Archivo el 9 de octubre de 2018

ORDENANZA Nº VIII-0831-HCD-2018: MODIFICA ORD. Nº VIII-0499-HCD-2012, PUNTO Nº 5,  ZONA COMERCIAL C7,

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de julio de 2018.-

ORDENANZA Nº VIII-0831-HCD-2018

 

VISTO:

La Zona Comercial C7 está prevista en la Ordenanza N ° VIII-0499-HCD-2012; y

CONSIDERANDO:

Que ha ingresado en la nota recíproca N ° 407-HCD-2018, con fecha 19.06.2018, por el cual es el Secretario General de Gestión Territorial del Municipio, expone una situación sobre la Zona C7, al igual que corresponda a los Índices Urbanísticos con Respecto a los retiros por las dimensiones reales de las parcelas.

Que se presenta un listado de todas las parcelas de la Zona C7 y sus dimensiones.-

Que es necesario potenciar la Zona Comercial.-

Que la Comisión N ° 1, de Planeamiento, de Concejo estudió el tema, se elevó a Plenario del Cuerpo, Se propone dictar la siguiente ordenanza.-

 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONOR CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (SL) EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1 ° : MODIFICAR , la Ordenanza Nº VIII-0499-HCD-2012, Punto Nº 5,   ZONA COMERCIAL C7, estableciendo para la misma, lo siguiente:

 
C: Retiros de frente: 4 mts. (cuatro metros)
Lateral: 3 mts. (tres metros)
de fondo: 3 mts. (tres metros)
ORDENANZA Nº VIII-0499-HCD-2012: NUEVAS ZONAS COMERCIALES & # 8220; USOS y ZONAS COMERCIALES I & # 8221;

ARTICULO 2 ° : COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VIII-0830-HCD-2018: HOMOLOGA “CONVENIO PARA APERTURA Y PROLONGACIÓN DE CALLE PRESBITERO BECERRA HACIA EL SUR DE LA AVENIDA DEL SOL

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Julio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0830-HCD-2018

 
 

VISTO:

La situación jurídica que presenta la Calle Presbítero Becerra en el tramo comprendido entre Calle Marqués de Sobremonte y/o Avda. del Sol y Calle Cerro Champaquí; y:

CONSIDERANDO:

Que mediante la Nota Recibida N° 546-HCD-2017, de fecha 05.09.2017, la Secretaría de Gestión Territorial de la Municipalidad de Merlo, remite el documento titulado: “CONVENIO PARA APERTURA Y PROLONGACION DE CALLE PRESBITERO BECERRA HACIA EL SUR DE LA AVENIDA DEL SOL”, solicitando su estudio y homologación conforme lo establece la Ordenanza N° 1213-HCD-2010.-

Que con fecha 30.11.2017, el Concejo produjo la Nota Emitida N° 300-HCD-2017, dirigida a la Secretaría de Gestión Territorial, solicitando la totalidad de los planos que afecten la calle mencionada hasta Calle Carlos Gardel.-

Que con fecha 27.12.2017, la Secretaría en cuestión, ingresa la Nota Recibida N° 897-HCD-2017, agregando la documentación solicitada.-

Que con fecha 26.06.2018, ingresa la Nota Recibida N° 433-HCD-2018 por una vecina que plantea le siguen cobrando impuestos por una parcela que corresponde a parte de la mencionada calle.-

Que con fecha 27.06.2018, ingresa la Nota Recibida N° 437, de la Secretaría Legal de este Concejo, produciendo informe.-

Que los espacios verdes siempre han sido y son motivo de constante resguardo, siendo interés del Ejecutivo Municipal  y de éste H.C.D., la regularización dominial de todos los inmuebles afectados a tal utilidad (en este caso se trata de una Calle Pública céntrica).-

Que la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213) en su Artículo 3º dice:” REQUERIR al D.E.M., remita a este Concejo la totalidad de las actas de donación y/o instrumentos similares para su control y homologación.-“

Que en el Artículo 2º de la citada Ordenanza se le requiere al D.E.M. que realice: ”…un prolijo relevamiento, inventario y actualización de datos a la fecha de sanción de la presente norma, en relación a los espacios verdes municipales, con las mayores precisiones posibles, en cuanto a ubicación, superficies, padrones, escrituras, actas de donación, y todo otro dato que coadyude a su correcta individualización y características, del cual, una vez cumplido será elevada copia a éste Concejo.”

