Archivo el 27 de julio de 2017

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 020-HCD-2017 FECHA: 27 DE JULIO DE 2017

 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

ACTA N° 020-HCD-2017

FECHA:  27  DE JULIO DE 2017:

 

BANCA DEL VECINO

Alumnos de 6º año de la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco” de Cerro de Oro, para tratar” Boleto Estudiantil”.-

De las Actas:

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta  Nº 009  del día  27 de Abril de 2017—————————————————–

Acta  Nº 010 del día 05 de Mayo de 2017—————————————————–

Acta  Nº 011 del día 11 de Mayo de 2017—————————————————–

Acta  Nº 012 del día 18 de Mayo de 2017—————————————————–

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 406-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a vecinos de Piedra Blanca Abajo, en ref.: Invitar a reunión de Comisión del día Miércoles 16 de Agosto de 2017, a las 19:00 horas, en el recinto de Sesiones, a fin de que expongan sobre inconvenientes que genera la falta de energía eléctrica.-

3) Nota R. Nº 407-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: solicitar informe por Nota R. Nº 386-HCD-17 de vecinos de Piedra Blanca Abajo, por inconvenientes que genera la falta de energía eléctrica.-

4) Nota R. Nº 408-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR, al D.E.M., a efectivizar la aprobación del Plano de Mensura y División, confeccionado por el Agrimensor  Claudio E. Ortiz, ubicado en Calle El Poleo, de Cerro de Oro, de ésta localidad, cuya propietaria es la Sra. CELINDA RAYMUNDA PINTO.-

5) Nota R. Nº 409-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: solicitar inspección y Acta, a fin de verificar el cumplimiento de cargos en predio del Parque Industrial del Sr. Juan Carlos Lozada.-

6) Nota R. Nº 410-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Elena Pereyra, en ref.: responder solicitud Nota R. Nº 006-HCD-2017 por pedido de predio en Parque Industrial.-

7) Nota R. Nº 411-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a los Sres. Esteban y Gonzalo Vilchez, en ref.: responder solicitud Nota R. Nº 307-HCD-2017 por pedido de predio en Parque Industrial.-

8) Nota R. Nº 412-HCD-17.- Despacho de Comisión:

A) Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno, Dr. José O. Pérez, en ref.: remitirles copias del Acta y de las conclusiones arribadas con motivo de la Audiencia Pública por tema “Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros”.-
B) Proyecto de Nota a la Empresa Zenitram, en ref.: remitirles copias del Acta y de las conclusiones arribadas con motivo de la Audiencia Pública por tema “Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros”.-

9) Nota R. Nº 413-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Juez de Faltas Municipal, Dra. Emilia Zuásquita, en ref.: solicitar informes sobre actuaciones realizadas en violación a la Ordenanza N° VI-0523-HCD-2012: Pirotecnia.-

10) Nota R. Nº 422-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: Aprobar plano de mensura y división y plano de conjunto Inmobiliario de Terra Loteos.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

11) Nota R. Nº 397-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 118-HCD-2017, por colocación de tranquera en calle pública, e informa la solución del problema.-

12) Nota R. Nº 398-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, eleva nuevo pedido del Sr. Carlos Zaballos, en ref.: Proyecto local comercial.-

13) Nota R. Nº 399-HCD-17.- Directora de Catastro, Sra. Rosana Sirka, eleva Plano para afectación a propiedad horizontal, cuyo titular es el Sr. Alberto Almena, presentado por el Agrimensor Luis Ibarra.-

14) Nota R. Nº 400-HCD-17.- Directora de Catastro, Sra. Rosana Sirka, eleva eleva Plano para afectación a propiedad horizontal, cuyo titular es el Sr. Carlos Alberto Morales, presentado por el Agrimensor Luis Ibarra.-

15) Nota R. Nº 401-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, eleva nuevo pedido del Sr. Carlos Zaballos, y eleva planos del Proyecto local comercial.-

16) Nota R. Nº 402-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, solicita se considere estudiar la Ordenanza Nº 964-HCD-2006(Agrega Zonas a Ord. 744-HCD-2000) y expone razones del pedido.-

17) Nota R. Nº 403-HCD-17.- Directora de Catastro, Sra. Rosana Sirka, solicita visado del plano de división del Sr. Hugo Fermín Romero, presentado por el Agrimensor Luis Ibarra.-

18) Nota R. Nº 414-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 121-HCD-2017, en ref.: Consideraciones sobre Proyecto de Ordenanza “Conjunto o edificio de departamentos de alquiler permanente para estudiantes”.

19) Nota R. Nº 415-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 122-HCD-2017, en ref.: Consideraciones sobre Proyecto de Ordenanza “Conjuntos de oficinas y/o consultorios”.-

20) Nota R. Nº 416-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 124-HCD-2017, en ref.: Consideraciones sobre Proyecto de Ordenanza “Regulación del servicio de contenedores y volquetes”.-

21) Nota R. Nº 417-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 123-HCD-2017, en ref.: Consideraciones sobre Proyecto de Ordenanza “Paseo de compras, galerías comerciales y similares”.-

22) Nota R. Nº 418-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 120-HCD-2017, en ref.: Consideraciones sobre Proyecto de Ordenanza “Ascensores”.-

23) Nota R. Nº 419-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, responde Nota E. Nº 115-HCD-2017, en ref.: Informe técnico de la propiedad del Sr. Eduardo Pérez, ubicada en calle Coronel Janson Esq, Poeta Agüero.-

24) Nota R. Nº 420-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, solicita copias de plano de mensura y división, firmado por los Ediles, correspondiente al loteo del Sr. Isaias Villegas (Resolución Nº 1621-HCD-16).-

25) Nota R. Nº 421-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti. eleva pedido de la Sra. Mónica E. Pérez, en ref.: solicitud de subdivisión de propiedad ubicada en Piedra Blanca.-

