Archivo el 30 de agosto de 2021

ORDENANZA N°VIII-0975-HCD-2020 – PROPUESTA DE MODIFICACIÓN, EXIGENCIA DE MEJORAS, MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS

Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Diciembre de 2020.-

ORDENANZA N°VIII-0975-HCD-2020
“Propuesta de modificación “Exigencia de mejoras, mantenimiento y/o construcción de veredas”

VISTO:

La problemática generalizada en el Ejido de la Villa de Merlo debido a la falta y mal estado de las veredas; y:

CONSIDERANDO:

Que es necesario planificar y construir las veredas y lograr contribuir a la accesibilidad.-

Que es necesario exigir el proyecto de niveles y construcción de cordones cuneta y veredas para el análisis de las pendientes de las calles, diseños de puntos de evacuación, terrenos y/o calles inundables, obras complementarias.-

Que las veredas son privadas de uso público.-

Que es necesario lograr la accesibilidad y correcta circulación peatonal como mínimo en zonas céntricas, hospital, clínicas, bancos y farmacias.-

                                     Que por todo ello se resuelve conforme se establece a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Facúltase al DEM a través del Área de Obras Públicas, a realizar un relevamiento del espacio destinado para veredas públicas, a efectos de verificar el estado en que se encuentran las existentes, como así también de las que aún no se han construido, dentro de las zonas C, CH, CO, C1, C2, C5, C6.-

ARTICULO 2°: El o los Titular/es de propiedades comprendidas en las zonas detalladas en el Art. 1°, que en el espacio destinado al frente del mismo para las veredas de uso público, se encuentren sin construir o sin terminar, en mal estado de conservación y/o que posean baldosas flojas y/o roturas que dificulten y/o imposibiliten su uso, y/o que posean desniveles que no respeten la pendiente mínima del 12% para permitir el tránsito a personas, detallando las tareas a realizar de acuerdo a la Ord. 757-HCD-2000 Art.3.3.3, para que en el plazo máximo de 30 días corridos desde la puesta en vigencia de la presente ordenanza presenten el Plan de Obra para los trabajos necesarios.-

  1. El DEM tendrá un plazo máximo de hasta 30 días corridos desde la recepción del Plan de Obra para aprobar el mismo.-
  2. Aprobado el Plan de Obra él o los titular/es tendrán un plazo máximo de 30 días corridos para la finalización de la misma.-

ARTICULO 3°: El o los Titular/es de propiedades que no se encuentren comprendidos en las zonas detalladas en el Art. 1°, y que en cuyo frente cuenten con cordón cuneta, estando la calle asfaltada o no, y que el espacio destinado para las veredas de uso público, se encuentren sin construir o sin terminar, en mal estado de conservación o que posean baldosas flojas y/o roturas que dificulten o imposibiliten su uso, o que posean desniveles que no respeten la pendiente mínima del 12% para permitir el tránsito a personas, detallando las tareas a realizar de acuerdo a la Ord. 757-HCD-2000 Art.3.3.3, para que en el plazo máximo de 30 días corridos desde la puesta en vigencia de la presente ordenanza presenten el plan de obra para los trabajos necesarios.-

  1. El DEM tendrá un plazo máximo de hasta 30 días corridos desde la recepción del Plan de Obra para aprobar el mismo.-
  2. Aprobado el Plan de Obra él o los titular/es tendrán un plazo máximo de 30 días corridos para la finalización de la misma.-
    ARTICULO 4°: En todos los casos, el propietario está obligado a solicitar las medidas del ancho de vereda a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, ajustándose a las especificaciones que ésta determine, las que contemplarán el espacio necesario para la transitabilidad de personas con discapacidad y los coeficientes de impermeabilización del suelo.-

ARTICULO 5°: El incumplimiento por parte del/los Propietario/s a los plazos máximos establecidos en los Arts. 2° y 3°, facultará al DEM a realizar un recargo en las tasas a la propiedad del 300%. El/los Propietario/s deberá/n solicitar por escrito al DEM, la inspección de la tarea realizada, quien tendrá un plazo máximo de 30 días corridos de la fecha de presentación, para verificar el cumplimiento de lo solicitado.-

ARTICULO 6°: En todos los casos las veredas tendrán pisos antideslizantes, sin resaltos, escalones, ni aberturas o separaciones y dentro de las posibilidades que la topografía lo permita, un grado de inclinación que otorgue la transitabilidad de personas con movilidad reducida y personas con discapacidad.-

ARTICULO 7°: Las veredas nuevas a construirse a partir de la sanción de la presente ordenanza, contemplarán un ancho mínimo en todo su recorrido que permita el paso de dos personas, una de ellas en sillas de ruedas, con un mínimo de 1,50 mts. Las veredas ya existentes y las nuevas a construirse, tendrán pisos antideslizantes, sin resaltos ni aberturas que permitan el tropiezo de personas con bastones o sillas de ruedas. Los desniveles de todo tipo tendrán un diseño y grado de inclinación que permita la transitabilidad, utilización y seguridad de las personas con movilidad reducida.-

ARTICULO 8°: Todo frentista tiene la obligación de mantener:

a) La senda peatonal, dentro de los límites de su frente, libre de malezas, áridos, residuos y todo objeto que obstruya la libre circulación;
b) Las áreas verdes prolijas, libres de maleza, efectuando la poda correspondiente de las especies arbóreas implantadas.-

ARTICULO 9°: Respecto a las obligaciones establecidas en Art. 8º quedan exceptuados de tal cumplimiento aquellos vecinos que se encuentran impedidos de su cumplimiento por problemas físicos o de edad avanzada cuya situación económica les impide contratar a terceros, y no cuentan dentro de su grupo familiar con persona alguna para desarrollar esa tarea.-

ARTICULO 10°: Aquellos propietarios que por razones económicas no puedan cumplimentar lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3°, deberán comunicar por escrito su situación al DEM, quien a través del Área de Acción Social realizará un estudio socio-económico y ambiental, para determinar la validez de la solicitud. En todos los casos el DEM procederá conforme entienda que corresponda.-

ARTICULO 11°: Para el caso de veredas en las zonas mencionadas y que el DEM considere de alto transito, y ante el incumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, el DEM podrá disponer la construcción, reparación y/o mantenimiento de la vereda correspondiente, trasladándose el costo de la obra a la tasa que correspondiere al frentista.