 

Que en el Artículo 4º dice: “ESTABLECER, que a partir de la sanción de la presente la documentación mediante la cual se establezca el ingreso al peculio municipal de inmuebles destinados a espacios verdes, cualquiera fuera su instrumentación, ésta deberá previamente ser elevada a éste H.C.D. para su homologación.-“

Que analizadas las constancias referidas,  y conforme lo indica el Art. 4º de la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), este Concejo resuelve la homologación peticionada, conforme se dispone a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: HOMOLOGAR  el documento titulado: “CONVENIO PARA APERTURA Y PROLONGACION DE CALLE PRESBITERO BECERRA HACIA EL SUR DE LA AVENIDA DEL SOL”, firmado por varios vecinos a favor de la Municipalidad de Merlo,(con firmas certificadas por escribano publico) en concepto de donación para calle pública (hoy Calle Presbítero Becerra), en el tramo que va desde Avda. del Sol y/o Calle Marqués de Sobremonte hacia el Sur, hasta llegar a la intersección de esta con Calle Cerro Champaquí.-

ARTICULO 2°: FACULTAR Y ENCOMENDAR al D.E.M., previo determinar las superficies, padrones, inscripciones de dominio, y todo otro dato que fuere menester recabar, en el tramo de la Calle Pública mencionada en el Artículo precedente, la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo, San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VII-0829-HCD-2018: AUTORIZA TARIFAS DE REMIS- DEROGADA

DEROGADA

 

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de julio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VII-0829-HCD-2018

 
VISTO:

Las presentaciones efectuadas por la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo (SL); y

CONSIDERANDO:

Que a través de las mismas, que han sido seleccionadas como Nota de Recibo Nº 308-HCD-2018 y N ° 393-HCD-2018, con fechas 29.05.2018 y 18.06.2018, respectivamente), los taxistas de nuestra Villa a través de la Asociación de Taxis, solicite un incremento de tarifas, por el aumento que ha tenido de sus insumos indispensables.

Que en la primera parte de las Notas se mencionó anteriormente, que se ha considerado un aumento mayor y que luego se ha reducido según la segunda edición de las Notas Recibidas.-

Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D.,  se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 23 de Noviembre del año 2017, mediante Ordenanza Nº VII-0797-HCD-2017, es decir, hace aproximadamente 8 meses a la fecha.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:

EN ZONA URBANA:

 

  • BAJADA DE BANDERA: $ 27,50.- (veintisiete pesos con cincuenta centavos), hasta los 100 metros-
  • CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $2,25.- (dos pesos con veinticinco centavos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

EN RUTA:

  • BAJADA DE BANDERA: $27,50.- (veintisiete pesos con cincuenta centavos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $1,75.- (un peso con setenta y cinco centavos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de 120 fichas, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-

ARTÍCULO 2º : DEROGAR, en todas sus partes, Ordenanza Nº VII- 0797-HCD-2017.-

ORDENANZA Nº VII-0797-HCD-2017: AUTORIZAR CUADRO DE TARIFAS SERVICIO TAXIS

ARTICULO 3º : APLICAR EN EL CASO , LO NORMADO POR EL ARTÍCULO 1º DE LA ORDENACIÓN Nº 1159-HCD-2009.-

 ORDENANZA Nº 1159-HCD-2009: REGLAMENTA PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS

ARTICULO 4º: COMUNICADO, NOTIFICADO, PUBLICADO, REGISTRO Y ARCHIVO OPORTUNAMENTE.

 

ORDENANZA Nº XI-0828-HCD-2018: DESIGNA a Dra. ERIKA LORENA COY COMO JUEZ DE FALTAS

 

Villa de Merlo, (San Luis), 28 de Junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº XI-0828-HCD-2018

 
 
VISTO:

La Nota Recibida Nº 258-HCD-2018, ingresada con fecha 15.05.2018 a este Concejo por el Sr. Intendente Municipal; y:

CONSIDERANDO:

Que el propósito de la misma es instar el procedimiento normado por el Código de Faltas Municipal y Anexo a la Ordenanza Nº 97-HCD-1989, en sus Arts. 36º y 38º, para lo cual remite terna de profesionales aspirantes al cargo de Juez de Faltas Municipal, luego de haberse aceptado la renuncia formulada por la anterior Funcionaria que ocupaba dicho cargo.-

Que informa se presentaron un total de 9 profesionales aspirantes al cargo, a los cuales se les realizaron entrevistas personales con la participación del Asesor Legal de la Municipalidad, habiendo seleccionado la terna integrada por los Dres. Leandro Raúl Bianchi, Erika Lorena Coy y Maria Cecilia Monteros, de quienes remite sus currículums vitae para su consideración, evaluación y posterior elección del titular del cargo vacante.-

Que posteriormente se remitió pedido al D.E.M., con fecha 31.05.2018, solicitando los títulos de los profesionales ternados y sus domicilios, habiendo cumplimentado con lo requerido mediante el ingreso de la Nota Recibida N° 391-HCD-2018, de fecha 14.06.2018, quedando el expediente en situación de resolver.-

Que el Juzgado de Faltas ha sido creado por Ordenanza Nº 97-HCD-1989, la que establece en el artículo 36º que el mismo estará integrado por un Juez de Faltas que será designado por el Honorable Concejo Deliberante en base a una terna enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal.-

Que presupuestariamente se encuentran previstas las asignaciones correspondientes para permitir el funcionamiento de dicho Juzgado.-

Que este Cuerpo habiendo evaluado los antecedentes y el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 97-HCD-1989, resuelve por mayoría de la Comisión de Gobierno, designar como Juez de Faltas Municipal a la Dra. ERIKA LORENA COY.-

Que la profesional designada, ya se desempeñó en tareas del Juzgado de Faltas Municipal local como Secretaria Letrada del mismo.-

Que su título es de la Universidad de Buenos Aires (UBA), la cual ha sido declarada recientemente como la mejor Casa de Altos Estudios de América Latina.-

Que en la entrevista que se le realizó mostró su disposición a trabajar en equipo lo que representa un valor apreciado por este Concejo.-

Que resulta electa en una terna de profesionales evaluada previamente por el Sr. Intendente Municipal y el Asesor Legal del Municipio.-

Que conoce la legislación vigente y ofreció su aporte y sus conocimientos a fin de agilizar y actualizar la legislación vigente a los fines de facilitar su aplicación desde el Juzgado de Faltas.-

POR TODO LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: DESIGNASE a la Dra. ERIKA LORENA COY, D.N.I. Nº 24.847.853, domiciliada en Calle Zafiro Nº 35, B° Las Moreras, de ésta Villa de Merlo, Provincia de San Luis, como Juez de Faltas de la Municipalidad de Villa de Merlo (S.L.), con las atribuciones y los deberes establecidos en la Ordenanza Nº 97-HCD-1989.-

ARTICULO 2°: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

ORDENANZA Nº VIII- 0827-HCD-2018: Designar Nombre De Calle “Reforma Universitaria De 1918”

Villa de Merlo, (San Luis), 14 de Junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII- 0827-HCD-2018

Designar Nombre De Calle “Reforma Universitaria De 1918”

 

VISTO:

Que el 15 de junio del corriente año se cumplen cien años de la Reforma Universitaria de 1918, que dio comienzo al movimiento estudiantil argentino, sentando las primeras bases del sistema universitario de nuestro país conquistando derechos como la autonomía universitaria, el cogobierno, la extensión universitaria, la educación laica, la libertad de pensamiento y la jerarquización en la relación obrero-estudiantil, y;

CONSIDERANDO:

Que el movimiento reformista se gestó a partir del compromiso de trasformación y la participación política de los jóvenes, generando una corriente de pensamiento político universitario, que se expandió por toda América Latina sentando las bases de la educación pública en la actualidad.-

Que de dicho acontecimiento histórico ejecutado por la Federación Universitaria de Córdoba (FUC) y alentado por el gobierno radical de Hipólito Yrigoyen, surgió la democratización del gobierno universitario.-

