Archivo el 31 de agosto de 2017

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 025-HCD-2017 FECHA: 31 DE AGOSTO DE 2017

 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

ACTA N° 025-HCD-2017

FECHA: 31  DE AGOSTO DE 2017

BANCA DEL VECINO

Sra. Cinthia Krempovich, para exponer problemáticas relacionadas a los prestadores de servicio de Remiseros.-

De las Actas:

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta  Nº 023 del día 17 de Agosto de 2017—————————————————–

Acta  Nº 024 del día 24 de Agosto de 2017—————————————————-

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 510-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota Múltiple a Vecinos del Bº Nuevo Merlo y otras Instituciones, para convocarlos a una reunión y conformar  Comisión para trabajar en la nueva Legislación sobre la instalación de estaciones de rebaje de energía.-

3) Nota R. Nº 511-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Yamila Cristina Alem, en ref.: Solicitar mayor documentación para continuar con el tratamiento sobre pedido de conexiones de luz y agua en loteo Margarita Bolher.-

4) Nota R. Nº 512-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka en ref.: solicitarle croquis de subdivisión del inmueble de la Sra. NEMENCIA NELI URQUIZA para continuar con el tratamiento de su pedido.-

5) Nota R. Nº 513-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, en ref.: solicitarle Documentación de los Sres. RIOS VELAR PATRICIO MARIA , TRACCHIA JUAN CARLOS , TRACCHIA JULIO CESAR y WITTOUCK ADOLFO HERNAN, para continuar con el tratamiento de su pedido.-

6) Nota R. Nº 514-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza en ref.: Cambiadores para Bebes.-

De las Comunicaciones Oficiales.-

7) Nota R. Nº 516-HCD-17.- Centro Educativo Nº 26, María Palmira Cabral de Becerra de Rincón del Este, invita a las Olimpiadas Nacionales de Historia, Instancia Nacional; el día 31 de agosto de 2017 a las 10hs..-

8) Nota R. Nº 518-HCD-17.- Centro de Mediación Judicial e Extrajudicial Villa de Merlo, solicita Declarar de Interés Municipal la Primera Caminata por la Paz denominada  “Caminemos por la Paz”, a realizarse en la Villa de Merlo el 30 de septiembre de 2017, a las 16:30hs, desde Casino Flamingo hasta Plaza Sobremonte.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

9) Nota R. Nº 505-HCD-17.- Secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Dr. José Oscar Pérez, solicita se emita nota o Resolución de apoyo y repudio a los sucesos intervencionalistas que está padeciendo la Universidad de Villa Mercedes.-

10) Nota R. Nº 508-HCD-17.- .- Secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Dr. José Oscar Pérez, solicita texto que fundamente los beneficios del transporte aéreo.-

11) Nota R. Nº 509-HCD-17.- Directora de Medio Ambiente, Sra. Adriana Paradzik, solicita copia del informe sobre el tratamiento que está realizando la Comisión pertinente en relación al Parque Industrial.-

12)Nota R. Nº 515-HCD-17.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de Testa, Ana Rosa y Lastre, Daniel Eduardo, sobre pedido de división  para construir Derecho Real de Propiedad Horizontal.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

13) Nota R. Nº 506-HCD-17.- Sr. Rodrigo Alberto Gómez, solicita se revise la Ordenanza Nº 648-HCD-1996 y poder solicitar permiso para colocar un carro pochoclero en Plaza del Barrio “Los Fresnos”.-

14) Nota R. Nº 507-HCD-17.- Agrimensor Claudio Ortiz, ofrece parcelas, a título de donación con cargo a favor de la Municipalidad.-

15) Nota R. Nº 517-HCD-17.- Sr. Daniel Oscar Sosa Musselli, solicita autorización  para la contratación y exhibición  de espectáculos musicales dentro del comercio ubicado  en calle Poeta  Conti, esquina Cerro Champaqui.-

RESOLUCION Nº 1817-HCD-2017: AUTORIZAR PERMISOS DE LUZ Y AGUA SRA. VICTORIA ELENA IODICE

Villa de Merlo, (San Luis), 24 de Agosto de 2017.-

 
 

RESOLUCION Nº 1817-HCD-2017

 
 
VISTO: 

La Nota Recibida N° 484-HCD-2017, ingresada al Concejo con fecha 15.08.2017; y:

CONSIDERANDO:

Que la solicitud indicada en el visto de ésta Resolución, es efectuada por el Arquitecto JORGE DANIEL STURLA, M.P. N° 366 del C.A.S.L., en representación de su clienta, la Sra. VICTORIA ELENA IODICE, D.N.I. N° 39.160.424, consistente en el pedido de que se le otorgue autorización para conexión de los servicios de luz eléctrica y agua potable, en el inmueble de su propiedad, sito en Calle Pública s/n°, de esta localidad, Sección 08, Manzana 118, Parcela 08, Zona R5, Padrón N° 995044.-

Que el problema existente se debía a que el loteo al cual pertenece la parcela de la solicitante, le faltaban requisitos para llegar a su aprobación definitiva.-

Que si bién aún no están finiquitados todos los aspectos de dicho loteo, en los últimos meses se ha avanzado en el cumplimiento de todos los requisitos faltantes por parte de los responsables del fraccionamiento, por lo que no resulta justo, supeditar el tiempo que falta, al otorgamiento de estos servicios esenciales.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

 
 

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, al D.E.M., al otorgamiento de los permisos de luz eléctrica y de agua potable, “ad referéndum”, de la presentación por parte de la interesada de las respectivas prefactibilidades que deberán ser otorgadas por las Empresas prestatarias de los servicios en cuestión; todo ello en el inmueble propiedad de la Sra. VICTORIA ELENA IODICE, D.N.I. N° 39.160.424, sito en Calle Pública s/n°, de esta localidad, Sección 08, Manzana 118, Parcela 08, Zona R5, Padrón N° 995044. Asimismo deberá regularizar el Plano de Relevamiento de la Vivienda Unifamiliar a nombre de VICTORIA ELENA IODICE.-

ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente Resolución a las Areas del D.E.M. correspondientes, y a los interesados para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1816-HCD-2017: AUTORIZAR PERMISOS DE LUZ Y AGUA A SR. JUAN MATEO VALDEZ LEHOCZKY

 

Villa de Merlo, (San Luis), 24 de Agosto de 2017.-

 
 

RESOLUCIÓN Nº 1816-HCD-2017

VISTO: 

La Nota Recibida N° 050-HCD-2015, ingresada al Concejo con fecha 06.03.2015; y:

CONSIDERANDO:

Que la solicitud indicada en el visto de ésta Resolución, es efectuada por el Sr. JUAN MATEO VALDEZ LEHOCZKY, D.N.I. N° 29.813.363, consistente en el pedido de que se le otorgue autorización para conexión de los servicios de luz eléctrica y agua potable, en el inmueble de su propiedad, sito en continuación de B.V. Olivera N° 1510, de esta localidad, Sección 08, Manzana 98, Parcela 04, Zona R5, Padrón N° 959194, Contribuyente N° 012719.-

Que el problema existente se debía a que el loteo al cual pertenece la parcela del solicitante, le faltaban requisitos para llegar a su aprobación definitiva.-

Que si bién aún no están finiquitados todos los aspectos de dicho loteo, en los últimos meses se ha avanzado en el cumplimiento de todos los requisitos faltantes por parte de los responsables del fraccionamiento, por lo que no resulta justo, supeditar el tiempo que falta, al otorgamiento de estos servicios esenciales.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, al D.E.M., al otorgamiento de los permisos de luz eléctrica y de agua potable, “ad referéndum”, de la presentación por parte del interesado de las respectivas prefactibilidades que deberán ser otorgadas por las Empresas prestatarias de los servicios en cuestión; todo ello en el inmueble propiedad del Sr. JUAN MATEO VALDEZ LEHOCZKY, D.N.I. N° 29.813.363, sito en continuación de B.V. Olivera N° 1510, de esta localidad, Sección 08, Manzana 98, Parcela 04, Zona R5, Padrón N° 959194, Contribuyente N° 012719.-

ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente Resolución a las Areas del D.E.M. correspondientes, y al interesado para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 
 

RESOLUCIÓN Nº 1815-HCD-2017: AUTORIZAR APROBACIÓN DEL PLANO DE DIVISIÓN A NOMBRE DE VIVIANA HEBE GALACHO,

Villa de Merlo, (San Luis), 24 de Agosto de 2017.-

 
 

RESOLUCIÓN Nº 1815-HCD-2017

 
 
