PARCELA CEMENTERIO A VIALIDAD

Merlo, San Luis, 20 de Agosto de 1985

ORDENANZA Nº 345-HCD-1985

 
VISTO:
La nota presentada por el Club Vialidad Provincial, solicitando la donación de un terreno en el Cementerio de nuestra localidad, a efectos de construir un Panteón, que será utilizado en beneficio de sus afiliados, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Institución se encuentra encuadrada dentro de los Reglamentos que fija la Ley, para las mismas, como así también es nuestro deber como gobernantes atender con prioridad toda obra que reúna un carácter social en beneficio de la clase trabajadora, este Honorable Concejo Deliberante en su reunión Nº 12, Sesiones Ordinarias de fecha 20 de Agosto de 1985 y con las facultades que le acuerda la Ley, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

  1. Donase a el CLUB VIALIDAD PROVINCIAL, una fracción de terreno en el Cementerio local, para la construcción de un PANTEON, para beneficio de sus asociados.-
  2. El Departamento Ejecutivo a través de su Secretaría Técnica fijará la superficie del mismo, teniendo como antecedentes para su demarcación, lo que reglamentariamente se estipula en este tipo de obras.-
  3. Comuníquese, regístrese,  publíquese y archívese.-

 
Presidente HCD: Carlos Alberto Romero
Secretario HCD: Ramón Arturo González
 

DONA PARCELA A VIALIDAD PROVINCIAL

Merlo, San Luis, 07 de octubre de 1974

 ORDENANZA Nº 72-HCD-1974

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO, (SAN LUÍS), SANCIONA CON FUERZA  LEGAL LA SIGUEINTE

ORDENANZA

 

  1. Dónese a la Dirección General de Vialidad de la Provincia una fracción de terreno que se determina como Parcela VI en el plano de mensura aprobado por la Dirección General de Geodesia y Catastro de la Provincia, el 1º de octubre de 1973, bajo el número ocho mil treinta y nueve (8.039) con una superficie de SIETE MIL SETENTA Y NUEVE metros cuadrados. El inmueble citado se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad a Tomo 21 de Junín, Folio 49, bajo el numero 2426, Inscripción 1º, Padrón 1422 de la Receptoría de Merlo.-
  2. El inmueble donado por el Art.1º, cuya posesión ejerce la Dirección General de Vialidad de la Provincia, será destinado a construir el Campamento propio, cabecera del Distrito Nº II.-
  3. Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

Presidente HCD: Dr. Luís González Volonte

Secretario H.C.D.: Lisardo Germán Jara