ARTICULO 12°: Será requisito obligatorio para toda Habilitación y/o Renovación Comercial, que el local cuente con vereda al frente del mismo.-

ARTICULO 13°: La falta de cumplimiento, por parte del/los propietario/s de los requerimientos descriptos en la presente Ordenanza, colocará al infractor como deudor, lo que le impedirá que éste/éstos puedan acceder al certificado de Libre Deuda y por lo tanto a las tramitaciones que de éste documento dependen.-

ARTICULO 14°: Las propiedades que no se encuentren contempladas en los Arts. 2° y 3°, deberán mantener el espacio destinado para vereda, libre de malezas y/o todo tipo de obstáculos, de modo tal que permita, el tránsito de personas.-

ARTICULO 15°: Facultase al DEM a celebrar convenios con Empresas o Cooperativas de trabajo, a fin de materializar la construcción de aquellas veredas previstas en el Art. 10º, o las que por diferentes razones considere oportuno; debiendo informar mensualmente al HCD de los trabajos realizados y las erogaciones que resulten.-

ARTICULO 16°: Facúltase al DEM a crear una cuenta especial con lo recaudado por las multas, para ser utilizada y dar cumplimiento al Art. 14°.-

ARTICULO 17°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA N° VI-0973-HCD-2020 – RESIDUOS DE APARATOS ELECTRICOS, ELECTRONICOS (RAEEs)

Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Diciembre de 2020.-

ORDENANZA N° VI-0973-HCD-2020

VISTO:
La creciente generación de basura electrónica en los hogares, empresas y oficinas públicas y su impacto sobre el medioambiente, y:
CONSIDERANDO:
Que se entiende por artefacto electrónico y/o eléctrico cualquier equipo que funciona mediante una batería, una pila o conectado a la red eléctrica, por lo que esta basura electrónica se la conoce también como RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos), e-basura o e-scrap.-


Que la denominada “basura electrónica” está compuesta por: rezagos informáticos, computadoras, servidores, CPU, monitores, notebooks, netbooks, laptops, agendas electrónicas, periféricos teclado, mouses, webcams, parlantes, etc.) impresoras, equipos multifunción, centrales telefónicas, intercomunicadores, teléfonos celulares, Routers, juegos electrónicos, cables, fuentes, conectores, circuitos impresos.-


Que es uno de los problemas medioambientales más importantes para la industria tecnológica y una preocupación para los gobiernos de todo el mundo el destino final de los aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, ya que contienen materiales, potencialmente, contaminantes, por lo que resulta, en consecuencia, imprescindible legislar sobre ello.-


Que según la Ley Nacional 24.051 (de Residuos Peligrosos) los RAFE están categorizados dentro de los desechos tóxicos peligrosos, ya que luego de su vida útil causan daños severos al ambiente, en general, por lo que se debe tomar conciencia de que la mayoría de los aparatos electrónicos se pueden reciclar y esta medida permitiría proteger el medioambiente y ahorrar recursos reutilizando metales y componentes.-
Que, según lo advirtió la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de un informe que difundió a fines de febrero de este año, el crecimiento de los residuos electrónicos provocará graves problemas sanitarios y medioambientales si no se toman rápidamente medidas de reciclaje.-
Que en Argentina se desechan más de un millón de computadoras por año y entre 2 y 3 kilos de residuos electrónicos, en general, por habitante y por año, cuyo contenido, en un 90 %, es de plástico, vidrio y diversos metales y casi todos ellos terminan en rellenos sanitarios, junto a la basura domiciliaria (RSU), como un desecho más, sin tener en cuenta que estos aparatos contienen materiales tóxicos altamente perjudiciales para la salud, tales como plomo, arsénico o níquel.-
Que existen, actualmente, en todo el país casi cincuenta millones de líneas de celulares habilitadas. A esta enorme cantidad, que supera el número de habitantes, hay que considerar la corta vida de los teléfonos que, según datos estadísticos, se renuevan en promedio cada dieciséis meses; es decir, hay una alta rotación de equipos promovida por el mercado y la implementación de nuevos diseños y/o tecnologías, por lo que, anualmente, son casi diez millones los aparatos de telefonía celular que quedan en desuso.-
Que, si bien a nivel nacional, no existe aún una ley para el tratamiento seguro de los residuos Electrónicos, diversas provincias y ONGs desarrolla políticas que buscan brindar soluciones a una problemática en constante crecimiento.-

Que, independientemente de la ausencia de legislación específica sobre estos residuos a nivel local, podemos desarrollar un programa destinado a lograr una y recolección diferenciada de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, que favorezca la seguridad y eficiencia en la gestión de los residuos electrónicos; Que, en este sentido, en la Provincia de San Luis existe una normativa, sancionada por el Senado en noviembre de 2014 (Ley N° IX-0881-2014), que reglamenta la recolección y disposición final segura de la e-basura que debe estar a cargo de empresas autorizadas por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS), que recientemente lanzó el Programa “Generación 3R” que tiene como objetivo reducir, reutilizar y reciclar.-


Que la Fundación (So.De.Tec.) Soluciones y desarrollo para los desechos tecnológicos, se encuentra desarrollando una excelente labor con los residuos electrónicos que se reciclan, reparan y reutilizan y luego los destinan a comedores, centros comunitarios, escuelas especiales o lugares en los que no hay acceso a este tipo de tecnologías y, además, capacitan a los destinatarios, para que puedan aprender a utilizar las PC y sus aplicaciones.-


Que la clasificación, reutilización y disposición final de estos residuos, debe ser cumplida responsablemente, a fin de minimizar el daño al medioambiente, ya que los mismos poseen un alto grado de toxicidad.-
Que es necesario, entonces, desde el Municipio generar conciencia sobre esta problemática, instaurando pautas claras, obligaciones y responsabilidades en el manejo de estos desperdicios electrónicos y a la vez desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control, tendientes a lograr una correcta disposición final de los mismos, cuando alcanzan el final de su vida útil, colocando contenedores especiales en puntos clave de la Ciudad de Juana Koslay, para que los vecinos pueden participar y colaborar con la protección del medioambiente, depositando en los contenedores la basura electrónica.-


Que para hacer frente a esta problemática, la Secretaria General podría realizar convenios con distintas instituciones públicas, mediante los cuales se recolecten los residuos electrónicos, generados por el propio Estado municipal, se reacondicionen y donen a otras instituciones que los necesiten y a su vez también se podría promover la participación de recuperadores urbanos, revalorizando el recupero de materias primas y aportando la logística, adecuada, para un correcto reciclado y disposición final segura.-


Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: La presente Ordenanza establece las pautas, obligaciones y responsabilidades inherentes a una gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en el Territorio Municipal.-
ARTICULO 2°: Se entiende por gestión sustentable a todas las actividades y procesos destinados a reducir, recolectar, transportar, dar tratamiento y disponer de modo final los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), sin causar daño actual, potencial y/o futuro a la salud humana y/o al medioambiente.-


ARTICULO 3°: A los efectos de la presente Ordenanza se considera: Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs): Todos los aparatos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos. Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs): Todos aquellos Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs), sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que forman parte de los mismos; de los cuales su poseedor se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo. Los mismos deben ser considerados peligrosos, ya que contienen en su mayor parte, metales pesados y tóxicos, dañinos para el ambiente y la salud de la sociedad.-


ARTICULO 4°: La presente Ordenanza tiene como objeto principal prevenir la generación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) y así como fomentar la reutilización, el reciclado, valorización y reducción del impacto ambiental de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs). A tal fin generará acciones tendientes a:
a) Proteger el medioambiente, previniendo la contaminación causada por los Residuos de aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) desechados en el territorio municipal;
b) Promover un cambio de conducta en todos los que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs) y de sus residuos;
c) Resguardar la salud pública, reduciendo la peligrosidad de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs); d) Minimizar la generación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), en concordancia con la legislación vigente y las tendencias internacionales en materia ambiental;
e) Generar soluciones sustentables, para revertir cualquier daño al medio ambiente producido, por acciones realizadas en infracción de la presente normativa;
f) Campañas de educación ambiental y sensibilización, a fin de lograr el más alto cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza.-