VISTO: 
El Expediente formado al efecto, con motivo del pedido de aprobación de Urbanización, División, y Unificación y/o Implantación de Indicadores Urbanísticos, respecto del inmueble propiedad de la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO, D.N.I. N° 20.729.950; y:
 
CONSIDERANDO:
Que la solicitud inicial proviene remitida por la Dirección de Catastro Municipal, mediante N.R. N° 509-HCD-2016, la cual tuvo respuesta mediante la Nota Emitida N° 259-HCD-2016, solicitando estudios del terreno y CAD georreferenciado en Google actualizado.-
Que mediante N.R. N° 189-HCD-2017, la Dirección mencionada de la Municipalidad, remite los estudios requeridos.-
Que el inmueble propiedad de la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO, se ubica sobre Ruta Provincial N° 1, de ésta localidad, según Plano de División, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro D. Fernández, M.P. Nº 242 del C.A.S.L., con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al Tomo 52 de Junín Ley 3236, F° 372, N° 06,  Padrón Nº 960.927, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Circunscripción Merlo, Sección 05, Manzana 140, Parcela 001.-
Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
 
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
 

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, la aprobación del Plano de División a nombre de VIVIANA HEBE GALACHO, D.N.I. N° 20.729.950, propietaria del inmueble que se ubica sobre Ruta Provincial N° 1, de ésta localidad, según Plano de División, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro D. Fernández, M.P. Nº 242 del C.A.S.L., con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al Tomo 52 de Junín Ley 3236, F° 372, N° 06,  Padrón Nº 960.927, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Circunscripción Merlo, Sección 05, Manzana 140, Parcela 001.-

 
ARTICULO 2º: La aprobación que se dispone es “ad referéndum” de:
a)- Estudio por parte del D.E.M. del Estudio de Impacto Ambiental y Riesgo Hídrico, teniéndose en cuenta el riesgo hídrico del cauce seco que atraviesa la propiedad;
b)- Indicar el Espacio Verde N° 4 como Equipamiento Comunitario;
c)- Realizar las donaciones de Calles, Espacios Verdes y Equipamiento Urbano, según lo especificado en los Planos refrendados.-
 
ARTICULO 3º: Los solicitantes deberán dar cumplimiento a las Ordenanzas vigentes en procesos de subdivisiones y parcelamientos por etapas.-
 
ARTICULO 4°: Los Planos remitidos y  firmados por los Concejales y que se adjuntan, es al solo efecto de constatar la autenticidad de los mismos y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratados por este H.C.D.-
 
ARTICULO 5°: Queda constancia que al momento de subdividir la Manzana 01, Parcela 01, deberá donar el saldo de Espacio Verde de la parcela madre correspondiente a 9.139 m2.-
 
ARTICULO 6º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados para su toma de razón.-
 
ARTICULO 7º: DE FORMA.-
 
 

RESOLUCIÓN Nº 1814-HCD-2017: OTORGAR PREFACTIBILIDAD USO CONSULTORIOS MEDICOS- SR. CAYETANO YED

                                               Villa de Merlo (S.L.), 10 de Agosto de 2017.-

 
 

RESOLUCIÓN Nº 1814-HCD-2017

 
 
VISTO:  

La  Nota Recibida Nº 405-HCD-2017, ingresada a este Concejo con fecha 24.07.2017;  y:

CONSIDERANDO:

Que la nota consignada en el visto, fue presentada por el Dr. DIEGO CAYETANO YED, D.N.I. N° 24.031.976, solicitando el tratamiento de un pedido de prefactibilidad de habilitación que fuera denegado por el D.E.M., Nº 3433, de fecha 06.07.2017, en el que pidió la instalación de Consultorios Médicos, en el inmueble sito en Calle San Vicente N° 110, entre Calles El Chingolo y El Aguaribay, de Piedra Blanca, de esta localidad, Nomenclatura Catastral Municipal Sección 01PB, Manzana 12, Parcela 35, cuya propietaria es la Sra. MARIA TERESA GUZMAN, D.N.I. N° 06.069.574, madre del Dr. YED, quien ha prestado por escrito formalmente su autorización avalando la solicitud.-

Que acredita haber requerido la prefactibilidad ante el D.E.M., la cual fue denegada porque el rubro solicitado no es factible en la zona donde se ubica el inmueble, según Ordenanza Nº 744-HCD-2000.-

