚN PROYECTO DE DIVISIÓN PRESENTADO (EN CROQUIS), UBICADO SOBRE CAMINO A PASOS MALOS

Villa de Merlo, (San Luis), 25 de Octubre de 2018.-

                                           

RESOLUCION Nº 1968-HCD-2018

VISTO:

Las Notas Recibidas N° 210-HCD-2017, N° 704-HCD-2018 y N° 782-HCD-2018, ingresadas al Concejo con fechas 12.05.2017, 21.09.2018 y 10.10.2018, respectivamente; y:

CONSIDERANDO:

Que la primera de las Notas mencionadas en el visto, fue presentada por la Dirección de Catastro de la Municipalidad Villa de Merlo, elevando expediente del Sr. PEDRO ROBERTO GODOY, D.N.I. N° 06.796.865, solicitando subdivisión de un inmueble de su propiedad.-

Que dicha presentación fue respondida por el Concejo a través de la Nota Emitida N° 295-HCD-2017, de fecha 23.11.2017, indicándole al solicitante, que remitiera mayor documentación necesaria para su resolución.-

Que la segunda de las Notas Recibidas citada en el visto de ésta Resolución, fue ingresada por la Dirección de Catastro de la Municipalidad, remitiendo lo solicitado para continuar con el tratamiento del expediente.-

Que mediante la tercera de las Notas Recibidas mencionadas en el visto de esta Resolución, el Sr. GODOY, solicita se emita resolución en su caso.-

Que el Proyecto de División presentado (croquis), es confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Roberto G. Martinez, M.P. N° 211 del C.A.S.L., en relación al inmueble de propiedad del solicitante, ubicado sobre Camino a Pasos Malos, Merlo, Pcia. de San Luis, con una superficie total de 14 hectáreas 2.400 m2,. (según Plano aprobado N° 3713, de fecha 22 de Junio de 1966, confeccionado por el Ingeniero Civil Rodolfo Ricco), con inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 3-16867-6, Padrón N° 3713, Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis.-

Que si bien el inmueble se encuentra en Zonta T4, la subdivisión propuesta es razonable, dado que dentro de la hijuela que se desprende se encuentra construida la casa paterna y de los antecesores del peticionante,  edificio que tiene más de 100 años de antigüedad, siendo los ocupantes actuales personas nativas de la localidad.-

Que por todo ello la Comisión de Planeamiento de este Concejo, eleva el Expediente al Plenario del mismo,  disponiéndose dictar la presente Resolución conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones expuestas y que constan en los considerandos de la presente Resolución, la factibilidad de aprobación para efectuar la subdivisión de un inmueble según Proyecto de División presentado (en croquis), confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Roberto G. Martinez, M.P. N° 211 del C.A.S.L., en relación al inmueble de propiedad del solicitante, ubicado sobre Camino a Pasos Malos, Merlo, Pcia. de San Luis, con una superficie total de 14 hectáreas 2.400 m2,. (según Plano aprobado N° 3713, de fecha 22 de Junio de 1966, confeccionado por el Ingeniero Civil Rodolfo Ricco), con inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 3-16867-6, Padrón N° 3713, Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis.-

ARTICULO 2°: El Proyecto de División remitido, es firmado por los Concejales al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº X-0796-HCD-2017, de que sido tratado por este H.C.D.-

ARTICULO 3º: El solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 4°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del  D.E.M. correspondientes y a los interesados,  para su toma de razón.-

ARTICULO 5º: DE FORMA.-

 

RESOLUCION Nº 1967-HCD-2018: DECLARA DE INTERES MUNICIPAL PRESENTACIÓN “AGÜERO, FOR EXPORT” QUE REALIZARÁN LOS ALUMNOS DE 4º Y 5º AÑO DEL NIVEL SECUNDARIO DE LA ESCUELA Nº 288 “ANTONIO ESTEBAN AGÜERO”

Villa de Merlo, (San Luis), 18 de Octubre de 2018.-

        

RESOLUCION Nº 1967-HCD-2018

VISTO:

La Nota Recibida N° 786-HCD-2018, presentada a este cuerpo el día 16 de Octubre del corriente año; y:

CONSIDERANDO:

Que esta presentación fue realizada por la Lic. Lorena Lara, Docente de la Escuela Nº 288 “Antonio Esteban Agüero”, quien solicita se declare de interés municipal la presentación “Agüero, for export” que realizarán los alumnos de 4º y 5º año del nivel secundario de la citada escuela, el próximo viernes 19 de octubre en la Casa del Poeta.-

