ORDENANZA Nº VIII-0876-HCD-2018: DESIGNAR CALLES EN BARRIO LOS CHANARES

ORDENANZA Nº VIII-0876-HCD-2018: DESIGNAR CALLES EN BARRIO LOS CHANARES

Villa de Merlo, (San Luis), 13 de Diciembre de 2018.-

ORDENANZA Nº VIII-0876-HCD-2018

VISTO: 

Las Notas Recibidas Nº 637-HCD-2018;  y Nº 730-HCD-2018 de fechas 05.09.18 y 28.09.18, respectivamente, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante; y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la primera de las Notas Recibidas consignadas en el visto de esta Resolución, la Comisión del Barrio Los Chañares, a través de su Presidente, Heber Ortiz y Secretaria,  Carina Rinconis,  solicita se le asigne nombres a calles de la zona, que se encuentran sin nominación.-

Que a través de la 2da. Nota Recibida consignada, responde a la consulta hecha a la Dirección de Catastro Municipal por medio de Nota E. Nº 249, quienes informan que los nombres propuestos no figuran en el Nomenclador Municipal y en segundo lugar, eleva croquis con la ubicación de las calles del sector y las prolongaciones de calles existentes (ya nombradas) según Nomenclador Ordenanza Nº 0489-HCD-2012.-

Que  se da el tratamiento del tema en Comisión, considerando el  pedido con los nombres sugeridos y atendiendo a la propuesta de la Dirección de Catastro Municipal, que obra en el expediente formado al efecto; y teniendo en cuenta además la prolongación de las calles existentes.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con los nombres de: LOS NARANJOS, Bv. LOS CIRUELOS, LAS DAMASCAS y mantener los nombres de las prolongaciones de las Calles: LOS CEREZOS, LAS MORAS, LOS MANZANOS Y LA CABALLERIZA.-

ARTICULO 2°: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente Ordenanza al correspondiente croquis de ubicación.-

ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

0876-VIII- ANEXO

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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