Que si bien resulta cierto que la actividad pretendida, no figura en forma taxativa en la norma citada, existen numerosas actividades similares en la enumeración que contiene, siendo el requisito indispensable que la actividad no implique ruidos molestos a los vecinos, cuestión esta que no es el caso.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

 

ARTICULO 1º: OTORGAR PREFACTIBILIDAD, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución, para el USO solicitado por el Dr. DIEGO CAYETANO YED, D.N.I. N° 24.031.976, de instalación de Consultorios Médicos, en el inmueble sito en Calle San Vicente N° 110, entre Calles El Chingolo y El Aguaribay, de Piedra Blanca, de esta localidad, Nomenclatura Catastral Municipal Sección 01PB, Manzana 12, Parcela 35, cuya propietaria es la Sra. MARIA TERESA GUZMAN, D.N.I. N° 06.069.574, madre del Dr. YED, quien ha prestado por escrito formalmente su autorización avalando la solicitud.-

ARTICULO 2º: GIRAR, copia de la presente a los interesados y  a las Áreas del D.E.M. que correspondan.-

 

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1813-HCD-2017: AUTORIZAR SUBDIVISION DEL PLANO DE MENSURA SRES. AGUERO ADARO Y RAMIREZ

Villa de Merlo, (San Luis), 10 de Agosto de 2017.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1813-HCD-2017

 
 
VISTO: 

El Expediente formado al efecto, con motivo del pedido de aprobación de subdivisión, respecto de un inmueble propiedad de los Sres. VICENTE ORLANDO AGÜERO ADARO, D.N.I. N° 06.816.128; y BEATRIZ NORA RAMIREZ, D.N.I. N° 14.516.099; y:

CONSIDERANDO:

Que el inmueble propiedad de los Sres. AGÜERO ADARO y RAMIREZ, se ubica en el lugar conocido como Algarrobo Abuelo, de Piedra Blanca Abajo, de ésta localidad, según Plano de Mensura a los efectos de obtener el título por usucapión (Plano antecedente), confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Roberto G. Martínez, M.P. Nº 211 del C.A.S.L., con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 3-18430, Rubro 6, Asiento 1,  Padrón Nº 961878, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Cuadrante B5-06-65-00-000000-001952.-

Que conjuntamente con el pedido, los interesados han acompañado, toda la documentación requerida para estos casos, tales como: copias de los DNI de todo el grupo familiar, certificado de matrimonio, 3 actas de nacimiento de los hijos, certificado de discapacidad de uno de sus hijos, Sentencia Definitiva de expropiación del Algarrobo Abuelo, Sentencia Definitiva del trámite de usucapión, 4 fichas catastrales de padrones anteriores, Decreto Provincial N° 2767, Plano de Mensura N° 6/220/12, Croquis de Subdivisión y Ficha Técnica del Proyecto, estos dos últimos confeccionados por el Ingeniero Agrimensor Mariano G. Báez, M.P. N° 315 del C.A.S.L.-

Que explican que la propiedad originalmente contaba con una superficie aproximada a las 8 hectáreas, de la cual fue desmembrada una superficie de aproximadamente 2,5 hectáreas que hoy constituyen el predio donde se erige el Algarrobo Abuelo, el que hoy es propiedad de la Provincia de San Luis y patrimonio histórico cultural y atractivo turístico de nuestra Villa. Que precisamente por esa quita efectuada a su propiedad originalmente, solicitan que por el pedido de subdivisión que efectúan, no se les requiera más superficie destinada a Espacio Verde, pues consideran ya haber cumplido con este aspecto con el predio del Algarrobo Abuelo.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, la subdivisión de la Parcela N° 1952 del Plano de Mensura (antecedente) N° 6/220/2012, en dos parcelas de superficies: a)- 9.360,20 m2 y b)- 4 has. 4.054,81 m2, según croquis de subdivisión presentado, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Mariano G. Báez, M.P. N° 315 del C.A.S.L., y que se adjunta formando parte de la presente Resolución, respecto de un inmueble propiedad de los Sres. VICENTE ORLANDO AGÜERO ADARO, D.N.I. N° 06.816.128; y BEATRIZ NORA RAMIREZ, D.N.I. N° 14.516.099, y que se ubica en el lugar conocido como Algarrobo Abuelo, de Piedra Blanca Abajo, de ésta localidad,  con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 3-18430, Rubro 6, Asiento 1,  Padrón Nº 961878, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Cuadrante B5-06-65-00-000000-001952.-