ARTICULO 5°: Los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) alcanzados por la presente Ordenanza, corresponden a los residuos de las siguientes categorías de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs), que sean producidos, comercializados v/o utilizados dentro del Ejido Municipal, detallados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente:
a) Grandes electrodomésticos;
b) Pequeños electrodomésticos;
c) Equipos de informática y telecomunicaciones;
d) Aparatos electrónicos de consumo;
e) Aparatos de iluminación;
f) Herramientas eléctricas y electrónicas;
g) Juguetes, equipos deportivos y de tiempo libre;
h) Aparatos de uso médicos;
i) Instrumentos de vigilancia y control;
j) Máquinas expendedoras.-

ARTICULO 6°: Declarar de Interés Público la gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en todo el territorio municipal, a los fines de satisfacer los intereses colectivos y el total ejercicio de los derechos al pleno goce de un ambiente sano y la promoción y conservación de los recursos naturales mediante actividades y acciones relativas a la gestión y manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), incluyendo su tratamiento y disposición final.-


ARTICULO 7°: La gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) debe direccionarse a concientizar a los sectores públicos, privados y a la sociedad en general sobre, la necesidad de reducir la cantidad de residuos generados por los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs) en desuso, a través del reciclado y/o valorización de sus partes.-


ARTICULO 8°: A los fines de la presente Ordenanza, entiéndase por: Prevención: Toda medida destinada a reducir la nocividad hacia el medioambiente y la salud de los vecinos por causa de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), sus materiales o componentes; Reutilización: Toda actividad destinada a la reparación, desmontaje, descontaminación y valorización de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs); ello, para su reinserción o la de sus componentes al circuito comercial u otro destino que determine la Autoridad de Aplicación; Reciclado: Todo proceso por el que los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) y/o sus componentes, son colectados, separados y procesados para ser utilizados con otra finalidad que resguarde los estándares ambientales existentes; Valorización: Acción o proceso que permita el aprovechamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), así como de los materiales que los conforman, teniendo en cuenta condiciones de protección del ambiente y la salud. Se encuentran comprendidos en la valorización, los procesos de reutilización y reciclaje; Disposición final: Toda operación o tratamiento que, sin causar riesgo alguno sobre la salud humana ni al medioambiente, sea aplicado a la fracción no aprovechable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs).-


ARTICULO 9°: Se considera generador a cualquier persona física o jurídica, pública o privada que fabrique, comercialice, acopie o deseche Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs).-


ARTICULO 10°: El generador tiene la obligación de realizar el acopio inicial y la disposición inicial de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), de acuerdo a las normas complementarias que establezca la Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza.-


ARTICULO 11°: A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se prohíbe en todo el territorio municipal el abandono de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) y cualquier otra forma de disposición final que no se ajuste a las reglas establecidas en la presente y su Reglamentación.-


ARTICULO 12°: Para el tratamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) se establece lo siguiente: a) La Autoridad de Aplicación promoverá la reparación, reciclado, revalorización y reutilización de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), permitiendo así minimizar la generación de este tipo de residuos en origen y el acopio de los mismos; b) El manejo y disposición final de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) se realizará a través de un proceso de desembalaje de sus componentes y segregación de sus piezas para una posterior valorización y reciclado de este tipo de residuos; c) La autoridad de aplicación podrá generar convenios con instituciones públicas y privadas, a los efectos de lograr los fines mencionados.-


ARTICULO 13°: Son etapas dentro del proceso de tratamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs): Reparación: Aquellos Residuos de Aparatos Eléctricos y electrónicos (RAEEs) que puedan ser íntegramente recompuestos, serán arreglados y reinsertados en el circuito comercial o tecnológico; Desmontaje: Cuando la reparación integral no fuere posible, se los deberá reacondicionar para una posible reutilización de sus componentes; Reciclaje: Agotada la etapa anterior y, si no fuere posible la reutilización integral o parcial, deberá procurarse el reciclado de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) a los fines públicos que determine la Autoridad de Aplicación; Segregación: Separación en partes de los aparatos; disposición final: si el equipo ha sido clasificado para su desguace y, separados sus componentes útiles o bien, si ello tampoco fuere posible o resultaren inservibles, se procederá al tratamiento de menor impacto para el medio ambiente.-


ARTICULO 14°: El Ejecutivo Municipal determinara la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza. La que deberá realizar todas las acciones tendientes a lograr el pleno y efectivo cumplimiento de la presente, pudiendo definir, modificar y/o sustituir los procesos de acopio, recolección, tratamiento y/o valorización de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), atendiendo al avance de la tecnología en la materia, como así también realizar convenios con personas públicas, privadas, o mixtas, a los efectos del mejor cumplimiento de sus funciones.-


ARTICULO 15°: Queda prohibida la eliminación de RAEEs como residuos sólidos urbanos o en lugares no autorizados por la autoridad de aplicación. Se considera falta grave el quebrantamiento de esta prohibición, y será pasible de sanción de multa según la Autoridad de Aplicación, si se tratare de Persona Jurídica o comercios habilitados de la misma forma. Dichas sanciones se duplicarán en caso de reincidencia. Si la infracción proviniese de algún establecimiento comercial el Ejecutivo Municipal podrá, ante la primera falta, suspender preventivamente la habilitación comercial para funcionar. En tal caso se remitirán las actuaciones dentro del plazo de cuarenta y ocho horas al Juzgado de Faltas Municipal.


ARTICULO 16°: La Autoridad de Aplicación diseñará, planificará e implementará campañas publicitarias de capacitación, educación e información, con el fin de fomentar la obligación de no eliminar los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) como residuos no seleccionados y de recoger los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) de modo selectivo.-


ARTICULO 17°: El Poder Ejecutivo Municipal reglamentará en lo que fuere pertinente la presente Ordenanza.-


ARTICULO 18°: La Autoridad de Aplicación determinará, en caso de resultar necesario, un listado de aquellos Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) qué por sus características de tamaño, composición, diseño, uso u otras, requieran prescripciones y requisitos técnicos específicos para su gestión.-


ARTICULO 19°: Aprobar el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, que establece un listado meramente indicativo de los tipos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEEs) comprendidos en las categorías enunciadas en el Artículo 8°.-


ARTICULO 20°: La presente Ordenanza será implementada a los 120 días contados desde su promulgación.-


ARTICULO 21°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA N° VIII-0971-HCD-2020 – RÉGIMEN DE EJECUCIÓN DIFERIDA DE LAS REDES DE INFRAESTRUCTURA

REGIMEN DE EJECUCION DIFERIDA DE LAS REDES DE INFRAESTRUCTURA

VISTO:

La Ordenanza 744-HCD-2020 y el punto 4.2.3 TENDIDO DE REDES DE INFRAESTRUCTURA perteneciente al punto 4. SUBDIVISIONES, URBANIZACIONES Y LOTEOS, y la situación que atraviesan los Loteos, en cuanto a la finalización de sus obras de infraestructura; y:

CONSIDERANDO:

Que el urbanizador que no cuente con los fondos necesarios para cumplir con la construc¬ción de la totalidad de las obras de infraestructura requeridas, podrá optar por acogerse a un ré¬gimen de ejecución diferida de los mismos.-