26) Nota R. Nº 424-HCD-17.- Secretario de Gobierno, Dr. José Oscar Pérez, eleva Proyecto de Ordenanza, en ref.: Creación y puesta en marcha del Sistema de Emergencia Médica Provincial (S.E.M.PRO).-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

27) Nota R. Nº 395-HCD-17.- Sr. Gustavo  Lataruolo, presenta en Banca del Vecino, Proyecto de Ordenanza, en ref.: Paradas de Colectivos Ecológicas.-

28) Nota R. Nº 396-HCD-17.- Sr. Gustavo  Lataruolo, presenta en Banca del Vecino, Proyecto de Ordenanza, en ref.: Transporte de Macotas.-

29) Nota R. Nº 404-HCD-17.- Vecinos de la zona centro de Merlo, elevan nota en ref.: Apertura de Boliche Bailable.-

30) Nota R. Nº 405-HCD-17.- Dr. Diego Yed, solicita factibilidad para consultorios médicos y Centro de Actividades para personas de la tercera edad, en zona de Piedra Blanca.-

31) Nota R. Nº 423-HCD-17.- Sr. Iván Gazzo, solicita Declarar de Interés Municipal la película “Amor y Fuego 2”, que se estrenará en el mes de agosto.-

 

ORDENANZA Nº VI-0778-HCD-2017 “CONTROL DE INVASORAS EN VILLA DE MERLO”

SUSPENDIDA PARA ESTAR EN ESTADO DE REVISION  POR

RESOLUCIÓN Nº 1996-HCD-2018: DECLARAR, La Ordenanza N° VI-0778-HCD-2017 en estado legislativo de revisión  y consulta

                                              Villa de Merlo (S.L.), 06 de Julio de 2017.-

ORDENANZA Nº VI-0778-HCD-2017

CONTROL DE INVASORAS EN VILLA DE MERLO

VISTO

La problemática mundial  de las Especies Exóticas invasoras (EEI), que actúa a nivel local produciendo profundos impactos negativos sobre el ambiente, ya sea por competencia por el espacio con las especies nativas, o bien por la alteración de las características físico químicas del suelo, régimen de precipitaciones y ciclo de nutrientes entre otras, y:

CONSIDERANDO

Que las especies exóticas invasoras son las responsables en segundo término de la pérdida de la biodiversidad de los ecosistemas.-

Que existe en nuestro Municipio profusa legislación que protege el medio ambiente incluyendo a la Flora Nativa como un factor determinante en la conservación de los ecosistemas.-

     Que el Informe “Influencia del Uso de Plantas Exóticas Invasoras en la modificación del Paisaje Natural de la Villa de Merlo y Alrededores” realizado por un grupo de investigadores de la FTyU de la UNSL (2014), destaca de manera preliminar la problemática de las especies invasoras sobre los cursos de los arroyos y su relación con las especies utilizadas como cerco en el ámbito urbano.-

Que dentro de los  Objetivos del Ministerio de Ambiente de la Provincia de San Luis está específicamente enunciado el de  Prevenir, Monitorear y Mitigar los impactos emergentes de ESPECIES INVASORAS, nocivas y/o peligrosas.-

Que  recientemente se ha  implementado,  la “Estrategia Nacional sobre Especies Exóticas Invasoras” cuyo fin es coordinar las acciones tendientes a reducir el impacto de las especies exóticas invasoras sobre la biodiversidad, los recursos naturales y la calidad de vida de los habitantes del país mediante el desarrollo de una política institucional integrada y efectiva. Que para ello se cuenta con el apoyo del Programa Mundial para el Medio Ambiente, a través de una donación administrada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO-ONU). Y que tanto la Nación como los Estados Provinciales aportan la mayor parte de la financiación así como sus recursos logísticos y humanos para garantizar el éxito del proyecto.-

Que la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, establece en su art. 3 que está entre sus objetivos hacer prevalecer los principios precautorio y preventivo, manteniendo bosques nativos cuyos beneficios ambientales, o los daños ambientales que su ausencia generase, aún no puedan demostrarse con las técnicas disponibles en la actualidad.-

Que la Constitución de la Provincia de San Luis en su artículo 47 establece que los habitantes tienen derecho a un ambiente humano de vida salubre y ecológicamente equilibrado y, el deber de conservarlo, corresponde al Estado Provincial previniendo y controlando la contaminación y sus efectos y las formas perjudiciales de erosión; ordenando el espacio territorial de forma tal que resulten paisajes biológicamente equilibrados.-

Que la Ley Provincial Nº IX-0749-2010, sancionó el “Tratado de Paz entre Progreso y Medioambiente”, en donde se establece que “la vida el hombre se nutre de los dones de la naturaleza. Su protección es un derecho”, y se declara a la protección del Medio Ambiente como política de Estado.-

Que la Villa de Merlo y el Departamento Junín fueron declarados por Investigadores del CONICET primeros en el nuevo ranking de calidad ambiental, por su microclima, entorno, paisajes y atmosfera diáfana, calidad que podría verse disminuida por el avance de las invasoras.

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

  

               ORDENANZA

ARTICULO 1°: PROMOVER  el uso de especies nativas,  prevenir la introducción de Especies Exóticas Invasoras (EEI),  y erradicar  los especímenes de EEI implantados de manera natural o intencional.-

 ARTICULO 2°: La autoridad de aplicación de ésta Ordenanza será la Secretaria de Ambiente del Municipio, o el Área/s que  al efecto fuera creada.-

ARTICULO 3°: Se desalentará, en todo el territorio bajo jurisdicción de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Provincia de San Luis, la plantación, reproducción y comercialización  de las EEI enumeradas en el Anexo I de esta  Ordenanza.-

ARTICULO 4°: Se favorecerá mediante el otorgamiento de incentivos  y presentación de proyectos de distinta índole, el  control y erradicación de las EEI situadas en nuestra localidad, a la vez que se estimulará el uso de especies nativas no invasivas para el reemplazo de las mismas.-

