NUMERACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE CALLES

Villa De Merlo, San Luis 02 de Noviembre De 1988

ORDENANZA N° 399- HCD-88

 
VISTO:  
Que hasta la fecha no se ha formado la Comisión especial para el estudio y planificación de un nuevo Código Urbanístico – Constructivo, acorde con la época que vivimos  y el continúo crecimiento de nuestro pueblo, y:
 
CONSIDERANDO:
Qué es prioritario un ordenamiento de calles y numeración; proponemos un sistema de calles numeradas, para que sea más fácil de identificarse,  ya sea por los habitantes estables o por turistas que nos visitan periódicamente. Además de los números; las calles llevarán los nombres existentes y otros a designar. Los números comienzan de Sur a Norte “PAR” y de Oeste a Este ” IMPAR”; los limites en ambos casos,  deben iniciarse a 2.500 metros de la plaza principal de Merlo; para un mejor entendimiento acompañamos croquis de limites y chapas de identificación. Por las razones expuestas anteriormente, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO, sanciona la presente:

ORDENANZA

Art. 1º: Nomenclatura de las calles del Radio Urbano de Merlo: de Sur a Norte con numeración “PARES” y de oeste a este, con numeración “IMPARES”, en ambos lados, el límite inicial se debe tomar a 2.500 metros de la plaza de Merlo. Además de los números que identifican las calles;  llevará el nombre existente y otros a designar.
Art. 2º: Las chapas identificatorias en cada esquina, llevará el número que le corresponde,  el nombre,  la altura y la flecha que indica la mano, las medidas serán standar y el color debe ser: FONDO
BLANCO con letras AZULES o fondo NEGRO con letras BLANCAS.
Art. 3º: Los gastos que demande la presente Ordenanza en su origen, impútese al Presupuesto de Obras Públicas  del año 1989. RECUPERANDO, dicha inversión paulatinamente con el cobro de las chapas numéricas  Obligatorias que  corresponda a cada frentista. Dicha RECUPERACION, será aplicada a casos de EMERGENCIA,  no previstas en el Presupuesto, y al mantenimiento de las Zonas de Recreación Turística,  por ejemplo Rincón del Este;  Pasos Malos; Piedra Blanca; etc.
Art. 4°: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.-
Presidente HCD: Francisco Catroppa
Secretaria HCD: María de los Ángeles O. de Espasandin
 
 

SEÑALIZACIÓN DE CALLES

                                               Merlo, SL, 15 de Octubre de 1984

 

ORDENANZA Nº 325-HCD-1984

 
VISTO:
El continuo crecimiento de nuestro pueblo y la necesidad de que este sea en el sentido mas armónico posible, incluyéndose lo relativo a desplazamiento de vehículos, personas, distribución de correspondencia, y , lo que hace principalmente el desplazamiento del turista, quien por ser visitante debe contar con una buena infraestructura, que le evite perdidas de tiempo y la posibilidad de incurrir en errores, que se pueden traducir en accidentes, debe darse una imagen que traspase nuestra frontera, en el sentido que somos una comunidad organizada y con una distribución acorde con el futuro que nos espera. Atentos a lo expuesto y el tratamiento dado en el seno del Honorable Concejo Deliberante, en su Sesión Nº 18, Sesiones Ordinarias, de fecha 18 de Septiembre de 1984, y con la autoridad que le confiere la Ley, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