Que para poder gestionar, el interesado cumplimentará con el Visado Previo y deberá presentar los proyectos respectivos firmados por un profesional habilitado y constituir una garantía mediante depósito de dinero en efectivo, títulos oficiales, aval bancario o seguro de caución, por un importe mínimo al equivalente al faltante de ejecución de obras a realizar, según el caso, el que será analizado, visado y aprobado por la Dirección de Catastro. Estas opciones de garantía serán favor del Municipio y en el caso que se optara por el depósito de dinero en efectivo, será por un plazo mínimo de un año, pudiendo el Municipio disponer de dichos montos y respetando el reintegro en el plazo estipulado.-

Que en caso de la aprobación de la ejecución diferida de las obras de infraestructura se complementa el trámite con la firma de un Convenio en el que se consignarán las obras que deberá realizar el propietario, garantía ofrecida, plazo de ejecución de las mencionadas obras, multas por incumplimiento, forma de rescisión de convenio, ejecución de la garantía. Luego aprobado en definitiva el loteo, sea que las obras de infraestructura estuvieron realizadas o que se hubiere firmado el convenio para su ejecución, el urbanizador y/o vendedor deberá dejar constancia en Boleto y/o escritura de compraventa, la existencia del aval-garantía y el plazo de ejecución de obra de infraestructuras.-

Que en el caso de que las obras de infraestructura no se realizaran dentro del plazo previsto o no estuvieran totalmente terminadas, la Municipalidad podrá ejecutarlas directamente o mediante contratación a cargo del urbanizador, haciendo efectiva la garantía en forma total o parcial.-

Que la Municipalidad mantendrá un permanente control y verificará si las obras se ejecutan dentro del término previsto, a fin de tomar las medidas necesarias en caso de que su realización no se ajuste al Plan propuesto.-

Que es importante destacar que a la fecha nos encontramos con varias urbanizaciones en trámite, ejecutando sus obras de infraestructura, manteniendo una oferta de preventa de lotes, que no logra responder con la escrituración ya que se encuentran condicionados a finalizar las obras de infraestructura como así lo requiere nuestro Código de Edificación.-

Que esta alternativa lograría la aprobación de las urbanizaciones con anticipación, posibilitando una escrituración de lotes, pero garantizando la ejecución y finalización de las obras de Infraestructura en un periodo que no superaría los 12 meses.-

Que esta garantía se liberará progresivamente a medida que las obras e instalaciones previstas se vayan ejecutando satisfactoriamente, en una proporción equivalente al 50% del valor de lo realizado. Sólo cuando todas las obras e instalaciones se hubieran ejecutado en la forma prevista, se liberará totalmente la garantía.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO (SAN LUIS), EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: INCORPORAR en la Ordenanza 744-HCD-2020 al punto 4. SUBDIVISIONES, URBANIZACIONES Y LOTEOS a continuación del punto 4.2.3 el punto 4.2.3.1. Regimen de Ejecucion Diferida de las Redes de Infraestructura.-

ARTICULO 2°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar Mensuras afectadas al Régimen de Ejecución Diferida de las Redes de Infraestructura, siendo la Autoridad de Aplicación, la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana.-

ARTICULO 3°: DISPONER que el propietario o urbanizador deberá completar los siguientes pasos: presentar los proyectos respectivos firmados por un profesional habilitado y constituyendo una garantía mediante depósito de dinero en efectivo, títulos oficiales, aval bancario o seguro de caución, por un importe equivalente al faltante de ejecución de obras a realizar, según el caso, el que será analizado, visado y aprobado por la Dirección de Catastro. Estas opciones de garantía serán favor del Municipio y en el caso que se optara por el depósito de dinero en efectivo, será por un plazo mínimo de un año, pudiendo el Municipio disponer de dichos montos y respetando el reintegro en el plazo estipulado.-
Se deja constancia que el Municipio queda autorizado también a acogerse a los beneficios que otorga está Ordenanza, siempre con aprobación del H.C.D.-

ARTICULO 4°: CONVENIO: En caso de la aprobación de la ejecución diferida de las obras de infraestructura se complementa el tramite con la firma de un Convenio en el que se consignarán las obras que deberá realizar el propietario, garantía ofrecida, plazo de ejecución de las mencionadas obras, multas por incumplimiento, forma de rescisión de convenio, ejecución de la garantía. Si el urbanizador constituye garantía mediante depósito de dinero en efectivo, el presente convenio deberá ser homologado por el HCD.-

ARTICULO 5°: DOCUMENTACION: El urbanizador que se acoja a este régimen, deberá presentar la siguiente documentación:

a) El visado previo del Plano de Mensura, cumpliendo con lo estipulado en la normativa vigente.
b) Solicitud indicando las obras de infraestructura que faltan realizar.
c) Plazo de ejecución y Plan de trabajos.
d) Forma como garantizará su ejecución y firma de un convenio con la Municipalidad.-

ARTICULO 6° : PLAZOS Y CONDICIONES DEL CONVENIO: El plazo de ejecución de las obras no podrá ser superior a un año a partir de la fecha de la firma del Convenio respectivo, considerando dos alternativas:

1- OBRAS EN EJECUCION:

a) Obligacion de amojonamiento de todas las parcelas resultantes.
b) Autorizacion de iniciar las obras de infraestructura, a cargo del propietario, plazo de ejecución, normas de aplicación de plazos y multas por incumplimiento.
c) Garantia cedida a la Municipalidad que cubre el valor total de todos los trabajos. Esta garantía nunca será menor del 30% de la fracción subdividida y su ubicación será a elección de la Municipalidad.
d) Inscripción en el Registro de la Propiedad de la Provincia de San Luis de una hipoteca a favor de la Municipalidad de ese 30% de la fracción subdividida con gastos por cuenta del propietario.
e) Poder irrevocable a favor del DEM, facultándolos a disponer de las parcelas ofrecidas en garantía o del dinero, en caso de incumplimiento de plazos u obras y exigir la escrituración de ellas.
f) Obligaciones de escrituración a favor de la Municipalidad de aquellas parcelas que hubieran sido reservadas para el equipamiento comunitario de utilización pública con gastos de escrituración por cuenta del propietario.

