DONA TERRENO EN CEMENTERIO AL SINDICATO DE CORREOS

Merlo, SL, 19 de marzo de 1976

 

ORDENANZA Nº 98-HCD-1976

 VISTO:
El proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, referido a una donación a favor del Sindicato de Trabajadores de Correos y Telecomunicaciones Delegación Merlo (FOECYT), y:
CONSIDERANDO:
Que el informe de la Comisión de Hacienda y Obras Publicas y Turismo aconseja se haga lugar a la citada donación teniendo en cuenta el fin perseguido, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA LEGAL LA SIGUIENTE:

 ORDENANZA

 

  1. Dónase al Sindicato de Trabajadores de Correos y Telecomunicaciones –FOECYT- Delegación Merlo, con Personería Gremial Nº 254/72, una fracción de terreno ubicado en el Cementerio Local de treinta y cinco (35) metros cuadrados destinados a la construcción de un Panteón Social, para sus afiliados y familiares.-
  2. Facúltase al Departamento Ejecutivo para que otorgue la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor del Sindicato de Trabajadores de Correos y Telecomunicaciones- FOECYT-, Delegación Merlo (San Luis), del terreno donado.-
  3. Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

 Presidente HCD: Alejandro Gómez

Secretario HCD: José María Vecino

EXPROPIACIÓN TERRENO PARA SALA 1º AUXILIOS DE CERRO DE ORO

Merlo, San Luis, 30 de septiembre de 1975

 

ORDENANZA Nº 87-HCD-1975

 
VISTO:
La necesidad de dotar a la localidad de Cerro de Oro, de un local adecuado destinado a Sala de Primeros Auxilios, servicios que ahora se prestan en forma provisoria en un local que no reúne las condiciones para tal fin. Que es deseo unánime de la población contar con una Sala que reúna  las condiciones mínimas que hagan posible una adecuada prestación médica o paramédica, teniendo en cuenta fundamentalmente que con fecha de Abril de 1974, dótase a la citada Sala, de elementos básicos para la atención del importante núcleo poblacional de la Villa de Cerro de Oro, y que en la actualidad al entrar en vigencia en nuestra Provincia el Sistema Nacional Integrado de Salud, concurren a la misma un médico y un odontólogo dos veces por semana, además del enfermero que cumple funciones en forma diaria, y:
CONSIDERANDO:
Que es un deber inalienable de este Concejo proveer a todo lo que atañe a salvaguardar la salud de la población en todos sus órdenes, situación que se configura en el Proyecto presentado por los Sres. Concejales Humberto Pollo, Huberto Dawson, Román Orozco y Héctor Bianco, y en el que se prevé el lugar adecuado para la instalación de la Sala de Primeros Auxilios, sita en un punto céntrico de dicha localidad, la que necesita contar al mas breve plazo con la misma, que además cuenta con dependencias que adecuadas, pueden cumplir eficientemente con su  cometido, y en razón de lo expuesto este Honorable Concejo Deliberante, sanciona con fuerza legal la siguiente:

ORDENANZA

  1. Declarase de utilidad publica y sujeto a expropiación al terreno de nueve (9) por diecinueve (19) metros, con una antigua construcción, compuesta de dos piezas de tres (3) por seis (6) metros aproximadamente, que linda: al Norte con Calle Publica; al Oeste con Calle que va de Cerro de Oro a Merlo y al Sur y al Este con Pollo Hermanos, de propiedad de la Sra. Rosa Pintos  de quienes resulten dueños.-

  2. Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar los trámites necesarios ante el Superior Gobierno de la Provincia o ante quien corresponda a fin de dar cumplimiento a esta Ordenanza.-

  3. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
 

Presidente HCD: Alejandro Gómez

Secretario H.C.D.: José Maria Vecino

DECLARA DE UTILIDAD TERRENO PARA TERMINAL DE OMNIBUS

Merlo, San Luis, 18 de abril de 1975

 ORDENANZA Nº 82-HCD-1975

  1. Declárese de Utilidad Pública y Sujeta a Expropiación una fracción de terreno de la propiedad de la sucesión de LUIS LUCERO BEDOYA y/o ANTONIA HILDA VILA DE LUCERO BEDOYA o quien resultare dueño, ubicada en calle Sarmiento a una cuadra de Presbítero Becerra hacia el Este, haciendo esquina con calle sin nombre que pasa frente a la Terminal de Ómnibus e inscripta al Tomo 89 de Junín, Folio 278, bajo el Nº 340.181 de la Receptoría de Merlo. La fracción a considerar de utilidad pública deberá tener una superficie aproximada a SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600) con un frente de veinte metros sobre Avenida Sarmiento y veintinueve metros con sesenta centímetros por calle sin nombre que pasa por la  Terminal de Ómnibus.-
  2. A los efectos de cumplimentar los aspectos legales de la presente ordenanza, elevase al Poder Ejecutivo de la Provincia.-
  3. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Presidente HCD: Alejandro T. Gómez

Secretario H.C.D.: José Maria Vecino

EXPROPIACIÓN ALGARROBO ABUELO

Merlo, San Luis, 02 de Noviembre de 1973

 Ordenanza Nº 44-HCD-1973

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO, (SAN LUÍS), CON QUORUM LEGAL Y EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE

 ORDENANZA

 

  1. Que el Departamento Ejecutivo Municipal de Merlo, (San Luis), se dirija en nombre del Honorable Concejo Deliberante de Merlo, (San Luis), al Poder Ejecutivo de la Provincia, para que éste a su vez lo haga ante quien corresponda con el objeto de que se declare de utilidad publica sujeto a expropiación, la propiedad donde se encuentra el milenario árbol denominado “El Algarrobo Abuelo”.-
  2. El Poder Ejecutivo de la Provincia, satisfaciendo a lo solicitado en el articulo anterior, procederá por medio de sus oficinas técnicas a determinar la superficie necesaria para formar dicha propiedad un “Parque Jardín Botánico” de la Región, donde se concentrarán y cultivarán todas las variedades de árboles y plantas autóctonas, dando así lugar no sólo a la presentación científica botánica de la zona, sino también ofrecerá un motivo de atracción y paseo turístico.-
  3. El Poder Ejecutivo de la Provincia, por medio de sus técnicos especializados para el efecto, dispondrá que con toda premura que es al caso, se proceda por medio de estimulantes u otros procedimientos adecuados a la cura para salvar la vida de “El Algarrobo Abuelo”, dado que existe y tiende a desaparecer, lo que sería de lamentar por estar considerado como único ejemplar milenario  en el país, en la variedad de esa madera.-
  4. Delineado y formado el Parque Jardín Botánico, al que se refiere el Art. 2º, el gobierno de la Provincia, le impondrá el nombre del Poeta ANTONIO ESTEBAN AGÜERO, como un justo homenaje al que naciera en el lugar, a quien lo cantó y publicó su libro de poesías “La Cantata ‘EL ALGARROBO ABUELO’”, y en honor de éste hijo de la provincia, que mereció ser colocado en la lista selecta de los hombres mas destacados en nuestra Literatura Nacional.-
  5. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal de Merlo (San Luis), a sus efectos, regístrese, publíquese y archívese.-

 

Presidente HCD: Dr. Luís González Volonte

Secretario H.C.D.: Lisardo Germán Jara