Villa de Merlo, (San Luis), 11 de Octubre de 2018.-
ORDENANZA Nº IX-0849-HCD-2018
VISTO:
La Nota Recibida N° 648-HCD-2018, presentada a este Cuerpo el día 11 de Septiembre del corriente año; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el Secretario de Gestión Territorial y la Directora de Obras Privadas ambos Funcionarios de la Municipalidad Villa de Merlo, elevando Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Intendencia Municipal y el Colegio de Ingenieros y Técnicos de la Ingeniería de la Provincia de San Luis, de fecha 21 de Agosto de 2018, solicitando su homologación por parte de este H.C.D.-
Que refieren que a raíz del mismo, se prevé un incremento en el número de planos de relevamiento que se presentarán en la D.O.P. a partir de su puesta en práctica, sumado a los planos presentados en la actualidad, hace que surja la iniciativa de desarrollar una norma referida a aquellas obras relevadas que presentan infracción a las ordenanzas vigentes.-
Que el Convenio en cuestión implica colaboración y asistencia entre las partes convinientes coadyudando a disminuir las obras clandestinas e irregulares.-
Que por todo ello se resuelve conforme se expresa a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, en todas sus partes, el Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Intendencia Municipal y el Colegio de Ingenieros y Técnicos de la Ingeniería de la Provincia de San Luis, de fecha 21 de Agosto de 2018.-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y al Colegio de Ingenieros y Técnicos de la Ingeniería de la Provincia de San Luis, para su toma de razón.-
ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMEN-TE, ARCHÍVESE.-