ARTICULO 5°: Toda violación a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza a partir de su entada en vigencia serán corregidas de acuerdo con la naturaleza de la conducta desplegada por  la Secretaria de Ambiente del Municipio o el Area que actúe a tal efecto.-

 

ARTICULO 6°: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá dentro de los 30 días de promulgada la presente Ordenanza, a dictar el Decreto Reglamentario de la misma.-

ARTICULO 7°: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO I
Listado de EEI (ESPECIES EXOTICAS INVASORAS)  para Villa de Merlo (sujeto a modificación por nuevas investigaciones)

NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMUN PROCEDENCIA TIPO DE DISPERSION OBSERVACION EN LA ZONA EN PCIA DE SAN LUIS ECOSISTEMA DE REGISTRO FUENTE
Ailanthus altissima ARBOL DEL CIELO Asia Anemocoria sin registro
Acer negundo ARCE Norteamerica Anemocoria sin registro
Cotoneaster franchetti COTONEASTER Asia Zoocoria registrado cursos de agua IV
Cotoneaster glaucophyllus COTONEASTER Asia Zoocoria registrado cursos de agua IV
Cotoneaster horizontalis COTONEASTER Asia Zoocoria sin registro
Crataegus monogyna ESPINO BLANCO Asia, Norteamerica Zoocoria sin registro
Cupressus macrocarpa CIPRES DE MNTERREY Norteamerica Anemocoria sin registro
Eucalpyptus camadulensis EUCALIPTUS Asia Anemocoria sin registro
Gleditsia triacanthos ACACIO NEGRO Nortemerica Zoocoria Observado cursos de agua-matorrales y bosques I
Ligustrum lucidum SIEMPREVERDE China Zoocoria registrado cursos de agua I-IV
Ligustrum sinense LIGUSTRIN Asia Zoocoria sin registro
Maclura pomífera NARANJO DE LUISIANA Nortemerica Zoocoria Observado matorrales y bosques
Melia azedarach PARAISO Asia Zoocoria registrado cursos de agua-matorrales y bosques I-IV
Morus alba MORA BLANCA China Zoocoria registrado cursos de agua-matorrales y bosques I-IV
Pinus elioti PINO Norteamerica Anemocoria registrado cursos de agua IV
Pinus halepensis PINO DE HALEPO Europa Anemocoria registrado cursos de agua IV
Pyracantha angustifolia GRATEUS China Zoocoria registrado cursos de agua I-IV
Pyracantha coccinea GRATEUS Europa, Asia Zoocoria registrado cursos de agua I-IV
Robinia pseudoacacia ACACIO BLANCO Norteamerica Anemocoria registrado cursos de agua-matorrales y bosques IV
Rosa canina ROSAL SILVESTRE Europa, Africa, Asia Zoocoria sin registro
Rosa rubiginosa ROSA MOSQUETA Europa Zoocoria registrado cursos de agua I
Rubus ulmifolius ZARZAMORA Europa Zoocoria registrado cursos de agua I
Ulmus pumilia OLMO Asia Anemocoria Observado cursos de agua-matorrales y bosques I
Tamarix ramossisima TAMARISCO Europa, Asia Anemocoria Observado cursos de agua
T. gallica TAMARISCO Europa Anemocoria Observado cursos de agua
Salix viminalis SAUCE MIMBRE Anemocoria Observado cursos de agua

Fuentes utilizadas:
I-“Informe sobre las especies invasoras en la Villa de Merlo- San Luis” Licenciada en Biología Carina Rives 2006.
II-Proyecto de Ordenanza “Planificación del Arbolado Urbano y Protección de la Flora Nativa”. FTU 2013
III-Árboles y arbustos invasores de la Provincia de Córdoba (Argentina): una contribución a la sistematización de bases de datos globales Melisa A. Giorgis y Paula A. Tecco. Bol. Soc. Argent. Bot. vol.49 no.4 Córdoba dic. 2014
IV-“Influencia del Uso de Plantas Exóticas Invasoras en la modificación del Paisaje Natural de la Villa de Merlo y Alrededores” Informe de avance FTU 2015
Definiciones básicas
Anemocoria: Es la forma de dispersión de los propágalos en la que es el viento el que produce el transporte. Las plantas producen propágulos en forma de semillas, desnudas o acompañadas por partes derivadas de otros órganos, que idealmente deben dispersarse a cierta distancia. La ventaja obtenida de la dispersión lejana es múltiple: la especie encuentra una oportunidad de extender su área; los pies que crecen juntos no estarán tan emparentados (no serán tan “consanguíneos”) lo que aumentará el vigor de su progenie común; los nuevos individuos no competirán por el espacio y los nutrientes con la planta madre. La anemocoria se basa en general en semillas pequeñas y secas dotadas o acompañadas de estructuras que aumentan su superficie y su rozamiento con el aire.
Control de EEI: Es un mecanismo aleatorio o paleativo a la erradicación total de la especie en problema, y consta en mantenerla a  niveles aceptables para que los daños ecológicos y socioeconómicos sean los menores posibles. Existen tres métodos de control que se usan a menudo, de forma individual o combinados: el químico, el mecánico y el biológico.
Dispersión: es la capacidad que tiene una población de colonizar nuevos hábitats por pequeños desplazamientos al azar de sus individuos, quienes se instalan en lugares un poco alejados del lugar en que fueron engendrados. No es lo mismo que migración. En particular en Botánica, dispersión se refiere a la de los propágulos, frutos y semillas, con que las plantas aseguran su descendencia. Se distingue principalmente entre dispersión zoócora (producida por animales) y dispersión anemócora (producida por el viento), aunque hay más tipos de dispersión.
Erradicar: es provocar el desaparecimiento o destrucción en su totalidad de algo que provoque una situación desagradable o un peligro para la comunidad.
Especies exóticas: son aquellas que crecen fuera de su sitio de distribución original gracias al cultivo o introducción humana involuntaria.
Especies Exóticas Invasoras (EEI): son plantas, animales o microorganismos que habiendo sido trasladados más allá de sus límites naturales de distribución, consiguen establecerse y avanzar de manera espontánea en los nuevos ambientes donde son introducidos, causando allí impactos severos sobre la diversidad biológica, la economía y la salud pública. No todas las especies introducidas se vuelven invasoras, sin embargo el impacto de las que consiguen invadir es frecuentemente muy significativo.
Especies Nativas, autóctonas o indígenas: son las que crecen en el área fitogeográfica de donde son originarias. Demaio y colaboradores (2002) propusieron considerar como flora nativa para la región de Argentina a la que crecía de modo espontáneo hasta el momento de la llegada de los españoles.
Plantar: es meter en tierra una planta para que viva en ella o una semilla, un esqueje, un bulbo, etc., para que se desarrolle una planta.
Poda: es aquella actividad de corte y/o supresión de ramas o parte de ellas de manera intencional con el fin de obtener mejoras en su crecimiento así como también embellecer su forma natural o darle una forma nueva y artificial.