Que como se expresa en los vistos de la presente, los principios fundamentales de la gesta implicaban: la autonomía, el cogobierno, concursos públicos y periodicidad de las cátedras, lo que trajo un mejoramiento de la enseñanza y de la calidad académica. Además, se planteó como principio básico y fundamental, la gratuidad y el compromiso social de las universidades con la comunidad, a través de la extensión universitaria. También fue un postulado el latinoamericanismo, forjado en esa su época fundacional y en los años 20´ con un claro plan de conciencia social, el antiimperialismo, la reivindicación de los pueblos originarios, el nacionalismo agrario, la integración con la clase trabajadora para respaldar y sostener sus reivindicaciones; todo ello dentro del marco de la democracia con contenido social.-

Que reflexionar sobre el movimiento reformista, y su impacto en Argentina y Latinoamérica, es fundamental para repensar la educación y la universidad, con sus conquistas y avances, pero también con sus desafíos futuros.-

Que en la Villa de Merlo contamos con la presencia de dos Universidades Nacionales Publicas, la ya conocida Universidad Nacional de San Luis mediante la Facultad de Turismo y Urbanismo, y la recién creada Universidad Nacional de Los Comechingones en proceso de organización, por lo que resulta indispensable jerarquizar ante la comunidad a la Universidad en general y a los principios de la Reforma en particular.-

Que es fundamental comprometer al gobierno local con la vida universitaria, ya que por medio de la educación es que el pueblo logra empoderarse, mejorar su calidad de vida y la de comunidad.-

Que en el ejido municipal existen nuevas calles sin nombres, por lo que resulta necesario la asignación de los mismos, y en ese sentido entendemos que “REFORMA UNIVERSITARIA DE 1918” puede ser uno de ellos por la importancia antes resaltada.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “REFORMA UNIVERSITARIA DE 1918”, a la Avenida contemplada en la Ordenanza 732 de Marco Trazado, proyectada de 30 metros de ancho y ubicada de forma paralela a Ruta 1 a una distancia aproximada de 2.000 metros de la Rotonda de Merlo hacia el oeste.-

 

ARTICULO 2°: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente Ordenanza los correspondientes croquis de ubicación.-

 

ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación del nombre designado precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ORDENANZA Nº VIII-0489-HCD-2012: NOMENCLADOR VILLA DE MERLO

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VII- 0826-HCD-2018: AUTORIZA AUMENTO DE TARIFAS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS

DEROGADA POR  ORDENANZA Nº VII-0865-HCD-2018: TARIFAS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Villa de Merlo, (San Luis), 07 de junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VII- 0826-HCD-2018

 
VISTO:
El ingreso de la Nota Recibida Nº 114-HCD-2018, ingresada con fecha 27 de marzo de 2018; y
 
CONSIDERANDO:

La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo, adjunta y remite, copia de la presentación se realizó por la Empresa ZENITRAM SAN LUIS SRL para el Municipio Expediente N ° 7688, de fecha 23.03.2018 , por el cual la Empresa Concesionaria del Servicio de Transporte Público de Pasajeros de nuestra Villa, solicitudes de incremento de tarifas, por el aumento en todos sus insumos, etc.

El tema fue tratado en la Comisión.

POR TODO ELLO EL HONOR CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º : AUTORIZAR , CONCLUSIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MUNICIPIO , SAN LUIS Y LA EMPRESA CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE NUESTRA VILLA “ZENITRAM SAN LUIS SRL”, con fecha 18 de abril de 2017, Orden de acuerdo con el siguiente CUADRO DE TARIFAS , para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros de nuestra Villa:

  • Boleto Pasaje UNICO para 1ra, 2da. y 3ra. Sección >>>> $ 15,00.-
  • Boleto Pasaje obrero / docente UNICO >>>>>>>>>>>>>> $ 9,00.-
  • Boleto Pasaje Estudiantil >>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>> $ 5,00.-
  • Boleto Pasaje Discapacitados >>>>>>>>>>>>>>>>>>>> $ 0,00.-

ARTICULO 2º : DEROGAR las Ordenanzas Nº VII-0768-HCD-2017 y VII-0794-HCD-2017.-

ORDENANZA Nº VII-0794-HCD-2017: INCREMENTO DE TARIFAS ZENIBUS

ORDENANZA Nº VII-0768-HCD-2017: TARIFAS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS

ARTICULO 3º : COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VIII-0832-HCD-2018 “MODIFICA ORD. Nº VIII-0520-HCD-2012, ZONA R8B”

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de julio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0832-HCD-2018

“MODIFICACIÓN ORD. VIII-0520-HCD-2012, ZONA R8 B ”

 

VISTO:

La Ordenanza N ° VIII-0520-HCD-2012; y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario regular el ordenamiento territorial de la Villa de Merlo.-

 

Que debido al gran desarrollo y al crecimiento de la orden demográfica de la Ciudad, obliga a extender las zonas urbanas planificando el crecimiento y limitando el mismo.-

 

Que han sido numerosos en las necesidades de los vecinos, problemas en estas zonas, que han motivado más de una vez, el dictado de establecer las excepciones a la normativa vigente.

