Reglamenta cobro y descuento 75% tasas servicios a jubilados

Merlo, San Luis, 24 de Mayo de 1984

 

ORDENANZA Nº 312-HCD-84

VISTO:
La solicitud presentada por el Sr. Ramón Ricardo Pérez y Sr. José Isabel Godoy, como Presidente y Secretario respectivamente del Centro de Jubilados y Pensionados de esta Localidad, peticionando la modificación de la Ordenanza General sobre el cobro de Tasas y Servicios Municipales, con relación a sus representantes, y el haber percibido por los mismos, este Honorable Concejo Deliberante, en su reunión de fecha 22 del corriente, Sesiones Ordinarias Nº 3,
CONSIDERANDO:
La necesidad de implementar un servicio de cobro, acorde con los haberes percibidos por los jubilados y pensionados, máxime, teniendo en cuenta que la acción de gobierno en general, es protegiendo los sectores de menos recursos, mediante la instrumentación de leyes que garanticen sus derechos legítimamente adquiridos, los cuales son reconocidos en este momento en todo el ámbito del país, este Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le confiere la ley, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

  • A partir de la promulgación de la presente, los jubilados y pensionados gozarán de un descuento del 75%, sobre el monto de su impuestos de Tasas y Servicios Municipales.-
  • Gozarán de lo establecido en el punto 1º, quienes reúnan los siguientes requisitos:
  1. percibir la remuneración mínima establecida por la Ley, no contando con otra entrada
  2. domiciliarse en el inmueble objeto de la eximisión
  3. poseer certificado de única propiedad otorgado por el registro de la propiedad de la provincia de San Luis
  4. el certificado de única propiedad será gestionado por el interesado ante las autoridades provinciales que correspondan
  5. presentar el último recibo de pago- haber percibido.
  • Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 
Presidente HCD: Carlos Romero
Secretario HCD: Ramón A. González