ORDENANZA Nº VI-0777-HCD-2017: PODAS

 

                                             Villa de Merlo (S.L.), 06 de Julio de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VI-0777-HCD-2017

 
VISTO:
La necesidad de actualizar la legislación vigente, y:
 
CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Medio Ambiente, Flora, Fauna y Mascotas de la Municipalidad, por medio de la Nota Recibida Nº 605-HCD-2016, remitió un proyecto de Modificatoria de la Ordenanza Nº 384-HCD-1988.-

Que es necesario especificar los lugares que se deben proteger de la tira de residuos, como espacios verdes públicos, arroyos, reservas naturales, espacios recreativos y zonas de esparcimiento.-

Que a su vez es menester actualizar los valores de las sanciones a las infracciones de la citada Ordenanza.-

Que desde este Concejo han surgido Ordenanzas que regulan esta cuestión como la Ordenanza Nº VI-0644-HCD-2014, PLAN DE GESTION INTEGRAL DE RSU (Residuos Sólidos Urbanos); y Nº VI-0726-HCD-2016 RESIDUOS EN LA VIA PUBLICA NO COMPRENDIDOS EN LA CATEGORIA DE RSU (pasto a granel y restos de poda).-

Que luego de tratar el proyecto en Comisión, el Concejo resuelve.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE.

 

                                                    ORDENANZA

ARTICULO 1º: SANCIÓNASE la presente Ordenanza que regula los residuos en la vía pública no comprendidos en la categoría de RSU (Caso: Pasto a granel y Restos de Poda).-

ARTICULO 2º: Queda PROHIBIDO arrojar basura y desperdicios (poda) en la vía pública, calles, y veredas en todo el radio urbano y zona rural, espacios verdes públicos, zonas de esparcimiento y arroyos.-

ARTICULO 3º: Se establece que todos los residuos que no correspondan a la categoría de Residuos Sólidos Urbanos, son responsabilidad del frentista, el cual deberá  dar el correcto tratamiento, transporte y  destino final:

– Toda obra en construcción deberá retirar mediante contenedor o camión todos los restos de producto de  construcción de obra o limpieza final de la misma, prohibiendo que estos se depositen temporariamente en la vía pública.

– Cuando los residuos estén depositados en forma mezclada o conjunta.

– Cuando se realice limpieza y/o podas de terrenos baldíos, será obligación del propietario retirar los mismos a su costa, estará prohibido que dichos residuos sean depositados temporariamente y/o permanentemente en la vía pública.

ARTICULO 4º: Es responsabilidad del transportista de los distintos tipos de residuos, el correcto traslado de la carga, desde el punto de partida hasta el punto de destino final de los mismos. Debiendo quedar el residuo tapado (media sombra o lona) para su correcto traslado.-

ARTICULO 5º: El transporte que se utilizará deberá tener las identificaciones correspondientes, (patente, cédula verde, seguro, chofer habilitado) y las medidas de seguridad  propias de cada vehículo, como el correcto funcionamiento de luces, frenos, etc.-

ARTICULO 6º: Aplíquense las siguientes multas a los infractores que no respeten esta Ordenanza:

  • Quien arroje residuos sólidos urbanos o residuos líquidos, desperdicios y podas por primera vez, pagará una multa equivalente desde 200 unidades de valor a 1500 unidades de valor.
  • Por segunda vez se duplicará el importe del punto 1.
  • En caso de reincidencia se quintuplicará el valor del punto 1- con el secuestro del vehículo transportador hasta que abone la infracción, más los gastos que ocasione a la Comuna.-

ARTICULO 7º: Incorpórense las presentes penalidades al Código de Faltas Municipal, Ordenanza Nº XI-0442 HCD-1992 (493).-

ARTICULO 8º: Los frentistas que a la fecha de sanción de ésta Ordenanza ya hayan depositado los residuos, tienen plazo hasta el 01 de Septiembre del corriente año para proceder conforme ésta norma lo dispone y hasta la cual se suspenden provisionalmente las penalidades que contiene el artículo sexto.-

ARTICULO 9º: Deróguense las Ordenanzas Nº 384-HCD-1988; N° VI-0555-HCD-2013; N° VI-0672-HCD-2015; N° VI-0726-HCD-2016 y N° VI-0737-HCD-2016.-

ARTICULO 10º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

ORDENANZA Nº VII-0776-HCD-2017: TARIFAS TAXIS (DEROGADA)

DEROGADA POR VII-0797/2017

                                             Villa de Merlo (S.L.), 29 de Junio de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VII-0776-HCD-2017

 
VISTO:
La presentación efectuada por la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo (S.L.); y:
CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, (que obra ingresada a éste Cuerpo como Nota Recibida Nº 326-HCD-2017, con fecha 15.06.2017), los taxistas de nuestra Villa a través de la Asociación de Taxis, solicitan un incremento de tarifas, por el aumento que a su vez han tenido de sus insumos.-

Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D.,  se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 07 de Julio del año 2016, mediante Ordenanza Nº VII- 0730-HCD-2016, es decir, hace prácticamente un año a la fecha.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:

EN ZONA URBANA:

 

  • BAJADA DE BANDERA: $20,00.- (veinte pesos), hasta los 100 metros-
  • CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $1,50.- (un peso con cincuenta cvos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

EN RUTA:

  • BAJADA DE BANDERA: $20,00.- (veinte pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $1,25.- (un peso con veinticinco cvos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de $160.- y $130.-, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-

ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII- 0730-HCD-2016.-

ARTICULO 3º: APLICAR en el caso, lo normado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1159-HCD-2009.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

ORDENANZA Nº VIII-0775-HCD-2017: DESIGNA CALLES EN LOTEO DESPERTAR DEL VALLE

Villa de Merlo, (San Luis), 15 de Junio de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0775-HCD-2017

 
VISTO: 
La Nota Recibida Nº 290-HCD-2015, ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y:
 
CONSIDERANDO:

Que a través de la Nota de referencia, el Sr. JAVIER ENRIQUE BAEZ, propone nombre de calles para el Loteo denominado “Despertar del Valle”, ubicado sobre Ruta Provincial N° 1, kilómetro 3,3, de ésta localidad.-

Que dentro del tratamiento del pedido este HCD, remitió a la Dirección de Catastro Municipal, las Notas Emitidas Nº 209 y 236-HCD-2015,  solicitando informen si en el nomenclador municipal de calles no se encuentran repetidos los nombres y denominaciones propuestas.-

Que con fecha 16.11.2015, ingresó la Nota Recibida Nº 785-HCD-2015, a través de la cual, la citada Dirección informa que los nombres propuestos no se encuentran en el Nomenclador de calles según Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012.-

Que el solicitante, explica las razones por las cuales propone las designaciones de los nombres de estas calles, y que constan en su Expediente, agregando además croquis de ubicación de las mismas.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con los nombres de: “Boulevard del Valle”, “María Antonia Deolinda Correa”, “Boulevard Augusto Roque Báez”, “Jacobo Enrique Báez”, “Osvaldo Roccaforte”, “Boulevard José Gabriel Brochero”, “Clover Antonio Torres”, “Raul Iglesias”, “María Angela Gotuzzo de Iglesias”, “Jorge Gortan”, “Néstor Blas Fernández”, “Don Porfirio Báez”, “María Concepción Fernández”, “Elpidio Antonio Mancilla”, “Teléfora Ramona Altamirano”, “Simeón Alejandro Chirino”, “Rosa Francisca Chirino”, y “Ricardo Gutierrez”,   a las calles del Loteo “DESPERTAR DEL VALLE”, (según Croquis Anexo, el que forma parte de ésta Ordenanza), ubicado en Ruta Provincial N° 1, kilómetro 3.3, de nuestra Villa.-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0774-HCD-2017: DESIGNAR CALLES “Rodeo de los Pájaros” y “La Caballeriza”

                                               Villa de Merlo (S.L.), 08 de Junio de 2017.-

ORDENANZA Nº VIII-0774-HCD-2017

 
 
VISTO:
La Nota Recibida Nº 203-HCD-2017, ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y:
 
CONSIDERANDO:

Que a través de la Nota de referencia, un vecino residente y propietario del Loteo que lleva su nombre, el Sr. Leonel Panno, solicita se designe nombres a dos de las Calles del mismo, y propone los nombres de “Rodeo de los Pájaros” y “La Caballeriza”.-

Que adjunta croquis de su ubicación y copia del título de propiedad del inmueble.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “Rodeo de los Pájaros” y “La Caballeriza”; a dos de las calles pertenecientes y ubicadas en el Loteo Leonel Panno, de nuestra Villa de Merlo, (según croquis de ubicación que se adjunta formando parte de la presente norma).-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VIII-0773-HCD-2017: DESIGNAR “Pasaje a la Luz”

 

                                               Villa de Merlo (S.L.), 08 de Junio de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0773-HCD-2017

 
VISTO: 
La Nota Recibida Nº 456-HCD-2016, ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y:
 
CONSIDERANDO:

Que a través de la Nota de referencia, los vecinos residentes del B° Mogote Bayo, ubicado en el Rincón del Este, Sres. Gregorio Alfredo Omaña y Graciela Noemí Rau, solicitan se designe nombre a la Calle que pasa por el frente de su propiedad, y proponen los nombres de “Pasaje a la Luz” o “Camino a la Luz”.-

Que refieren que actualmente a dicho acceso solamente se lo conoce como Callejón sin nombre o Calle Pública sin nombre, y adjuntan croquis de su ubicación.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “Pasaje a la Luz”; al Callejón sin nombre o Calle Pública sin nombre, ubicada en el B° Mogote Bayo, del Rincón del Este,  de nuestra Villa de Merlo, (según croquis de ubicación que se adjunta formando parte de la presente norma).-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación del nombre designado precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VI-0772-HCD-2017 “PROHIBIR EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS”

 

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Junio de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VI-0772-HCD-2017

PROHIBIR EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS

 
VISTO:
Las  Ordenanzas N° 568-HCD-1994 y 744-HCD-2000; y
 
CONSIDERANDO:

Que resulta imprescindible legislar sobre la Prohibición de la extracción de Áridos en zonas de arroyos insertas dentro de las zonas potencialmente urbanizables a fin de planificar y prever el crecimiento futuro de la Villa de Merlo y la protección de nuestro Medio Ambiente.-

Que dados los trabajos de extracción de tierra y áridos que se vienen haciendo con maquinarias pesadas en los terrenos linderos y en el curso del arroyo, dentro de la zona urbanizada y de la zona potencialmente urbanizables.-

Que habiendo realizado una inspección visual por miembros de este HCD y del Secretario de Gestión y Planificación Territorial en terrenos en proceso de urbanización.-

Que es incompatible la convivencia entre canteras de extracción de áridos en las cercanías de la urbanización.-

Que en virtud de proteger el Medio Ambiente.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  SANCIONA LA SIGUIENTE:

  

ORDENANZA

ARTICULO 1º: PROHIBIR, la extracción de tierra y áridos en todo el cauce del Arroyo del tigre desde Av. Avelino Arias hasta su límite al Oeste formada por una paralela a la Calle Coronel Mercau, a una distancia de 2.300 mts.