 

Que las dimensiones de los terrenos establecidos en la ord. N ° VIII-0520-HCD-2012 para la zona R8B es de 5.000 m 2 , existiendo en las zonas contiguas, terrenos con superficies mínimas de 1.500 m2. En este caso, la calle Cuesta del Cerro separa dos zonas de dimensiones muy distintas de los terrenos.-

 

Qué demorar la implementación de la reglamentación de las secciones y las zonas antes citadas traería problemas en el desarrollo y el crecimiento armónico de la Villa.-

 

Que por ello, este HCD propone el siguiente proyecto de ordenanza.-

 

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONOR CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (SL) EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1 ° : MODIFICAR , la Ordenanza Nº VIII-0520-HCD-2012, ART. Nº 3) ZONA R8B, estableciendo para la ZONA R8B todos los indicadores urbanísticos de la ZONA R8A   y en su correspondiente, los correspondientes urbanos de la zona, un sable: Usos, Dimensiones, Retiros, Índices (FOS, FOT, OE y EV) ), Altura Máxima, Techos, Cercos y Medianeras, Arbolado y Veredas.-

ARTICULO 2 ° : COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

 
ORDENAMIENTO CERRO DE ORO-ZONA SUR (DEROGA ORD. Nº 851/03)

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 04 DE OCTUBRE DE 2018 ACTA N ° 028-HCD-2018.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

FECHA: 04 DE OCTUBRE DE 2018

ACTA N ° 028-HCD-2018.-

De las Actas :

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta Nº 026 del día 20 de septiembre de 2018 —————————————- ———————-

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 737-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Carmen Ortega, en ref .: enviar copia de Nota R. Nº 703-HCD-18 sobre pedido de informes por la Obra “Las Cuatro Estaciones” .-

 

3) Nota R. Nº 738-HCD-18.- Despacho de la Comisión, Proyecto de Nota a la Asociación Civil Picahuesos Básquet Club, en ref .: invitar a una reunión de la Comisión del día Miércoles 10 del presente mes y año a las 19: 00 horas, un fin de tratamiento pedido de reducción en los montos de las tasas municipales y derechos de construcción.-

 

4) Nota R. Nº 739-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Fundación Espacios Verdes, en ref .: agradecer la participación e informarle la participación del HCD a la apertura de las VI Jornadas RESA.-

 

5) Nota R. Nº 740-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Centro Cultural Rincón del Este y Peña “Los Rinconeros”, en ref .: convocarlos a la reunión de Comisión, del día Miércoles 10 del corriente mes y año a las 20:00 horas, a fin de tratar la declaración de Interés Cultural y Municipal de la fiesta “Peña de los Rinconeros” y el “Paseo de Arte, Cultura e Historia de Rincón del Este” .-

 

6) Nota R. Nº 741-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref .: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el Primer Concurso de Diseño de Folleto para la difusión de la Reserva Provincial Mogote Bayo denominado “MOGOTE BAYO, LOS ESPERA”, Organizado por la Fundación Espacios Verdes.-

 

7) Nota R. Nº 742-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, en ref.: enviar Expte. de la Sra. María Virginia García, sobre pedido de  excepción a la Ordenanza Nº 744, con motivo de habilitar una casa de té, en el edifico de la Vieja Usina  del Rincón del Este y solicitarle complete la documentación necesaria e informe su opinión a tal solicitud.-

8) Nota R. Nº 743-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR, y a los efectos de regularizar la situación planteada por los interesados, Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, el tratamiento del Plano de Relevamiento en los términos de la Ordenanza Nº VIII-0663-HCD-2015. (Plan de Regularización de Obras).-

 

