Villa de Merlo, (San Luis), 15 de Noviembre de 2018.-
ORDENANZA Nº VIII-0857-HCD-2018
VISTO:
Las Notas Recibidas Nº 575-HCD-2018; Nº 717-HCD-2018; N° 841-HCD-2018; 784-HCD-2018 y Nº 843-HCD-2018 de fechas 16.08.18, 25.09.18, 02.11.18, 16.10.18 y 02.11.18, respectivamente, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la primera de las Notas Recibidas consignadas en el visto de esta Resolución, una vecina de Cerro de Oro, solicita se le asigne nombre a una calle de esa zona, como “Malva”.-
Que la 2da. y 3ra. Notas Recibidas consignadas, responden a respuestas de la Dirección de Catastro Municipal, sobre el pedido, en primer término informando que el nombre propuesto no figura en el Nomenclador Municipal y en segundo lugar, eleva croquis de las calles del sector.-
Que a través de la 4ta. Nota Recibida mencionada, vecinos del B° de Piedra Blanca Abajo, proponen que la Calle que actualmente se denomina “Las Orquídeas”, sea cambiado por “Las Niñas Rosales”, quienes eran dos hermanas que donaron la tierra donde está la Sala de Primeros Auxilios, hoy el Caps de ese barrio.-
Que por último, mediante la 5ta. Nota Recibida del visto, la Dirección de Catastro Municipal, informa que el nombre propuesto no figura en el Nomenclador Municipal y adjunta croquis de las calles de la zona.-
Que el Concejo considera razonables los pedidos, el primero, atento a que se trata de una calle nueva, la que a la fecha carece de designación de nombre según informe solicitado a la Dirección de Catastro Municipal, que obra en el expediente formado al efecto; y el segundo, por las razones ya apuntadas.-
Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: Calle “MALVA”, a la calle denominada Secc. CO – 02, Calle N° 1, según croquis adjunto, cuya traza es en sentido Este – Oeste, ubicada al Norte de la Manzana 801.-
ARTICULO 2°: DEJAR SIN EFECTO, la designación de la Calle conocida como: “LAS ORQUÍDEAS”, y en su reemplazo designar a esta Calle como: “LAS NIÑAS ROSALES”, de Piedra Blanca Abajo.-
ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-
ORDENANZA Nº VIII-0489-HCD-2012: NOMENCLADOR VILLA DE MERLO
ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-