 

ARTICULO 2º: PROHIBIR, la extracción de tierra y áridos en todo el cauce del Arroyo El Molino desde Ruta Provincial Nº 1 hasta su límite al Oeste formada por una paralela a la Ruta, a una distancia de 800 mts.-

 

ARTICULO 3º: Cada concesionario de cantera de extracción de áridos alcanzado por la presente Ordenanza, tendrá un plazo máximo e improrrogable, determinado por el período vigente de habilitación por parte del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Transporte de la Provincia de San Luis, a partir del cual deberá cesar su actividad en las zonas comprendidas en los artículos precedentes, cumpliendo todos los requisitos necesarios en post del medio Ambiente, para la restauración de toda la zona intervenida.-

ARTICULO 4º: Comunicar al DEM, al Ministerio de Medio Ambiente y al Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Transporte de la Provincia de San Luis para su toma de razón.-

ARTICULO 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 019-HCD-2017 FECHA: 06 DE JULIO DE 2017

 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

ACTA N° 019-HCD-2017

FECHA:  06  DE JULIO DE 2017

BANCA DEL VECINO

Sr. Gustavo Lattaruolo, para presentar Proyectos de Ordenanza, en ref.: Paradas de Colectivos Ecológicas y Transporte de Mascotas.-

De las Actas:

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta  Nº 007  del día  12 de Abril de 2017—————————————————————

Acta  Nº 009  del día  27 de Abril de 2017—————————————————————

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 373-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: Devolver Expte. del Sr. Sebastián Fernández, e informarle que  tratado el caso, NO se hace lugar al pedido, debiéndose respetar el retiro de frente de 6,00 mts. establecido en la legislación correspondiente.-

3) Nota R. Nº 374-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: Responder Nota R. Nº 360-HCD-17 sobre pedido de la Sra. MARIELA SANCHEZ, por permiso para la venta de alimentos caseros e informarle que el HCD vé factible la instalación de un kiosco, de conformidad a lo establecido por las Ordenanzas vigentes.-

4) Nota R. Nº 375-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: Responder solicitud Nota R. Nº 300-HCD-17 por pedido de la Sra. MARIA LARA PICCO, sobre autorización para colocar tejas negras en Zona R3 e informarle que habiendo tratado el caso, NO se hace lugar al pedido, debiéndose respetar la legislación vigente.-

5) Nota R. Nº 376-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Comisión Evaluadora de Proyectos del H.C.D., en ref.: Remitir Expte. Nota R. Nº 352-HCD-17 sobre solicitud de subdivisión de los Sres. Patricio Ríos Velar y otros, presentado por el Ing. Agrimensor Mariano Baez a la Dirección de Catastro de la Municipalidad.-

6) Nota R. Nº 377-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota Múltiple a las Instituciones de la Villa de Merlo, en ref.: Convocarlos a reunión de Comisión del día 09 de Agosto del corriente año, a las 19 horas, para tratar temas atinentes a la Subestación eléctrica ubicada en Avda. Eva Duarte de esta Villa.-

7) Nota R. Nº 378-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref.: regular los residuos en la vía pública no comprendidos en la categoría de R.S.U. (Caso: Pasto a granel y restos de Poda).-

8) Nota R. Nº 379-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref.: Control de Invasoras en la Villa de Merlo.-

9) Nota R. Nº 380-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: Disponer aportes  para ONGs en marco de la Ordenanza VII-0683-HCD-2015.-

10) Nota R. Nº 381-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: Establecer retiros en propiedad del Sr. Tomás Daniel Alaniz, ubicada en calle Gobernador Juan B. Delfino, Zona T1, de la Villa de Merlo.-

11) Nota R. Nº 382-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR, el rubro TORNERIA, solicitado por el Sr. MARIO ROMERO,  en el inmueble sito en Calle Fermín Romero s/n°, B° Piedra Blanca Abajo, de esta localidad.-

12) Nota R. Nº 383-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR, la no ejecución de veredas de hormigón, debiendo los interesados construir  cunetas serranas, solicitud Nota R. Nº 014-HCD-17.-

13) Nota R. Nº 388-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL la inauguración de la Tercera Feria del Libro en Inglés a realizarse los días 11 y 12 de Agosto del corriente año, en la Confitería Balcarce, sito en Avda. del Sol N° 715.-

14) Nota R. Nº 389-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, en ref.: solicitarle informe, quienes son los titulares de dominio de inmuebles ubicados en la  zona de Piedra Blanca Abajo.-

15) Nota R. Nº 390-HCD-17.- Despacho de Comisión:

a) Proyecto de Nota a la Cooperativa de Provisión Agua Potable Merlo Ltda., en ref.: solicitar informes sobre la cantidad, ubicación y funcionamiento, de hidrantes contra incendios, disponibles en la Villa de Merlo.-

b) Proyecto de Nota a Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo, en ref.: solicitar informes sobre la cantidad, ubicación y funcionamiento, de hidrantes contra incendios, disponibles en la Villa de Merlo.-

 

De los Proyectos (y/o propuestas de los Concejales)

16) Nota R. Nº 385-HCD-17.- Concejales Bloque Unión Cívica Radical, elevan Proyecto de Ordenanza, en ref.: Cambiadores para bebés.-

De las Comunicaciones Oficiales.-

17) Nota R. Nº 367-HCD-17.- Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, remite Cuenta de Inversión año 2016.-

18) Nota R. Nº 384-HCD-17.- Juez de Faltas Municipal, Dra. Emilia Zuázquita, responde Minuta Nº 170-HCD-17: Pirotecnia.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

