Villa de Merlo (S.L.), 04 de Diciembre de 2015.-
ORDENANZA Nº VII-0705-HCD-2015
VISTO:
Los Balances correspondientes al 1er., 2do. 3er. y 4to. Trimestres del año 2014, presentados por el D.E.M. para su tratamiento; y:
CONSIDERANDO:
Que los mismos ingresaron a este H.C.D. mediante las Notas Recibidas Nº 367-HCD-2014, Nº 614-HCD-2014, Nº 231-HCD-2015 y 829-HCD-2015, de fechas 17.06.2014, 10.09.2014, 05.05.2015 y 25.11.2015, respectivamente, solicitando su tratamiento.-
Que una vez recibidos en la Comisión pertinente, estos fueron derivados al Área Contable del H.C.D. para su informe.-
Que los balances se han confeccionado conforme lo establecen las leyes en la materia.-
Que se presentó toda la documentación soporte con la totalidad de comprobantes y respectivas órdenes de pago.-
Que hay conciliación entre los Resúmenes Presupuestarios y Financieros.-
Que se adjuntan las planchas de banco, fojas de los libros Bancos con sus respectivas certificaciones y conciliaciones.-
Que los balances en cuestión han sido individualmente controlados por el Área Contable de este H.C.D., la que ha remitido los respectivos informes ingresados como Notas Recibidas Nº 670 y 709-HCD-2014, de fechas 24.09.2014 y 01.10.2014 y Notas Recibidas Nº 823 y 837-HCD-2015, de fechas 24.11.2015, 26.11.2015, respectivamente, a cuyo contenido nos remitimos.-
Que consecuentemente el Área Contable concluye que están en condiciones de ser aprobados, y los ha elevado a la Comisión de Hacienda de éste H.C.D., para su verificación y control político, la que ha decidido por mayoría elaborar el presente Despacho de Comisión.-
Que por todo ello, se dispone conforme se establece a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Aprobar los Balances correspondientes al 1er., 2do. 3er. y 4to. Trimestres del Año 2014, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente y dictámenes (informes contables) producidos.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-