2- OBRAS NUEVAS: Cuando no hubiera dado inicio de obras de infraestructura, previamente a la aprobación definitiva del proyecto de División, deberá realizar una garantía mediante seguro de caución, presentando:
a) Los proyectos respectivos firmados por un profesional con título habilitante.
b) Cómputo y presupuesto de las obras.
c) Constituir una garantía por el importe total de las obras a realizar, estimado por el Órgano Técnico de Aplicación. Cuando el plazo de ejecución de los trabajos respectivos excediere un año, la garantía antes referida deberá incrementarse en un porcentaje del 40% por cada año, a los fines de preverse mayores costos.-

ARTICULO 7°: INSPECCIONES Y CERTIFICACIONES: Durante la ejecución de las obras, la Dirección de Catastro, ordenará se practiquen las inspecciones que estime necesarias a fin de garantizar un efectivo seguimiento y control de las mismas.-
De toda intervención o visita se dejará constancia en el registro o libro de inspecciones del establecimiento, de las observaciones, recomendaciones, infracciones o instrucciones que pudieren corresponder.-
Las actas de infracción deberán labrarse con intervención del presunto infractor, su representante o dependiente de la obra o establecimiento, quien acreditará su identidad y carácter en legal forma; las mismas contendrán los siguientes datos: lugar, día y hora; la mención circunstanciada y concreta de la infracción que se tipifica y de las normas en las que se encuadra; las defensas y descargos que opusiere el particular interviniente y la firma del funcionario y del usuario, su representante o dependiente o bien la constancia de su negativa a firmar. Se labrarán en original y copia, debiendo entregarse ésta última al administrado, quien dejará constancia en el original de su recepción.-

ARTICULO 8°: PENALIDADES: En caso de que las obras de infraestructura no se realizaren conforme a los proyectos y plan de ejecución aprobados por la Municipalidad, tanto en lo referente a plazos como a calidad, ésta, sin perjuicio de aplicar a los responsables las sanciones pertinentes, podrá realizar las obras y/o instalaciones de que se trata, utilizando a tal fin, total o parcialmente, según corresponda, la garantía constituida por el interesado conforme a lo previsto. Si ésta no cubriera el total del costo final de las obras, la parte faltante correrá por cuenta del urbanizador.-
La Municipalidad mantendrá un permanente control y verificará si las obras se ejecutan dentro del término previsto, a fin de tomar las medidas necesarias en caso de que su realización no se ajuste al Plan propuesto. En los planos aprobados deberá consignarse claramente que los mismos no tendrán valor material para la venta sin los respectivos Certificados Finales de Obra correspondientes a las obras de infraestructura.-

ARTICULO 9°: LIBERACION DE GARANTIAS: Estas garantías se liberarán progresivamente a medida que las obras e instalaciones previstas se vayan ejecutando satisfactoriamente, en una proporción equivalente al 50% del valor de lo realizado. Sólo cuando todas las obras e instalaciones se hubieran ejecutado en la forma prevista, se liberará totalmente la garantía.
Una vez concluidas las obras a entera conformidad de la Dirección de Catastro, se procederá a la Recepción Definitiva de la Urbanización, labrándose el Acta correspondiente y emitiéndose el Certificado Final de Obra de la Urbanización.
El Acta de Recepción Definitiva de la Urbanización liberará al propietario de la obligación de efectuar trabajos de mantenimiento en calles y servicios públicos instalados en ellas.
El Certificado Final de Obra de la Urbanización dará lugar al visado del plano original de Mensura y Loteo y a la aceptación de la donación de las áreas destinadas a espacios verdes y calles, la que será formalizada a través de la correspondiente ordenanza.-

ARTICULO 10°: INCORPORESE esta norma a la Ordenanza 744- HCD-2020 y oportunamente procédase conforme al Artículo 2º del TO de la 744-HCD-2020/2021.-

ARTICULO 11°: La Municipalidad brindará el asesoramiento necesario a los interesados a través de las Areas pertinentes y procurará a través de todos los medios posibles la difusión de esta Ordenanza.-

ARTICULO 12°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 29 DE ABRIL DE 2021 ACTA Nº 09-HCD-2021

Banca del Vecino.

  1. Nota R. Nº 093-HCD-21.- Asociación Puertas Abiertas solicita Banca del Vecino para
    tratar “Defensa de los Derechos Colectivos”. –
    De las Actas:
  2. Lectura y Aprobación de Actas Anteriores
    Acta N° 001 del día 04 de marzo de
    2021………….………………………………………………
    Acta N° 002 del día 11 de marzo de
    2021…………..………………………………………………
    De los Despachos de Comisión. –
  3. Despacho de Comisión N°041-HCD-2021, Proyecto de Nota a la Dirección de
    Catastro Arq. Maria Victoria Ribeiro González en ref.: Responder la Nota R N°089-HCD2021 de la propiedad de Alejandro y Liliana Cáceres. –
  4. Despacho de Comisión N°042-HCD-2021, Proyecto de Nota a Miembros de la
    Comision Evaluadora en ref.: Convocarlos a reunión el dia 19-05-2021 a las 16 horas,
    en el Recinto del HCD para tratar temas varios. –
  5. Despacho de Comisión N°043-HCD-2021, Proyecto de Nota a Secretaría de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Responder Nota R. N° 09-HCD-2021 sobre
    Loteo Despertar del Valle. –
    Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-
  6. Nota R. Nº107-HCD-21.- Bloque Todos Unidos eleva Proyecto de Ordenanza, en ref.:
    Crear el Sistema Municipal de Gestión de Riesgos de la Villa de Merlo. –
    (Se sugiere tratamiento sobre tablas)
  7. Nota R. Nº108-HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva Proyecto de Ordenanza en ref.:
    Alentar zonas para la instalación de nuevas farmacias. –
    2
    (Se sugiere tratamiento sobre tablas)
  8. Nota R. Nº109-HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva Proyecto de Ordenanza en ref.:
    “Regulación de Farmacias”. –
    (Se sugiere tratamiento sobre tablas)
  9. Nota R. Nº110-HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva Proyecto de Ordenanza en ref.:
    “Adherir al Dia Internacional de la Esclerosis Múltiples y Declarar de Interés Municipal
    las actividades organizadas por el DEM. –
    (Se sugiere tratamiento sobre tablas)
    10.Nota R. Nº111-HCD-21.- Bloque San Luis Unidos, eleva Propuesta en ref.: Incorporar la
    energía solar fotovoltaica como opción para loteos en la Villa de Merlo. –
    (Se sugiere tratamiento sobre tablas)
    De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-
    11.Nota R. Nº106-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo eleva nota en
    ref.: Solicitud de Autorización – Compensación Represa El Azud. –
    (Se sugiere pase a Comision N°1 de Planeamiento)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –
12.Nota R. Nº102-HCD-21.- Sr. Ángel Abel Andino eleva nota en ref.: Solicitar Audiencia
para tratar denuncias por ruidos molestos.-
(Se sugiere pase a Comisión N°1 de Ambiente)
13.Nota R. Nº103-HCD-21.- Rectora de la Universidad Nacional de Los Comechingones,
Mg. Agustina Rodríguez Saa, eleva nota en ref.: Informe Interdisciplinario.-
(Se sugiere pase a Comisión N°1 – Expediente Interdisciplinario)
14.Nota R. Nº104-HCD-21.- Colegio de Agrimensores de San Luis, eleva nota en ref.:
Propuesta Interdisciplinaria. –
(Se sugiere pase a Comisión N°1 – Expediente Interdisciplinario)
15.Nota R. Nº105-HCD-21.- Cooperativa de Provisión de Agua Obras y Servicios Merlo
Ltda., eleva nota en ref.: Declarar de Interés Municipal el “Convenio Marco de
Cooperación”
(Se sugiere pase a Comision N° 2 de Gobierno)
De los Informes de los ENTES.