19) Nota R. Nº 369-HCD-17.- Sr. Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Sec.de Hacienda, C.P.N. Eduardo Atencio, elevan Balance correspondiente al 1º trimestre del año 2017.-

20) Nota R. Nº 391-HCD-17.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, solicita remitan Resolución de los planos firmados  por el H.C.D. de “Terra Loteos” (Resolución Nº 1765-HCD-17.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

21) Nota R. Nº 366-HCD-17.- Integrantes de la Comisión conformada para la Audiencia Pública, elevan conclusiones en ref.: Servicio Público de Transporte de Colectivos.-

22) Nota R. Nº 368-HCD-17.- Alumnos de 6º año de la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco” de Cerro de Oro, solicitan Banca del Vecino para tratar” Boleto Estudiantil”.-

23) Nota R. Nº 370-HCD-17.-  Sras. Olga Busto, Mirta Busto, Rosa Busto y Sr. Pedro Busto, solicitan copias de la Ordenanza de “Estancia el Carril”.-

24) Nota R. Nº 371-HCD-17.- Asociación Cultural “Antonio Esteban Agüero” agradece apoyo y acompañamiento en los Actos realizados por el fallecimiento del Poeta Antonio E. Agüero y solicitan la creación  de una Biblioteca.-

25) Nota R. Nº 372-HCD-17.- Presidente y Secretaria del “Club Andino San Luis, solicitan adhesión al Proyecto de Ley Nacional de “Fomento del Montañismo”.-

26) Nota R. Nº 386-HCD-17.- Vecinos de la calle “Chacho Peñaloza” de Piedra Blanca Abajo, solicitan reunión de Comisión para exponer  inconvenientes que genera la falta de energía eléctrica.-

27) Nota R. Nº 387-HCD-17.- Agrupación Juvennat, solicita la Banca del Vecino por tema: Trasladar preocupación por destino de los Espacios Públicos que se donan por loteos mayores a una Hectárea.-

28) Nota R. Nº 392-HCD-17.- Sr. Pablo Núñez, eleva copias de Planos solicitados por el H.C.D. correspondientes al loteo de la Sra. Celinda Pinto, en Cerro de Oro.-

CONCLUSIONES DE LA AUDIENCIA PÚBLICA por Servicio Público de Transporte de Colectivos

CONCLUSIONES DE LA AUDIENCIA PÚBLICA

por Servicio Público de Transporte de Colectivos

FECHA DE AUDIENCIA: VIERNES 16 DE JUNIO DE 2017 A LAS 10 HS.

LUGAR DE AUDIENCIA: SEDE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENCIA DE LA AUDIENCIA: CONCEJAL EDGARD AMAYA

VICEPRESIDENCIA DE LA AUDIENCIA: CONCEJAL GABRIELA MANSILLA

HORA DE INICIO DE LA AUDIENCIA: 10,25 HS.

HORA DE FINALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA: 13,05 HS.

PARTICIPACIÓN DE 15 ORADORES SOBRE UN TOTAL DE 19 INSCRIPTOS PREVIAMENTE

CONCURRENCIA TOTAL DE APROXIMADAMENTE 50 PERSONAS

 
 

En cumplimiento del Art. 4 de la Resolución Nro. 1776-HCD-2017 los abajo firmantes, integrantes de la Comisión conformada para la redacción de las Conclusiones de la Audiencia Pública por Servicio Público de Transporte de Colectivos”, acuerdan la redacción del siguiente texto.

La Audiencia Pública convocada con el fin de realizar una evaluación integral de las necesidades del transporte público de pasajeros en la Villa de Merlo se desarrolló con una importante participación de oradores, una nutrida concurrencia de asistentes y sin ningún contratiempo ni conflicto, con absoluta normalidad.

Se encontraban inscriptos para participar de la misma diecinueve (19) oradores de los cuales finalmente se hicieron presentes e hicieron uso de la palabra quince (15).

Participaron concretamente como oradores las siguientes personas -en el orden que se las enumera-: Sra. María Celina PEREZ, Sr. Gustavo Ariel LATTARUOLO, Sr. Ricardo TORRES (en su carácter de delegado gremial de los trabajadores de la empresa concesionaria de transporte público), Sr. Horacio Luis FANZINI, Sra. Marta Liliana MURGA, Sr. Bruno MINI, Sra. María del Carmen DIAZ, Sra. Mónica DOMINGUEZ (en su carácter de representante de ACADI), Sr. Mauricio Bernardo BIANCHI (en su carácter de representante de la asociación “Defensa de Consumidores y Usuarios”), Sr. Sergio Martín ESCUDERO, Sra. Silvana Raquel RAMIREZ, Sr. Roberto PEREZ (en su carácter de Apoderado de la empresa Zenitram San Luis S.R.L.), Sra. Lorenza GARECA (en su carácter de Directora de Transporte Municipal del Municipio de la Villa de Merlo), Sr. Juan ALVAREZ PINTO (en su carácter de Concejal) y Sra. Viviana MORÁN (en su carácter de Concejal).

Todos los oradores hicieron uso de la palabra sin restricciones de tiempo y pudieron explayarse con absoluta libertad y, en algunos casos, recibieron y respondieron preguntas que realizaron quienes se encontraban entre el público presente.

Del Acta redactada en base a la grabación completa de la Audiencia Pública se podrá leer lo que expuso cada uno y a continuación se expresan las conclusiones de todo lo manifestado que se decide dividirlo en: Incumplimientos, Reclamos y Propuestas.

INCUMPLIMIENTOS con relación al Contrato de Concesión:

A-no hay acceso público al Decreto 057/2015 del Ejecutivo Municipal

B-no hay acceso público al Anexo I del contrato de concesión en el cual deben constar el listado de unidades disponibles detalladas por modelo, año de fabricación, denominación, número de motor y chasis, capacidad de asientos, dominio, descripción de los elementos de seguridad existentes y título de propiedad.