Que la idea de este proyecto surgió de la necesidad de dar a conocer parte de la obra de Agüero en idioma inglés para los turistas extranjeros que visitan la Villa de Merlo; así como también las costumbres y los lugares emblemáticos de nuestro pueblo. Desde el área de Lengua y Literatura se trabajó la poesía de Antonio Esteban Agüero,  a través del área de Lengua Extranjera se tradujo a fin de que los alumnos confeccionaran el guión cinematográfico.-

Que las escenas de la presentación audiovisual fueron filmadas en La Casa del Poeta, en el Algarrobo Abuelo y lugares emblemáticos de la Villa, que se contará con una parte en vivo en la que los alumnos bailarán acompañados por músicos en escena.-

Que este proyecto es parte de los Intercolegiales Culturales en el que han integrado las áreas de lengua extranjera, lengua y literatura e historia, para que los estudiantes puedan desarrollar sus capacidades creativas;  trabajar en forma colaborativa;  acrecentar su sentido de pertenencia a la Provincia de San Luis; integrar las diversas áreas para generar un trabajo interdisciplinario;  dar a conocer la obra de Agüero y sus lugares emblemáticos; revalorizar aquellos lugares que son tan familiares y difundir las tradiciones y costumbres regionales.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 18º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL, la presentación AGÜERO, FOR EXPORT” que realizarán los alumnos de 4º y 5º año del nivel secundario de la Escuela Nº 288 “Antonio Esteban Agüero”, el próximo viernes 19 de octubre en la Casa del Poeta.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1966-HCD-2018: DECLARA DE INTERES MUNICIPAL, JORNADA DE CAPACITACIÓN REGIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE MERLO

Villa de Merlo, (San Luis), 18 de Octubre de 2018.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1966-HCD-2018

 
 
VISTO:

La Nota Recibida N° 785-HCD-2018, presentada a este cuerpo el día 16 de Octubre del corriente año; y:

CONSIDERANDO:

Que esta presentación fue realizada por la Sub Oficial Mayor de Bomberos Voluntarios de Merlo, DAIANA HERRERA, quien comunica que conforme a la planificación anual de capacitación y mejora continua en las técnicas nacionales e internaciones, el cuartel de Bomberos de Merlo, será Sede de una Jornada de Capacitación Regional.-

Que las capacitaciones en Bomberos de Merlo son auto gestionadas y evaluadas conforme a las necesidades y promedios de los servicios que son requeridos.-

Que la misma estará a cargo de dos instructores que llegan especialmente de Escocia, de la Fundación IFRA,  quienes están a la vanguardia de la capacitación mundial, y brindaran instrucción sobre accidentes vehiculares, rescates relacionados y utilización de maquinaria y herramientas a fines.-

Que el Cuartel de Bomberos ha sido beneficiado por dicha fundación con elementos de protección personal, maquinaria, indumentaria formal entre otros. Y  los lazos de fraternidad que se establecieron han mejorado el desarrollo de la actividad.-

Que en dicha capacitación se realizará por primera vez un simulacro integral con la participación de las fuerzas de salud y seguridad de nuestra localidad conforme a las actuaciones en accidentes de tránsito y vehicular con heridos múltiples (simulados).-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 18º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL,  Jornada de Capacitación Regional de Bomberos Voluntarios de Merlo, a realizarse el viernes 26 y sábado 27 de octubre del 2018.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1965-HCD-2018: DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL “PEÑA DE DON SANTIAGO” EVENTO QUE SE REALIZA ANUALMENTE POR ALUMNOS DEL CENTRO EDUCATIVO N° 27, “GOBERNADOR SANTIAGO BESSO

Villa de Merlo, (San Luis), 18 de Octubre de 2018.-

                                           

RESOLUCIÓN Nº 1965-HCD-2018

VISTO:

La Nota Recibida N° 757-HCD-2018, presentada a este cuerpo el día 08 de Octubre del corriente año; y:

CONSIDERANDO:

Que esta presentación fue realizada por la Profesora MARIA ALEJANDRA GUARDIA, Regente de Nivel Inicial y Primario del Centro Educativo N° 27, “Gobernador Santiago Besso”, con sede en Calles Neptuno y Pedernera Sur, de esta Villa, quien comunica respecto del Evento que anualmente lleva adelante dicho Establecimiento Educacional, denominado “La Peña de Don Santiago”.-

Que refiere la presentante que más allá del rol formativo – social que tiene como Institución, existe el anhelo permanente de apertura a la Comunidad, al trabajo mancomunado de familias, a la consolidación de nuestro acervo cultural regional y al respeto por nuestras raíces, que hace a la identidad nacional.-