Descargar Orden del Día

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 22 DE ABRIL DE 2021 ACTA N° 08-HCD-2021

De los Despachos de Comisión. –

  1. Despacho de Comisión N°031-HCD-2021, Proyecto de Resolucion en ref.: Autorizar
    al DEM a dar continuación al trámite del Expediente presentado por el Sr. Mauricio
    Cometto. –
  2. Despacho de Comisión N°032-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Solicitarle que le informe al Sr. Carlos Queiros
    que debe ajustarse a los indicadores de la Ord. N° 744-HCD-2021.-
  3. Despacho de Comisión N°033-HCD-2021, Proyecto de Nota a la Dirección de
    Catastro, Arq. Victoria Ribeiro González en ref.: Solicitar informe sobre disponibilidad de
    nombres para la calle de la propiedad mencionada en Nota Rec. N° 082-HCD-2021.-
  4. Despacho de Comisión N°034-HCD-2021, Proyecto de Nota a COAMA en ref.:
    Solicitar que emita opinión sobre Nota Rec. N°081-HCD-2021 “Agua como recurso
    limitado y crecimiento urbano”. –
  5. Despacho de Comisión N°035-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Invitarlo a participar de reunión para tratar
    Ordenanza de “Tierra Cruda” el dia 04-05-2021 a las 17 horas. –
  6. Despacho de Comisión N°036-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Informarle la conformidad de lo requerido sobre
    nota de “Loteo La Herminda”. –
  7. Despacho de Comisión N°037-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Informarle que este Cuerpo no hace lugar a lo
    solicitado en la Nota Rec. N° 080-HCD-2021 propiedad de los Sres. Busto. –
    2
  8. Despacho de Comisión N°038-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Informarle que en la reunión pautada para el
    27-04-21 también trataremos los avances sobre la Ord. N°IV-954-HCD Moto vehículos.
  9. Despacho de Comisión N°039-HCD-2021, Proyecto de Resolucion en ref.: Declarar de
    Interés Municipal el Proyecto de “Embajadores de Destinos Turísticos Inteligentes”.
    10.- Despacho de Comisión N°040-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de
    Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Responder su Nota Rec. N° 086-HCD-2021 de
    la propiedad de la Dra. Viviana Galacho. –
    Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-
    11.Nota R. Nº097-HCD-21.- Bloque San Luis Unido eleva Proyecto de Nota en ref.:
    Solicitar la extensión del horario comercial en la Villa de Merlo. –
    (A criterio de los Sres. Concejales)
    12.Nota R. Nº098-HCD-21.- Bloque San Luis Unido eleva Proyecto de Nota al Gobierno de
    la Provincia de San Luis, en ref.: Solicitar la eximición de cobro de multas por no usar la
    aplicación “Trazar”
    (A criterio de los Sres. Concejales)
    13.Nota R. Nº099-HCD-21.- Bloque San Luis Unido eleva Proyecto de Resolucion, en ref.:
    Solicitar al Comité de Crisis de la Provincia de San Luis, la reapertura de espacios
    donde se realice actividad física. –
    (A criterio de los Sres. Concejales)
    14.Nota R. Nº100-HCD-21.- Bloque San Luis Unido eleva Proyecto de Ordenanza, en ref.:
    Adherir a la Ley N°III-1043-2020, “Declara Esencial en la Provincia de San Luis la
    Actividad Física”. –
    (A criterio de los Sres. Concejales)
    De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-
    15.Nota R. Nº089-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota en
    ref.: Solicitar Excepción de División por Condominio de los Sres. Alejandro Cáceres y
    Liliana Kaiter. –
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
    .-
    16.Nota R. Nº090-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr.
    Francisco Oviedo, eleva nota de la Dirección de Catastro en ref.: Solicitar Aprobación
    de Plano de Mensura del Sr. Patricio Ríos Velar.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
    3
    17.Nota R. Nº091-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr.
    Francisco Oviedo, eleva nota de la Dirección de Catastro en ref.: Solicitar Aprobación
    de Plano de Mensura del Sr. Saúl Nicolás Busto y Otros. –
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
    18.Nota R. Nº092-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr.
    Francisco Oviedo, eleva nota de la Dirección de Catastro en ref.: Solicitar Aprobación
    de Plano de Mensura del Sr. Walter Héctor Amado. –
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –
19.Nota R. Nº093-HCD-21.- Asociación “Puertas Abiertas” eleva nota en ref.: Solicitan
Banca del Vecino para tratar defensa de sus derechos LGBTTTIQANB. –
(Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)
20.Nota R. Nº094-HCD-21.- Colegio de Arquitectos de San Luis, Región Merlo, eleva nota
en ref.: “Diagnostico Urbano y Propuesta Conceptual para la Villa de Merlo”. –
(Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
21.Nota R. Nº095-HCD-21.- Vecinos Comerciantes de la Villa de Merlo elevan nota en ref.:
Solicitan que se los exima por única vez de multas por no usar la aplicación “Trazar”. –
(Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)
22.Nota R. Nº096-HCD-21.- Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia
de San Luis, eleva informe sobre la Reunión interdisciplinaria realizada el dia 20-04-21.-
(Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
De los Informes de los ENTES. –

Descargar Orden del Día

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 15 DE ABRIL DE 2021 ACTA Nº 007-HCD-2021

De los Despachos de Comisión. –

  • Despacho de Comisión N°029-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Invitarlo a Reunión de Comisión Virtual el día 27 de Abril a las 18 horas para tratar la adhesión a la Ley Nacional N° 27.350, Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Plata de Cannabis y sus derivados”.-
  • Despacho de Comisión N°030-HCD-2021, Proyecto de Nota a Sra. Azucena Arias en ref.: Responder su Nota Rec. N° 071-HCD-2021 sobre nombres de calle y barrio.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-

  • Nota R. Nº079-HCD-21.- Director de Promoción Turística de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sr. Javier Pedernera, eleva Proyecto de Resolución en ref.: Declarar de Interés Municipal el Proyecto de Embajadores Turísticos Inteligentes, de la Asociación “Ciudades del Futuro”
    (Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)
  • Nota R. Nº080-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota en ref.: Solicitar Excepción de Proyecto de División de Calle Cuesta del Tren en Cerro de oro.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
  • Nota R. Nº083-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota en ref.: Eleva documentación de la propiedad del Sr. Carlos Queiros para su tratamiento.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –

  • Nota R. Nº081-HCD-21.- Sr. Gustavo Lattaruolo eleva nota en ref.: Solicitar Audiencia Pública para tratar “El agua como recurso limitado y el crecimiento urbano”.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Ambiente)
  • Nota R. Nº082-HCD-21.- Sra. Liliana Zampella eleva nota en ref.: Solicitar nombres de la calles linderas del barrio Los Nogales.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)

De los Informes de los ENTES. –

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 08 DE ABRIL DE 2021 ACTA Nº 006-HCD-2021

