Villa de Merlo, San Luis, 10 de Diciembre de 2014.-
ORDENANZA Nº VIII- 0647-HCD-2014
Obligatoriedad De Construcción De Veredas
VISTO:
La Ordenanza Nº 757-HCD-2000, en su Artículo 1.3.2; y:
CONSIDERANDO:
Que son reiteradas las denuncias de vecinos perjudicados por la falta de construcción de Veredas debido a la dificultad de circulación por las mismas.-
Que es necesario exigir la construcción de las veredas previo a la entrega de Planos Final de Obra.-
Que es necesario planificar y construir las veredas y lograr contribuir a la accesibilidad.-
Que por todo ello, se dispone conforme se establece a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art. 1º: Agréguese en el Art. 1.3.2.3 como inciso e): “Será requisito obligatorio para la Entrega del Plano Final de Obra, tener construída la Vereda o Acera según requerimientos de Ord. Nº 757-HCD-2000, Art. 3.3.3”.-
Art. 2º) COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/codigo-de-edificacion-7572000/