ARTICULO 2º: El Proyecto de Subdivisión (Croquis) remitido firmado por los Concejales y que se adjunta, es al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratado por este H.C.D.-

ARTICULO 3º: Se deja constancia que ante subdivisiones futuras, los solicitantes deberán cumplimentar con las Ordenanzas vigentes.-

 

ARTICULO 4°: Los solicitantes deberán continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán y revisarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 5º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados para su toma de razón.-

ARTICULO 6º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1812-HCD-2017: AUTORIZAR al D.E.M. A EFECTIVIZAR APROBACIÓN DE PLANO DE MENSURA Y DIVISIÓN SRAS. ARIAS

Villa de Merlo, (San Luis), 10 de Agosto de 2017.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1812-HCD-2017

 
 
VISTO: 

El Expediente formado al efecto, con motivo del pedido de aprobación de Plano de Mensura y División, respecto de un inmueble propiedad de los Sres. SILVINA SUSANA ARIAS, D.N.I. N° 26.629.655; MICAELA MIRIAM ARIAS, D.N.I. N° 25.199.613; BERNARDO ANDRES ARIAS, D.N.I. N° 32.778.624; y LETICIA LILIANA ARIAS, D.N.I. N° 27.795.921; y:

CONSIDERANDO:

Que el inmueble propiedad de los Sres. ARIAS, se ubica en Calle Pública s/n°, de Piedra Blanca, de ésta localidad, según Proyecto de Plano de Mensura y División, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Miguel Angel Vega, M.P. Nº 320 del C.A.S.L., con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 03-9439-1,  Padrón Nº 6.938, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Cuadrante B5, Parcela 1895.-

Que este H.C.D. ha atendido la solicitud en cuestión en todas sus etapas. Prueba de ello son las Notas Recibidas N° 053-HCD-2012, N° 711-HCD-2015, N° 766-HCD-2016 y N° 429-HCD-2017 y Notas Emitidas N° 034-HCD-2012, N° 320-HCD-2016 y N° 321-HCD-2016.-

Que posteriormente ingresó la Nota Recibida N° 429-HCD-2017, ingresada con fecha 28.07.2017, a través de la cual se incorpora el Plano de Mensura y División, en el que constan los datos convenidos en reunión llevada a cabo con los Ediles el dia 13 de Junio último, para sanear esta situación que involucra a ésta familia.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

 RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, al D.E.M., para que a través de las Areas de su incumbencia correspondientes, procedan a efectivizar la aprobación del Plano de Mensura y División, que se adjunta formando parte de la presente Resolución, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Miguel Angel Vega, M.P. Nº 320 del C.A.S.L., con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 03-9439-1,  Padrón Nº 6.938, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, Nomenclatura Catastral Cuadrante B5, Parcela 1895, cuyos propietarios son los Sres. SILVINA SUSANA ARIAS, D.N.I. N° 26.629.655; MICAELA MIRIAM ARIAS, D.N.I. N° 25.199.613; BERNARDO ANDRES ARIAS, D.N.I. N° 32.778.624; y LETICIA LILIANA ARIAS, D.N.I. N° 27.795.921.-

ARTICULO 2º: El Proyecto de Plano de Mensura y División remitido firmado por los Concejales y que se adjunta, es al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratado por este H.C.D.-

ARTICULO 3º: Los solicitantes deberán continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán y revisarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 4º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados para su toma de razón.-

ARTICULO 5º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1811-HCD-2017: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO LA PELÍCULA “AMOR Y FUEGO 2 (CONTRAFUEGO)”

Villa de Merlo, (San Luís), 27 de Julio de 2017.-

 
 

RESOLUCION Nº 1811-HCD-2017

 
VISTO: 

La Nota Recibida Nº 423-HCD-2017, ingresada a este Cuerpo Deliberativo con fecha 26.07.17; y:

CONSIDERANDO:

Que ésta presentación ha sido realizada por la Sr. IVAN GAZZO, escritor, director, guionista de cine y músico solicitando la Declaración de Interés de la película/documental “Amor y Fuego 2 (Contrafuego)”; un Homenaje a Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo.-