Que desde el año 2011,  vienen realizando con éxito “La Peña de Don Santiago.-

Que en el evento participan los alumnos de todos los niveles educativos con la puesta en escena de lo aprendido durante el año escolar en el taller de folklore donde no sólo se pone en juego las habilidades natas de cada alumno, sino también el respeto hacia sus pares, hacia su historia y hacia su cultura  e identidad como Centro Educativo, nuestra esencia merlina, sanluiseña y especialmente argentina.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 18º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL, la “Peña de Don Santiago”, evento que se realiza anualmente por alumnos del Centro Educativo N° 27, “Gobernador Santiago Besso”, sito en Calles Neptuno y Pedernera Sur, de esta Villa de Merlo, Provincia de San Luis.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 
 

  RESOLUCIÓN Nº 1964-HCD-2018: DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL EL “PROYECTO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y DEPORTIVO DE LA HERRADURA RUGBY CLUB”.-

Villa de Merlo, (San Luis), 11 de octubre de 2018

 

                                  RESOLUCION Nº 1964-HCD-2018

VISTO:

La Nota Recibida Nº 680-HCD-2018, ingresada al Concejo con fecha 17 de Septiembre de 2018;  y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, los asociados y comisión directiva de la Asociación Civil Herradura Rugby Club, solicitan la posibilidad de que el “Proyecto de Integración Social y Deportivo de la Herradura Rugby Club” sea declarado de interés Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de la Villa de Merlo.-

Que refieren a que la aprobación de la mencionada solicitud significará un respaldo importante al compromiso asumido por los integrantes de tal club de no ser solamente una institución deportiva para la práctica del rugby, sino ser una entidad  abierta a la comunidad en lo social, cultural y deportivo.-

Que consideran que el deporte y la actividad social son  medios que favorecen el desarrollo del individuo de manera integral; estimulando su mente y su cuerpo en un ámbito social. Sobre todas las cosas, buscan lograr un espacio de encuentro entre los individuos, generando vínculos entre pares, intergrupo e intragrupos, estimulando la reunión de las familias a través del deporte y la actividad social y cultural sin distinción de clases.-

Que si bien es un proyecto de gran envergadura, están convencidos de sostenerlo en el tiempo ya que los  pilares fundamentales del Club son el trabajo en equipo, la cooperación y la aceptación de todas las diferencias para favorecer un objetivo en conjunto.-

Que la idea es poder permitir el uso y compartir las  instalaciones del Club con Fundaciones, ONGS, Asociaciones deportivas o no deportivas, Merenderos, Agrupaciones de jóvenes, etc.; que representen y desarrollen actividades para personas con distintos grados de discapacidad, con problemas de salud, jóvenes en situación de calle, familias de escasos recursos, o instituciones educativas y deportivas que no cuenten con espacios acordes y también a organismos municipales, provinciales y nacionales.-

Que dentro de nuestra legislación local, contamos con la Ordenanza N° 949-HCD-2005, la que en su Capítulo I, Arts. 18°, siguientes, correlativos y concordantes, le permite a este Cuerpo realizar este tipo de declaraciones.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

 

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL el “Proyecto de Integración Social y Deportivo de la Herradura Rugby Club”.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1963-HCD-2018: AUTORIZAR PREFACTIBILIDAD SOLICITADA POR EL SR. MAURO ALFREDO FLORES, PARA INSTALAR “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS”, EN CUALQUIERA DE LOS LOCALES HABILITADOS DE LA “GALERÍA DEL SOL”

Villa de Merlo, (San Luis), 11 de Octubre de 2018.-

 
 

RESOLUCION Nº 1963-HCD-2018

 
VISTO:
La Nota Recibida N° 686-HCD-2018, presentada a este Cuerpo el día 18 de Septiembre del corriente año; y:
 
CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Directora de Obras Privadas de la Municipalidad Villa de Merlo, eleva solicitud del Sr. MAURO ALFREDO FLORES, la que consiste se le haga lugar  a la prefactibilidad de autorización de rubro, para instalar un puesto móvil de venta de diarios y revistas en la Galería del Sol, sito en Avda. del Sol Nº 351, de está Villa.-

Que el Expediente fue iniciado ante la Municipalidad, mediante solicitud de prefactibilidad de habilitación N° 3926, del 10 de Septiembre de 2018, a través de la cual se le respondió que el rubro no procede según Ordenanza N° 0499-HCD-2012.-

Que analizado el caso, este Concejo considera que no puede desoírse esta solicitud, ya que implica una fuente de trabajo, pero con las modalidades correspondientes.-

Que por todo ello se resuelve conforme se expresa a continuación.-

 