9) Nota R. Nº 744-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, con copia al Secretario de Gobierno, Sr. Mariano González, en ref.: reenviarle copia de presentación  realizada por la Comisión del Barrio “Los Chañares”, quienes solicitan cesión de Espacio Verde, para ser usado como “Espacio de Recreación”, y solicitarle informes sobre dicho Espacio.-

 

10) Nota R. Nº 745-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR FACTIBILIDAD DE USO V.A.T.T., en la propiedad de la  Sra. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ, para desarrollar la actividad de VATT “casa de alquiler”.-

 

 

De los Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-

11) Nota R. Nº 746-HCD-18.- Concejales del Bloque, Unidad Justicialista San Luis, elevan Proyecto de Nota al Director de Tránsito Municipal, Sr. Leonardo Orgorozo, en ref.: solicitar informe sobre el estado de los motovehículos que  se encuentran en el Depósito Municipal.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

12) Nota R. Nº 728-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expediente Original del Sr. Pablo Sebastián Agüero para someter a régimen de Propiedad Horizontal.-

13) Nota R. Nº 729-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de Molinari, Amelia Matilde, sobre solicitud de División por herencia de inmueble ubicado en Piedra Blanca Arriba.-

14) Nota R. Nº 730-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 249-HCD-18 sobre pedido de nombres de calles del Barrio Los Chañares.-

15) Nota R. Nº 731-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de la Sra. De Rosso, Lucía Liliana, sobre solicitud de División por herencia.-

16) Nota R. Nº734-HCD-18.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, eleva pedido de la empresa American Tower Corporation, que apunta a la colocación de una antena de telefonía celular.-

17) Nota R. Nº 735-HCD-18.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretaria de Hacienda, Srta. Cecilia Greco, elevan Proyecto de Ordenanza en ref.: Presupuesto Municipal año 2019.-

18) Nota R. Nº 736-HCD-18.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretaria de Hacienda, Srta. Cecilia Greco, elevan Proyecto de Ordenanza de Tarifaria 2018, Derechos de Construcción e Introductores 2019.-

 

19) Nota R. Nº 748-HCD-18.- Área Políticas para la Discapacidad, Mujer y Familia, invita  a los representantes del H.C.D. a la reunión del Consejo Municipal de Discapacidad el jueves 04 de octubre a las 15hs. en la Planta baja del Edificio Municipal.-

 

20) Nota R. Nº 749-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, responde Nota E. Nº 226-HCD-18 y eleva documentación solicitada por Expte. del Sr. Sardan Rodas, Ronald sobre pedidos de permisos para conexiones de luz y agua en un inmueble de su propiedad ubicado en loteo de Margarita Bohler, en Cerro de Oro.-

 

21) Nota R. Nº 750-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, solicita se dé tratamiento al Proyecto de Ordenanza referido a “Vanos Molestos”.-

 

22) Nota R. Nº 751-HCD-18.- Secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sr. Mariano González, eleva nota en ref.: comunicar que el petitorio efectuado por la Asociación Gremial ATE-CTA por otorgamiento de terreno, se considera factible.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

23) Nota R. Nº 725-HCD-18.- Sra. Selva Mariene Ulfe Creste y Sr. Fernando Enrique García Arias, solicitan declarar de interés Municipal el Proyecto Sustentable “Centros de Formación Profesional Hijos del Sol”.-

24) Nota R. Nº 727-HCD-18.- Consejo Directivo Provincial de A.T.E. solicita se arbitren los mecanismos para que se finalice el otorgamiento del terreno, consensuado por el D.E.M. y la Organización Gremial ATE San Luis.-

25) Nota R. Nº 732-HCD-18.- Asociación Civil Herradura Rugby Club, información en el Proyecto de Ordenanza sobre la Prohibición de Venta y Consumo de Alcohol en Encuentros Deportivos para Menores de Edad.-

26) Nota R. Nº 733-HCD-18.- Asociación de Voluntarios de la Villa de Merlo, agradecimiento a la presencia de los Concejales en el desfile por el 40º Aniversario de la Institución.-

27) Nota R. Nº 747-HCD-18.- Vecinos de Rincón del Este, solicite gestionarlo ante el DEM, la solución del problema de Seguridad Vial y de buena convivencia entre vecinos del Barrio.-