Que la película se estará estrenando y exhibiendo durante el próximo mes de Agosto en diferentes lugares del norte de San Luis- narra (en género documental) la labor permanente de los Bomberos Voluntarios del norte de la provincia.-

Que el largometraje es un homenaje a la actividad del bombero voluntario y demuestra el valor y honor que representa ser “bombero”.-

Que en esta película participarán Bomberos Voluntarios de Merlo, Carpintería, Los Molles, Villa Larca, Papagayos, Villa del Carmen, Santa Rosa del Conlara, Lafinur y Quines.-

Que este Concejo en su oportunidad,  a través de la Resolución Nº 1668-HCD-2016, Declaro de Interés Municipal la Película “Amor y Fuego”.-

Que este Cuerpo ha dictado la Ordenanza Nº 949-HCD-05 sobre Figuras Protocolares, Capítulo III – Arts. 25º, sucesivos, siguientes y concordantes, la que lo faculta y le permite realizar este tipo de declaraciones.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

   

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO (S.L.), la película “Amor y Fuego 2 (Contrafuego)”; un homenaje a Bomberos Voluntarios del norte de la Provincia de San Luis.-

 

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente al  D.E.M. y al interesado, para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1810-HCD-2017: AUTORIZAR al D.E.M. PARA PROCEDER A EFECTIVIZAR LA APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA Y DIVISION -Sra. CELINDA RAYMUNDA PINTO

Villa de Merlo, (San Luis), 27 de Julio de 2017.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1810-HCD-2017

 
 
VISTO: 

El Expediente formado al efecto, con motivo del fraccionamiento realizado en la propiedad de la Sra. CELINDA RAYMUNDA PINTO, M.I. N° 1.591.498; y:

CONSIDERANDO:

Que el inmueble propiedad de PINTO, se ubica sobre Calle denominada “El Poleo”, de Cerro de Oro, de ésta localidad, y consta en el Plano antecedente de Mensura a los efectos de realizar prescripción adquisitiva veinteañal, Nº 6/6/98 confeccionado por el Agrimensor José Luis Oberti, M.P. Nº 240 del C.A.S.L., con dominio anterior inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al Tomo 17, de Junín, F° 245, N° 2144, Padrones N° 162 y 855, de la Receptoría N° 13, de Merlo San Luis. El dominio actual responde a la Matrícula 03-3423 – A° 3 – R° 6,  Padrón Nº 11413, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, según Proyecto de Plano de Mensura y División confeccionado por el Ing. Agrimensor Claudio E. Ortiz, M.P. N° 228 del C.A.S.L..-

Que este H.C.D. ha atendido la problemática de este fraccionamiento, ya que varios adquirentes de las parcelas se presentaron, solicitando servicios para sus propiedades. Prueba de ello son las Notas Recibidas N° 799-HCD-2016, N° 118-HCD-2017, N° 158-HCD-2017, N° 323-HCD-2017 y Notas Emitidas N° 323-HCD-2016 y N° 327-HCD-2016.-

Que posteriormente ingresó la Nota Recibida N° 392-HCD-2017, ingresada con fecha 05.07.2017, a través de la cual se incorpora el Plano de Mensura y División, en el que constan los datos convenidos en varias reuniones y gestiones llevadas a cabo, para sanear esta situación que involucra a varios interesados y sus familias.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, al D.E.M., para que a través de las Areas de su incumbencia correspondientes, procedan a efectivizar la aprobación del Plano de Mensura y División, que se adjunta formando parte de la presente Resolución, confeccionado por el Agrimensor  Claudio E. Ortiz, M.P. Nº 228 del C.A.S.L., ubicado en Calle El Poleo, de Cerro de Oro, de ésta localidad, con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en la Matrícula 03-3423 – A° 3 – R° 6,  Padrón Nº 11413, de la Receptoría 13, de Merlo, Provincia de San Luis, cuya propietaria es la Sra. CELINDA RAYMUNDA PINTO, M.I. N° 01.591.498.-

 

ARTICULO 2º: El Proyecto de Plano de Mensura y División remitido firmado por los Concejales y que se adjunta, es al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratado por este H.C.D.-

ARTICULO 3º: La interesada deberá completar detalle de distancias de ochavas de las parcelas 23 y 25 y todo otro dato que requiere el proyecto de plano.-

 

ARTICULO 4°: La solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán y revisarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 5º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados para su toma de razón.-

ARTICULO 6º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 1809-HCD-2017: AUTORIZAR VISADO PREVIO DE LOS PLANOS MENSURA y DIVISIÓN CONJUNTO INMOBILIARIO “TERRA LOTEOS.COM S.A.”

