Villa de Merlo, (San Luis), 28 de Junio de 2018.-
ORDENANZA Nº XI-0828-HCD-2018
VISTO:
La Nota Recibida Nº 258-HCD-2018, ingresada con fecha 15.05.2018 a este Concejo por el Sr. Intendente Municipal; y:
CONSIDERANDO:
Que el propósito de la misma es instar el procedimiento normado por el Código de Faltas Municipal y Anexo a la Ordenanza Nº 97-HCD-1989, en sus Arts. 36º y 38º, para lo cual remite terna de profesionales aspirantes al cargo de Juez de Faltas Municipal, luego de haberse aceptado la renuncia formulada por la anterior Funcionaria que ocupaba dicho cargo.-
Que informa se presentaron un total de 9 profesionales aspirantes al cargo, a los cuales se les realizaron entrevistas personales con la participación del Asesor Legal de la Municipalidad, habiendo seleccionado la terna integrada por los Dres. Leandro Raúl Bianchi, Erika Lorena Coy y Maria Cecilia Monteros, de quienes remite sus currículums vitae para su consideración, evaluación y posterior elección del titular del cargo vacante.-
Que posteriormente se remitió pedido al D.E.M., con fecha 31.05.2018, solicitando los títulos de los profesionales ternados y sus domicilios, habiendo cumplimentado con lo requerido mediante el ingreso de la Nota Recibida N° 391-HCD-2018, de fecha 14.06.2018, quedando el expediente en situación de resolver.-
Que el Juzgado de Faltas ha sido creado por Ordenanza Nº 97-HCD-1989, la que establece en el artículo 36º que el mismo estará integrado por un Juez de Faltas que será designado por el Honorable Concejo Deliberante en base a una terna enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Que presupuestariamente se encuentran previstas las asignaciones correspondientes para permitir el funcionamiento de dicho Juzgado.-
Que este Cuerpo habiendo evaluado los antecedentes y el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 97-HCD-1989, resuelve por mayoría de la Comisión de Gobierno, designar como Juez de Faltas Municipal a la Dra. ERIKA LORENA COY.-
Que la profesional designada, ya se desempeñó en tareas del Juzgado de Faltas Municipal local como Secretaria Letrada del mismo.-
Que su título es de la Universidad de Buenos Aires (UBA), la cual ha sido declarada recientemente como la mejor Casa de Altos Estudios de América Latina.-
Que en la entrevista que se le realizó mostró su disposición a trabajar en equipo lo que representa un valor apreciado por este Concejo.-
Que resulta electa en una terna de profesionales evaluada previamente por el Sr. Intendente Municipal y el Asesor Legal del Municipio.-
Que conoce la legislación vigente y ofreció su aporte y sus conocimientos a fin de agilizar y actualizar la legislación vigente a los fines de facilitar su aplicación desde el Juzgado de Faltas.-
POR TODO LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: DESIGNASE a la Dra. ERIKA LORENA COY, D.N.I. Nº 24.847.853, domiciliada en Calle Zafiro Nº 35, B° Las Moreras, de ésta Villa de Merlo, Provincia de San Luis, como Juez de Faltas de la Municipalidad de Villa de Merlo (S.L.), con las atribuciones y los deberes establecidos en la Ordenanza Nº 97-HCD-1989.-
ARTICULO 2°: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-