OBLIGATORIEDAD DE CONSTRUCCION DE VEREDAS

OBLIGATORIEDAD DE CONSTRUCCION DE VEREDAS

Villa de Merlo, San Luis, 10 de Diciembre de 2014.-

ORDENANZA Nº VIII- 0647-HCD-2014

Obligatoriedad De Construcción De Veredas

VISTO:

La Ordenanza Nº 757-HCD-2000, en su Artículo 1.3.2; y:

CONSIDERANDO:

Que son reiteradas las denuncias de vecinos perjudicados por la falta de construcción de Veredas debido a la dificultad de circulación por las mismas.-

Que es necesario exigir la construcción de las veredas previo a la entrega de Planos Final de Obra.-

Que es necesario planificar y construir las veredas y lograr contribuir a la accesibilidad.-

Que por todo ello, se dispone conforme se establece a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Art. 1º: Agréguese en el Art. 1.3.2.3 como inciso e): “Será requisito obligatorio para la Entrega del Plano Final de Obra, tener construída la Vereda o Acera según requerimientos de Ord. Nº 757-HCD-2000, Art. 3.3.3”.-

 

Art. 2º) COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/codigo-de-edificacion-7572000/

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