Villa de Merlo, (San Luís), 27 de Julio de 2017.-

 

RESOLUCIÓN Nº 1809-HCD-2017

 
VISTO:

La Nota Recibida Nº 764-HCD-2016; de fecha 28/10/16 y:

CONSIDERANDO:

Que la Nota Recibida consignada en el visto de esta Resolución, fué ingresada por la Sra. Directora de Catastro de la Municipalidad de Villa de Merlo, elevando Expediente original de la Sra. FELICITAS BEATRIZ LARAY, sobre el pedido de aprobación de urbanización de “TERRA LOTEOS.COM S.A.”, y en relación a los inmuebles de su propiedad, ubicados en Ruta Provincial Nº 5, de Villa de Merlo, inscriptos sus dominios en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en: 1)- Matrícula: 03-18299 – R° 6 – A° 1, Padrón 12525, Receptoría Nº 13, de Merlo, San Luis (Mensura y División); y 2)- Matrícula: 03-18300 R° 6 – A° 1, Padrón N° 12527, Receptoría Nº 13, de Merlo, San Luis (Conjunto Inmobiliario y Mensura y División).-

Que iniciado su tratamiento se dispuso en primer término, su pase a la Comisión Evaluadora de Proyectos, disponiendo asimismo invitar a la reunión de ésta del día Miércoles 16.12.2016, al responsable profesional del loteo.-

Que en la oportunidad la Comisión dispuso enviar nota a los titulares del proyecto solicitando diversas modificaciones, lo que se cumplimentó mediante la Nota Emitida N° 328-HCD-2016, de fecha 07.12.2016.-

Que con fecha 21.03.2017, ingresó la Nota Recibida N° 084-HCD-2017, la que cumplimenta con todos las modificaciones requeridas.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

 

 POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, el VISADO PREVIO, de los Planos de Mensura y División y Conjunto Inmobiliario, confeccionados por el Ingeniero Agrimensor ALEJANDRO D. FERNANDEZ, M.P. Nº 242 del C.A.S.L., del loteo cuyos propietarios son “TERRA LOTEOS.COM S.A.”, CUIT 30-71488576-2, y en relación a los inmuebles de su propiedad, ubicados en Ruta Provincial Nº 5, de Villa de Merlo, inscriptos sus dominios en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, en: 1)- Matrícula: 03-18299 – R° 6 – A° 1, Padrón 12525, Receptoría Nº 13, de Merlo, San Luis (Mensura y División); y 2)- Matrícula: 03-18300 R° 6 – A° 1, Padrón N° 12527, Receptoría Nº 13, de Merlo, San Luis (Conjunto Inmobiliario y Mensura y División).-

 

ARTICULO 2º: Los propietarios deberán modificar las siguientes parcelas para que estas cumplan con un mínimo de superficie de 500 mts.2:

  • Manzana “21”, Parcelas 1 y 4;
  • Manzana “27”, Parcela 3;

 

ARTICULO 3º: Los interesados deberán presentar a la Municipalidad de Villa de Merlo, un plano de amanzanamiento, sin parcelamiento, para ser aprobado ante la Dirección de Catastro Municipal y proceder a suscribir las correspondientes donaciones a nombre de la Municipalidad, las calles y espacios verdes. En caso de que el loteo se vaya autorizando por etapas, las mismas deberán coincidir con el plano visado por la Municipalidad y autorizado en la presente Resolución.-

 

ARTICULO 4º: Los interesados deberán cumplir con todas las Ordenanzas vigentes en lo que hace a infraestructura y obras de desagües necesarios.-

 

ARTICULO 5º: Los Planos remitidos firmados por los Concejales y que se adjuntan, son al solo efecto de constatar la autenticidad de los mismos y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratados por ante este H.C.D.-

ARTICULO 6º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del  D.E.M. correspondientes y a los interesados,  para su toma de razón.-

ARTICULO 7º: DEROGAR, en todas sus partes, la Resolución N° 1765-HCD-2017, de fecha 30 de Marzo de 2017.-

 

ARTICULO 8°: DE FORMA.-