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

 

ARTICULO 1º: AUTORIZAR,  la prefactibilidad solicitada por el Sr. MAURO ALFREDO FLORES, D.N.I. N° 26.382.446, para instalar “Venta de diarios y revistas”, en cualquiera de los locales habilitados de la “Galería del Sol”, sito en Avda. del Sol Nº 351, de está Villa, propiedad del Sr. Lucas Omar Ramírez.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y al interesado, para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1962-HCD-2018: AUTORIZAR FACTIBILIDAD DE USO V.A.T.T., EN LA PROPIEDAD DE SRA. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ, (ZONA R1)

                                         Villa de Merlo, (San Luis), 04 de octubre de 2018

 

RESOLUCION Nº 1962-HCD-2018

 
VISTO:
La Nota Recibida Nº 531-HCD-2018, ingresada al Concejo con fecha 07.08.2018; y:
 
CONSIDERANDO: 

Que tal solicitud, fué remitida al Cuerpo por la Sra. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 17.107.649 quien plantea un problema de habilitación de dos unidades para V.A.T.T..-

Que refiere la solicitante que pretende se le habilite dicho domicilio en el rubro VATT (casa de alquiler).-

Que  con fecha 06.09.18 se remitió la Nota Emitida Nº 233-HCD-2018, a la Dirección de Obras Privadas, Arq. Laudo Malet con el objeto de reenviarle dicha presentación, y solicitarle que envíe el Expediente completo para poder darle continuidad al tratamiento de este pedido.-

Que por medio de Nota Recibida Nº 684-HCD-2018, de fecha 18.09.2018, la Arq. Laudo Malet, remite fotocopia de Mensura y Plano Final de Obra pertenecientes a las parcelas designación catastral: Sección 07, Mz 33, Parcela 16 y 17 (Zona R1).-

Que dentro del Concejo existen antecedentes sobre solicitudes similares.-

Que ante ello, la Comisión interna correspondiente del Cuerpo a su vez elevó sus conclusiones en referencia a este tema al Plenario del Concejo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1°: AUTORIZAR FACTIBILIDAD DE USO V.A.T.T., por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, en la propiedad de la  Sra. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 17.107.649,  Sección 07, Mz 33, Parcela 16 y 17 (Zona R1) de ésta localidad, para desarrollar la actividad de VATT “casa de alquiler”.-

 

ARTICULO 2°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a la interesada, para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCION Nº 1961-HCD-2018: AUTORIZAR, A SRES. HECTOR RUBEN CORDOBA Y MONICA PATRICIA ENRIQUE TRATAMIENTO DEL PLANO DE RELEVAMIENTO EN LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA Nº VIII-0663-HCD-2015.(PLAN DE REGULARIZACIÓN DE OBRAS).-

Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Octubre de 2018.-

 
 

RESOLUCION Nº 1961-HCD-2018

VISTO: 

La Nota Recibida Nº 500-HCD-2018; ingresada al Concejo con fecha 30.07.2018; y:

CONSIDERANDO:

Que la misma es ingresada por los Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, mediante la cual plantean su imposibilidad de obtener Final de Obra en una propiedad que les pertenece.-

Que con fecha 09 de Agosto del corriente año, el H.C.D. remitió la Nota Emitida N° 192-HCD-2018, a la Dirección de Obras Privadas Municipal, Arq. Antonella Laudo Malet, requiriendo que solicite a los interesados la documentación faltante conforme a la legislación vigente, y luego remita la misma. Todo ello para poder darle continuidad al tratamiento de esta solicitud.-

Que con fecha 14.08.2018, ingresa Nota Recibida N° 557-HCD-2018, mediante la cual la Dirección de Obras Privadas Municipal  responde a la Nota Emitida de referencia, donde informa que se verifica que la parcela no posee planos aprobados, y que solo se registra el ingreso de un plano para visado previo en el año 2014, mediante el cual se constata  todo lo expuesto por los propietarios, en lo referido a la edificación, y adjunta la documentación faltante.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

 

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, y a los efectos de regularizar la situación planteada por los interesados, Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, el tratamiento del Plano de Relevamiento en los términos de la Ordenanza Nº VIII-0663-HCD-2015. (Plan de Regularización de Obras).-

 

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del  D.E.M. correspondientes y a los interesados,  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1959-HCD-2018: DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL EVENTO " ENCUENTRO MUNDIAL CONSCIENTE"

Villa de Merlo, (San Luis), 27 de Septiembre de 2018.-

 

                                           

RESOLUCIÓN Nº 1959-HCD-2018

VISTO:

La Nota Recibida Nº 706-HCD-2018, ingresada al Concejo con fecha 21 de Septiembre de 2018;  y:

 

CONSIDERANDO:

Que la Nota Recibida consignada en el visto es ingresada por “Hijos del Sol” Consultora Laboral, Espiritual y Ambiental, integrada por Selva Marlene Ulfe Creste, Simón Orlando Sinatra Landeau y  Miguel Ángel Ulfe Creste; y tiene por objeto el de solicitar la Declaración de Interés Municipal del evento sustentable “Encuentro Mundial Consciente”, a realizarse el sábado 13 de octubre de 10 a 19 horas en la Plaza Arco Iris de Villa de Merlo.-

Que tiene como objetivo transformar el Día Internacional para la Reducción de Desastres Naturales, el cual se celebra el 13 de Octubre.-

Que la Consultora Hijos del Sol, se encuentra gestionando la activación de la ley 26.058 de Educación Técnico Profesional,  la cual  brinda cursos de corta duración de capacitación laboral gratuita, siendo que en el marco del evento se realizará una jornada de 9 horas de Actividades Gratuitas Laborales, Espirituales y  Ambientales, entre ellas las siguientes actividades: Yoga, Wing Chun, Cueros y Calzados, Energías Renovables, Círculo Vocal, Plantas Aromáticas, Tai Chi, Círculo de Intención  por la Humanidad con la Naturaleza  y el Cosmos.-

Que  por formación profesional se entiende todos aquellos estudios y aprendizajes encaminados a la inserción, reinserción y actualización laboral, cuyo objetivo principal es aumentar y adecuar el conocimiento, fortalecer las habilidades de los actuales y futuros trabajadores a lo largo de la vida.-

Que dentro de nuestra legislación local, contamos con la Ordenanza N° 949-HCD-2005, la que en su Capítulo I, Arts. 18°, siguientes, correlativos y concordantes, le permite a este Cuerpo realizar este tipo de declaraciones.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

 RESOLUCIÓN

 

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL el evento sustentable “Encuentro Mundial Consciente”, a realizarse el sábado 13 de octubre de 10 a 19 horas en la Plaza Arco Iris de Villa de Merlo.-

 ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores  para su toma de razón.-

 ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1958-HCD-2018: DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL la PARTICIPACION de la Villa de Merlo en la  23° edición de la Feria Internacional de Turismo

Villa de Merlo, (San Luis), 27 de Septiembre de 2018.-

                                           

RESOLUCIÓN Nº 1958-HCD-2018

VISTO:

La participación de la Villa de Merlo en la  23° edición de la Feria Internacional de Turismo en La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires, y:

 

CONSIDERANDO:

Que se realizó el lanzamiento oficial de la edición Nº 23 de la Feria Internacional de Turismo de América Latina (FIT), evento anual clave para el turismo nacional e internacional que se realizará desde el 29 de septiembre al 02 de octubre en La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires.-

Que la Feria contará con más de 1450 expositores, la participación de todas las provincias argentinas, más 49 países, hoteles, tour operadores, líneas aéreas y empresas de servicio.-

Que se trata de uno de los eventos turísticos más convocantes del mundo, que cada año supera los cien mil visitantes entre profesionales del sector y público en general que acude en búsqueda de planificar sus vacaciones.-

Que en ese ámbito, Villa de Merlo tendrá una de las participaciones más destacadas de los últimos años, ya que en esta oportunidad se presentará con un stand independiente muy cerca del ingreso al Pabellón Nacional, la puerta de entrada principal de la feria, donde habrá representación institucional y participarán las asociaciones del sector turístico.-

Que la Villa de Merlo se presentará con un espacio propio con propuestas de realidad virtual donde la gente podrá hacer un recorrido por la Ciudad, específicamente en el filo de la Sierra con actividades de aventura, el Salto del Tabaquillo y disfrutar del vuelo de las aves, así también  juegos, degustaciones, espectáculos artísticos y toda la información para elegir Villa de Merlo en las vacaciones de verano.-

Que  se  presentará una bitácora de experiencias memorables y únicas, donde el turista tiene un rol activo, y se dará a conocer el cronograma de eventos para toda la temporada.-

Que se reconoce la labor de la Secretaria de Turismo, Lic. Lucia Miranda por su trabajo de coordinación, planificación y logística, haciendo extensivo a todo el equipo de la Secretaría y miembros del EMIPROTUR.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

 ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL la participación de la Villa de Merlo en la  23° edición de la Feria Internacional de Turismo en La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires, a llevarse a cabo los dias 29 y 30 de setiembre y los dias 1 y 2 de octubre.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia y a los organizadores  para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-