De los Despachos de Comisión. –

  • Despacho de Comisión N°018-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Enviarle copia de nota por cambio de circulación de calle El Algarrobo.-
  • Despacho de Comisión N°019-HCD-2021, Proyecto de Nota a Vecinos de la calle El Algarrobo en ref.: Informar lo actuado sobre su Nota Recibida N° 018-HCD-2021.-
  • Despacho de Comisión N°020-HCD-2021, Proyecto de Nota a la Secretaría de Ordenamiento Territorial, Arq. Gabriela González Rodio en ref.: Solicitarle opinión técnica sobre Subdivisión solicitada por el Sr. Sebastián Vecino.-
  • Despacho de Comisión N°021-HCD-2021, Proyecto de Nota al Sr. Sebastián Vecino en ref.: Informar lo actuado sobre su Nota Recibida N°008-HCD-2021.-
  • Despacho de Comisión N°022-HCD-2021, Proyecto de Resolución en ref.: Nombrar a los representantes del HCD ante el CO.MU.SE.-
  • Despacho de Comisión N°023-HCD-2021, Proyecto de Nota a la Secretaria Administrativa S.T.J.S.L. Dra. Ivanna Vanessa Albarado Magallanes en ref.: Informarle la toma de Conocimiento del Protocolo de Acuerdo 2021.-
  • Despacho de Comisión N°024-HCD-2021, Proyecto de Nota al Sr. Gabriel López en ref.: Informar lo actuado sobre su Nota Recibida 009-HCD-2021, visado o renovación de Registro de Conductor.-
  • Despacho de Comisión N°025-HCD-2021, Proyecto de Resolución en ref.: Autorizar la capacitación sobre la “Circulación Accesible y Normas Vigentes para Personas con Discapacidad” dirigida a los Integrantes del HCD.-
  • Despacho de Comisión N°026-HCD-2021, Proyecto de Resolución en ref.: Otorgar a la agrupación Darío Santillán el territorio necesario para la construcción de un Sum en el predio de equipamiento urbano de la Nota Recibida N° 064-HCD-2021.-
  • Despacho de Comisión N°027-HCD-2021, Proyecto de Resolución en ref.: Declarar de Interés Municipal la formación en inteligencia impartida por el Instituto Bioself.-
  • Despacho de Comisión N°028-HCD-2021, Proyecto de Ordenanza en ref.: Adherir a Día Mundial de la Voz que se celebra el día 16 de Abril.- Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-
  • Nota R. Nº075-HCD-21.- Bloque Ahora Merlo, Bloque Todos Unidos, Bloque Unidad Justicialista, elevan Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Solicitan Informe sobre moto vehículos secuestrados.-
    (A Criterio de los Sres. Concejales)
  • Nota R. Nº076-HCD-21.- Bloque Ahora Merlo, Bloque Todos Unidos, Bloque Unidad Justicialista, elevan Proyecto de Resolución en ref.: Solicitar al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo Informe del SEM.-
    (A Criterio de los Sres. Concejales)

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-

  • Nota R. Nº072-HCD-21.- Dirección de Catastro de la Municipalidad de Merlo eleva nota en ref.: Envía documentación de Loteo Pedro Melo para su tratamiento.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)
  • Nota R. Nº073-HCD-21.- Secretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, Técnica Stella Maris Cuello, eleva nota en ref.: Informe de temas a tratar en próxima reunión de COAMA el martes 06-04-21 a las 16 horas en la oficina de Ambiente.-
    (Se sugiere pase a Archivo)
  • Nota R. Nº074-HCD-21.- Secretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, Técnica Stella Maris Cuello, eleva nota en ref.: Invitar a la Jornada de Capacitación sobre el Plan de Acción Climática el día 12-04-21 a las 16 horas en forma virtual.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Ambiente)
  • Nota R. Nº077-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva Proyecto de Ordenanza en ref.: Adhesión a la Regulación de la Ley Nacional N° 27350 – “Investigación Medica y Científica del Uso Medicinal de la Plata de Cannabis y sus derivados”.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)
  • Nota R. Nº078-HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota en ref.: Invitación del Sr. Intendente Municipal Dr. Juan Álvarez Pinto a participar de la reunión de COMUSE el día 15-04-21 a las 10 horas.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –

  • Nota R. Nº071-HCD-21.- Apoderado de la Sra. Azucena Arias, eleva nota en ref.: Solicitar que el Loteo “La Azucena” sea denominado como Barrio Azucena Arias.-
    (Se sugiere pase a Comisión N°1 de Planeamiento)

De los Informes de los ENTES. –

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 30 DE MARZO DE 2021 ACTA Nº 005-HCD-2021

De los Despachos de Comisión. –

  • Despacho de Comisión N° 013-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref: Invitar a una visita de Evaluación por terreno para la Agrupación Darío Santillán, según NR.064/21.
  • Despacho de Comisión N° 014-HCD-2021, Proyecto de Nota al Co-Director del Instituto BioSelf, Lic. González Juan Sebastián en ref: invitarlo a participar de la reunión de comisión el día martes 06/04/21 a las 18:00hs. en el Reciento del H.C.D.-
  • Despacho de Comisión N° 015-HCD-2021, Proyecto de Ordenanza, en ref.: AUTORIZAR, cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad, por NR.061/21.-
  • Despacho de Comisión N° 016-HCD-2021, Proyecto de Ordenanza, en ref.: AUTORIZAR, cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del servicio de Remis de nuestra Ciudad, por NR.046/21.-
  • Despacho de Comisión N° 017-HCD-2021, Proyecto de Ordenanza, en ref.: AUTORIZAR, cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del servicio de Transporte Urbano Publico de Pasajeros” El Merlino”, por NR.047/21.-

De las Comunicaciones oficiales.-

  • Nota R. Nº065-HCD-21.- El Sr. Vicegobernador de la Provincia de San Luis, Dr. Eduardo Gastón Mones Ruiz (h), envía invitación a la Presidenta del HCD a participar de manera virtual a la Apertura del XXXIV Periodo de Sesiones Ordinarias, el día 1 de abril de 2021, a las 11 horas. –
  • Nota R. Nº067-HCD-21.- Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis, eleva nota en ref.: Notificar Protocolo de Acuerdos 2021.- Proyectos (y/o propuestas de los Concejales.-
  • Nota R. Nº 069-HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva Proyecto de Ordenanza en ref.: “Adhesión al Día Mundial de la Voz”.-
    (A criterio de los Sres. Concejales)
  • Nota R. Nº 070-HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva nota en ref.: Solicitar se convoque a reunión de Comisión Plenario a Los Profesionales Fonoaudiólogas/gos, Otorrinolaringólogos y a la Directora Municipal de Salud, Educación y Discapacidad por el Día Mundial de la Voz.-

(A criterio de los Sres. Concejales)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –

  • Nota R. Nº066 -HCD-21.- Centro Ex Combatientes de Malvinas del Valle del Conlara, eleva nota en ref.: Solicitar que el Sr. Gallotto Miguel sea declarado “Huésped de Honor de la Villa de Merlo”. –

(Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)

  • Nota R. Nº068-HCD-21.- Sr. Garatte Elio, eleva nota en ref.: Solicitar copia de las denuncias realizadas por los Vecinos de la calle El Algarrobo contra su persona. –
    (Se sugiere pase a Comisión N°2 de Gobierno)
  • De los Informes de los ENTES. –

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 25 DE MARZO DE 2021 ACTA Nº 004-HCD-2021