C-no se cumple con las seis líneas (recorridos) establecidos en el contrato de concesión, sólo se cumplen cuatro recorridos.

D-los recorridos se cumplen con tres (3) vehículos solamente mientras que ante las autoridades se declara que la empresa cuenta con cinco (5).

E-no hay constancia alguna ni información pública del pago por parte de la empresa a la Municipalidad del canon por vehículo conforme la Ordenanza Tarifaria durante todo el transcurso del contrato de concesión.

F- no hay constancia alguna ni información pública de la existencia de infracciones de tránsito ni el pago de las mismas por parte de la empresa de transporte de pasajeros.

G-la Municipalidad “no hace uso” del derecho que posee (cláusula 8va) de utilizar el 30% del espacio publicitario de los ómnibus para mensajes institucionales o publicitarios de interés público.

H- no hay constancia alguna ni información pública del pago por parte de la empresa a la Municipalidad de la tarifa por publicidad conforme la Ordenanza Tarifaria durante todo el transcurso del contrato de concesión.

I-no hay información pública de los controles técnicos regulares de los vehículos que prestan el servicio de transporte de pasajeros, toda vez que tampoco hay registro de cuáles son los mismos por faltar el Anexo I citado.

J-se establece como sanción para la empresa la pérdida de la concesión por incumplimiento del contrato pero no se ha fijado ningún tipo de seguro de caución o garantía de ninguna especie para esa situación. La empresa no tiene ninguna sanción económica contemplada en el contrato de concesión.

K-no existe información por parte de la empresa, ni el Municipio le ha exigido, respecto de la composición de costos a los fines de poder determinar en base a ellos los incrementos tarifarios por alteración de los mismos.

L-no existe información por parte de la empresa, ni el Municipio le ha exigido, respecto de los subsidios efectivamente cobrados del Ministerio de Transporte de la Nación, así como las declaraciones que la empresa efectúa para acceder a dichos subsidios.

M-no se ha realizado durante la totalidad del transcurso del contrato de concesión las evaluaciones integrales de las necesidades del servicio que debieron efectuarse cada seis (6) meses, hasta la fecha debieron realizarse tres (3) y no se hizo ninguna.

N-información brindada por la representación gremial respecto de la falta de aportes previsionales y de obra social de los trabajadores por parte de la empresa y la falta de pago de los días feriados como tales.

RECLAMOS con relación a la prestación del servicio:

A-falta de recorridos y frecuencias apropiados en Cerro de Oro

B-falta de recorridos y frecuencias apropiados en Piedra Blanca Abajo

C-necesidad de instalación de refugios y señalización en diversos puntos de los recorridos

D-falta de información pública sobre frecuencias, recorridos y cuando se produce falta de servicio por desperfectos en los vehículos u otras razones

E-falta de sistema para gestionar cualquier tipo de reclamo por falencias en el servicio

F-estado ruinoso con peligro para la integridad de las personas de la terminal vieja

G-falta de planificación adecuada para no afectar los recorridos del transporte y perjudicar a los usuarios cuando hay eventos en la vía pública

H-falta de accesibilidad para personas con discapacidad motriz al transporte público

I-la empresa planteó que tienen como inconveniente para el servicio el estado de las calles

J-carencia por parte de la Municipalidad de un sistema de información y toma de decisiones unificado con relación a los diferentes aspectos que contempla el contrato de concesión

K-falta de coordinación de recorridos con horarios de instituciones educativas

L-falta de frecuencia de recorridos en los días feriados

PROPUESTAS para el mejoramiento del servicio:

A-instalación de refugios para los pasajeros con características ecológicas y con participación de alumnos en utilización del espacio público para campañas de interés general

B-participación de alumnos de escuelas en el diseño de campañas de interés general para los espacios publicitarios en los vehículos de transporte público.

C-concreción de convenio por parte de la Municipalidad con los responsables de la Terminal vieja de colectivos para mejora de la misma.

D-incorporación de una unidad adaptada para permitir el transporte de personas con discapacidad motriz.

E-instalación de rampas manuales en los vehículos para accesibilidad de personas con discapacidad motriz.

F-construcción de rampas en paradas para permitir la accesibilidad de personas con discapacidad motriz.

G-capacitar al personal del transporte público para colaborar con usuarios con discapacidad.

H-declarar al servicio de transporte urbano de pasajeros como servicio esencial a los fines de garantizar su continuidad, calidad y regularidad y la prioridad en la circulación.

I-establecer corredores “de emergencia” para el transporte público ante situaciones que los requieran.

J-establecer que el Municipio deba verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de la empresa que presta el servicio como concesionaria.

K-extender un recorrido hasta la zona de los hornos de ladrillo en Piedra Blanca Abajo.

L-establecer un recorrido de carácter turístico-cultural

M-revisión integral del servicio analizando la posibilidad de prestarlo a través de una empresa de economía mixta entre el Estado y una Cooperativa de trabajadores.

N-autorización para el transporte de mascotas en el transporte urbano de pasajeros.

O-brindar información de acceso público mensualmente sobre cobro de subsidios estatales y los factores que se declaran para la obtención de los mismos.

P-establecer un mecanismo de actualización de tarifa considerando la ganancia y composición de costos del servicio con variación proporcional adecuada a cada uno de los factores que inciden en ella.

Q-establecer un sistema de información pública, accesible y ágil sobre los recorridos, frecuencias, alteraciones de las mismas, vehículos, etc.

R-establecer un sistema de gestión de reclamos ágil, público y accesible con control y fiscalización estatal para garantizar el respeto de los derechos de los usuarios.

S-establecer un sistema de fiscalización estatal centralizado que disponga de toda la información correspondiente al contrato de concesión.

T-establecer un sistema de sanciones por incumplimiento a la concesionaria con garantías económicas y seguro de caución.

V-establecer el boleto estudiantil gratuito en forma gradual.