ORDENANZA N° IV-0947-HCD-2020 – SISTEMA DE CARGA Y DESCARGA DINÁMICA

ORDENANZA N° IV-0947-HCD-2020 – SISTEMA DE CARGA Y DESCARGA DINÁMICA

Villa de Merlo (S.L.), 15 de Octubre de 2020.-

ORDENANZA N° IV-0947-HCD-2020

“SISTEMA DE CARGA Y DESCARGA DINÁMICA”

VISTO:

                                   La necesidad de establecer un mecanismo ágil de carga y descarga en nuestra localidad; y:

CONSIDERANDO:

                                   Que nuestra ciudad tiene un constante crecimiento que hace necesario adecuar el tránsito vehicular de descarga de mercaderías.-

                                   Que la actividad comercial del casco céntrico genera un continuo movimiento vehicular.-

                                   Que existe actualmente legislación vigente que regula los horarios de carga y descarga comercial como las Ordenanzas N° 711-HCD-1998, N°801-HCD-2002, y N°IV-0710-HCD-2015.-

                                   Que más allá de la legislación vigente mencionada, la dinámica del aprovisionamiento de los comercios del casco histórico hace que lo normado no se cumpla.-

                                   Que consecuencia de ello, los vehículos utilizados para la descarga de mercadería suelen generar maniobras que terminan provocando alteraciones de tránsito, convulsionando el movimiento vehicular del microcentro.-

                                   Que sumado a lo mencionado, los protocolos adoptados por el Gobierno de la Provincia de San Luis en relación a los Centros de Transferencias de Mercaderías, y sus consecuentes controles, hace que los vehículos lleguen a realizar la descarga de mercaderías a la Villa de Merlo fuera del horario permitido por ordenanza.-

                                   Que el Sistema de Carga y Descarga Dinámica, colaboraría a solucionar las problemáticas mencionadas, estableciendo un lugar fijo determinado y señalizado para proceder a esta actividad.-

                                   Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: IMPLEMENTAR en la ciudad Villa de Merlo el Sistema de Carga y Descarga Dinámica dentro del área delimitada entre las siguientes calles: Al Norte calle Huarpes y su prolongación Comechingones, al este calle Pringles, al oeste calle Poeta Agüero y al Sur calle Sobremonte y su prolongación Avenida del Sol.-

ARTICULO 2°: Cada una de las cuadras comprendidas en el sector delimitado por el Artículo 1°, podrá disponer de un espacio de 8 metros, próximo a la esquina, en un extremo de la acera.-

ARTICULO 3°: Los vehículos afectados serán utilitarios y camiones medianos sin acoplado, hasta 3,500 kg de carga.-

ARTICULO 4°: El horario autorizado para realizar la carga y/o descarga en los espacios delimitados será de Lunes a Sábados de 9 a 17 hs., y no deberá superar los 15 minutos.-

ARTICULO 5°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las demarcaciones correspondientes en veredas y calzadas, así como a colocar la cartelería correspondiente.-

ARTICULO 6°: DEMÁRQUENSE la calzada y el cordón del sector asignado, con pintura de color amarillo, y colóquese la cartelería indicatoria con la leyenda “Permitido estacionar Carga y Descarga Dinámica de 09:00 a 17:00 hs. Tolerancia: 15 Minutos”.-

ARTICULO 7°: Todo uso del espacio asignado, que no sea el previsto en la presente, será sancionado de acuerdo a como lo establecen  las ordenanzas vigentes, o se establezcan oportunamente a partir de la promulgación de la misma.-

ARTICULO 8°: La Autoridad de Aplicación, será la Dirección de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana y Transporte conjuntamente con el Área Tránsito de la Municipalidad Villa de Merlo.-

ARTICULO 9°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y  OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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