De los Despachos de Comisión. –

  • Despacho de Comisión N° 007-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Confirmar que este HCD ha tomado conocimiento de la apertura de la Cuenta Corriente.-
  • Despacho de Comisión N° 008-HCD-2021, Proyecto de Nota al Sr. Gerente de “El Merlino”, Sr. Fernando Quiñonez en ref.: Invitarlo a Reunión de Comisión el lunes 29/03/21 a las 18hs.-
  • Despacho de Comisión N° 009-HCD-2021, Proyecto de Resolución, en ref.: Declarar de Interés Municipal “La Maratón Héroes de Malvinas”.-
  • Despacho de Comisión N° 010-HCD-2021, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Enviar documentación de los Vecinos de la calle EL Algarrobo que fuera presentada en Banca del Vecino el 18/03/21.-
  • Despacho de Comisión N° 011-HCD-2021, Proyecto de Nota a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana, Arq. Gabriela González Rodio en ref.: Enviar copias de Notas Recibidas de la Asociación Civil Escuela de Patín Artístico de la Villa de Merlo, donde solicitan un espacio.-
  • Despacho de Comisión N° 012-HCD-2021, Proyecto de Nota Múltiple, en ref.: Invitación a Instituciones por Resolución N° 2163-HCD-2021, revisión Ordenanza 744-HCD-2021.-

Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-

  • Nota R. Nº 063 -HCD-21.- Bloque San Luis Unido, eleva Proyecto de Nota, en ref.: Capacitación en Discapacidad para el Personal y Concejales del HCD.-
    (A criterio de los Sres. Concejales)

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-

  • Nota R. Nº 062 -HCD-21.- Director de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana, Sr. Jorge Pisani, eleva nota en ref.: Responde Nota E. N° 013-HCD-2021 sobre Licencia de Conducir.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 2 de Gobierno)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –

  • Nota R. Nº 055-HCD-21.- Sres. Osvaldo Gutiérrez y Guillermo Colasanto, elevan nota, en ref.: Solicitar la aprobación de Proyecto de Ordenanza N° 655 presentado el 20/11/12 por la “Asociación Los Talas”.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Ambiente)
  • Nota R. Nº 056-HCD-21.- Sres. Osvaldo Gutiérrez y Guillermo Colasanto, elevan nota, en ref.: Solicitan que la zona del ex Vertedero Municipal de Piedra Blanca Abajo sea denominada como barrio “Los Talas”.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Ambiente)
  • Nota R. Nº 057-HCD-21.- Sres. Osvaldo Gutiérrez y Guillermo Colasanto, elevan nota, en ref.: Solicitan que la zona del ex Vertedero Municipal de Piedra Blanca Abajo sea declarada Reserva Natural.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Ambiente)
  • Nota R. Nº 061-HCD-21.- Asociación de Taxis de la Villa de Merlo, elevan nota, en ref.: Solicitan aumento de tarifas.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 2 de Hacienda)
  • De los Informes de los ENTES. –

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 18 DE MARZO DE 2021 ACTA Nº 003-HCD-2021

Banca del Vecino.-

  • Nota R. Nº 017-HCD-21.- Vecinos de la Calle El Algarrobo, Solicitan Banca del Vecino para tratar traslado de Fábrica de Helados.-

De los Despachos de Comisión. –

  • Nota R. Nº 001-HCD-21.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Sr. Víctor Hugo Boaglio en ref.: Invitarlo a participar de la reunión de comisión el día martes 23/03/21 a las 18 horas en el Recinto del HCD.-
  • Nota R. Nº 002-HCD-21.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Director de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana y Transportes, Sr. Jorge Pisani, en ref.: Invitarlo a participar de la reunión de comisión el día martes 23/03/21 a las 18:45 horas en el Recinto del HCD.-
  • Nota R. Nº 003-HCD-21.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Enviarle sugerencias referentes a la APP Estacionamiento Medido, según nota 534-HCD-2020 del Sr. Luis Armando Busto.-
  • Nota R. Nº 004-HCD-21.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref.: Adherir a la Ley Provincial X-0863-2013 que crea el CO.PRO.SE, Consejo Provincial de Seguridad con el objeto de consensuar y adoptar políticas que armonicen y posibiliten el fortalecimiento del Sistema de Seguridad.-
  • Nota R. Nº 005-HCD-21.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana, Arq. Gabriela González Rodio en ref.: Responder la nota 463-HCD-2020 sobre pre factibilidad de Proyecto Loteo “La Placida”.-

De las Comunicaciones oficiales

  • Nota R. Nº 044-HCD-21.- Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Jorge Alberto Levingston, remite Decreto N°2700 en ref.: “Oficina de Recepción de Denuncias del Ministerio Publico Fiscal de la Tercera Circunscripción Judicial” ADM 2700/17.-
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Gobierno)
  • Nota R. Nº 058-HCD-21.- Centro Educativo Padre Pablo Tissera, envía invitación a la misa de acción de gracias por el 59° aniversario de la fundación de la Institución, el día 19 de marzo a las 10 horas en el Templo Nuevo de la Parroquia.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M.-

  • Nota R. Nº 045 -HCD-21.- Secretaria de Gestión Cultural e Identidad Merlina, Prof. Silvia Lencina, eleva nota, en ref.: Invita a participar al 1° Conversatorio “Brochero en Piedra Blanca” el día 15 de marzo a partir de las 9 horas, en la Casa del Bicentenario de Piedra Blanca.-
    (Se sugiere Pase a Archivo)
  • Nota R. Nº047 -HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota, en ref.: Solicitando el aumento de tarifas de la Empresa de Transporte Urbano “El Merlino”.-
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Hacienda)
  • Nota R. Nº049 -HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota, en ref.: Solicita autorización para la apertura de cuenta corriente bancaria.-
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Hacienda)
  • Nota R. Nº051 -HCD-21.- Secretario de Deportes, Prof. Sergio Romero, eleva nota, en ref.: Solicita declarar de Interés Municipal el Proyecto “MARATON HEROES DE MALVINAS”.-
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Gobierno)
  • Nota R. Nº052 -HCD-21.- Secretario de Gobierno, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota, en ref.: Responde Nota E 004-HCD-2021 sobre Fabrica de Helados.-
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Gobierno)

De las Peticiones o Asuntos Particulares. –

  • Nota R. Nº 046-HCD-21.- La Asociación Civil Remiseros Alma Comechingón, eleva nota, en ref.: Solicitar aumento de tarifas.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 2 de Hacienda)
  • Nota R. Nº 048-HCD-21.- Marisol Lorena Casas Queipo, eleva nota, en ref.: Solicita permiso municipal para la conexión del servicio eléctrico.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Planeamiento)
  • Nota R. Nº 050-HCD-21.- Instituto Bioself envía nota, en ref.: Solicita declarar de interés municipal la “Formación de Inteligencia Integral”
    (Se sugiere Pase a Comisión N° 2 de Gobierno)
  • Nota R. Nº 053-HCD-21.- Sra. Carolina Mana, eleva nota en ref.: Solicita excepción a la subdivisión de su terreno ubicado en el Loteo La Herminda.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Planeamiento)
  • Nota R. Nº 054-HCD-21.- Escuela de Patín Artístico, eleva proyecto, en ref.: Construcción de su espacio físico.-
    (Se sugiere el Pase a Comisión N° 1 de Planeamiento)
  • De los Informes de los ENTES. –