  • Señalización total de las calles del Municipio.-
  • Que a fin de lograr lo expuesto en forma coherente atendiendo a los recursos existentes, esta puede realizarse en etapas, de acuerdo al siguiente detalle:
    1. Primera Etapa: radio céntrico, abarcado al Norte: calle Mundial 78, al Sur: frente Rotonda de Ingreso, al Oeste: calle naciente sobre la Ruta Nº 5, Juana Azurduy, todas con sus respectivas prolongaciones.-
    2. Segunda Etapa: Rincón del Este.-
    3. Tercera Etapa: Piedra Blanca.-
  • Que el Departamento ejecutivo, a través de su Secretaría de Obras y Servicios Públicos, efectúe un relevamiento de la cantidad de postes o indicadores necesarios para lo solicitado en el punto dos, pudiendo efectuarlo por zona o en forma total.-
  • Que, con el informe de dicha Secretaría, se solicite al Automóvil Club Argentino, a través de su representante en la localidad, la posibilidad de provisión o su forma de contribución en el Proyecto.-
  • Proceder al cambio de nombres, que no sean adecuados a una nomenclatura de una zona de turismo con futuro, debiendo adoptarse los que tengan relevancia con Próceres, personalidades d nuestra Nación, o ciudadanos de nuestra localidad que hayan tenido una trayectoria destacada.-
  • Esta señalización, será de tipo metálico, visible diurno y nocturno, sobre un parante del mismo material, con un lugar un su parte superior para propaganda comercial, incluyendo a su vez, la dirección de marcha, numero que le corresponde a esa cuadra, en ascendente y descendente.-
  • Que, se aportará al financiamiento de esta obra:
    1. Con el producto de la propaganda,
    2. Con el ingreso de las multas por infracción al tránsito,
    3. Con el aporte de comerciantes, hoteleros, entidades, que tomando a su cargo la inversión, por sector, manzana o cuadra, reintegrándose el importe con el derecho a propaganda.-
  • Que, uno de los aportes del Departamento Ejecutivo, será instalación y conservación de este señalamiento.-
  • Que, el Departamento Ejecutivo, solicite a entidades del medio, Cooperadoras, clubes, Mutuales, Bomberos Voluntarios o Comisión designada para este fin, bajo la Dirección de responsable designado por la Comuna, aporten la venta a las fuerzas vivas de la comunidad, de la señalización, tal como lo estipula el punto 7º, inc. c).
  • Que, obtenido el costo del indicador completo, se fijará periodo de permanencia de propaganda en el mismo.-
  • Que, el Departamento Ejecutivo, arbitre las medidas tendientes a que esta señalización se encuentre en vigencia para la próxima temporada turística.-
  • Solicitar a la población, su colaboración en el mantenimiento, principalmente los de frente al domicilio, comunicando a la autoridad competente cualquier anormalidad.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Presidente HCD: Carlos Alberto Romero
Secretario HCD: Ramón Arturo González

CAMBIO TRAZADO CALLE PROPUESTA DE J. MERCAU

Merlo, SL, 11 de Marzo de 1981

 ORDENANZA Nº 226-IM-1981

 VISTO:
La nota presentada por los señores JOSE A. MERCAU y DOSE GREGORIO ALANIZ, por la hacen donación a favor de esta Municipalidad de una fracción de terreno destinado a apertura de calle y las facultades conferidas por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que dicha nota ratifica la donación a favor de la Comuna de la Parcela Nº 14 del plano Nº 4724 del 19 de enero de 1968, que consta de una superficie de 1.618,29 m2., con el cambio de que dicha superficie sea trasladada al costado Oeste, en vez del Este, como figura en el plano.-
Que esta Comuna considera, que trasladar esa superficie al costado Oeste, será mas conveniente, dado que sería la continuidad de la calle existente.-
Que la misma no varía en superficie, dado que se tomaría el mismo ancho y mismo largo y serviría mejor a los fines urbanísticos y de acuerdo a la nota de los señores Mercau y Alaniz, sería también de beneficio para los vecinos y propietarios. Por todo ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

  • Aceptase el cambio de trazado de la calle propuesto por los vecinos señores José A. Mercau y José G. Alaniz por nota de fecha 3 de marzo corriente.-
  • Aceptase la donación de la superficie de la Parcela Nº 14, del plano Nº 4724, de fecha 19 de enero de 1968 y de 1.618,29 m2, desplazándose como lo dispone el Art. 1º. Tómese la posesión en forma inmediata trazando la calle y líbrese al uso publico.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLES

Merlo, SL, 29 de Junio de 1979

 

ORDENANZA Nº 182-IM-1979

 
VISTO:
Las solicitudes de aprobación de planos de mensuras y donaciones de terrenos a favor de esta Intendencia Municipal y las facultades conferidas por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia; y:
CONSIDERANDO:
Que en las actas de donaciones de terrenos destinados a calles y ochavas se individualizan  a los donantes y figuran perfectamente delimitadas las superficies  donadas.-
Que dichas mensuras han sido aprobadas en su oportunidad aceptando las superficies donadas, como así también figuran las inscripciones de dominio. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

  • Acéptense las donaciones de terrenos destinados a calles y ochavas hechas por los propietarios que se nombran a continuación a favor de esta Municipal y por las superficies que se mencionan:
  1. COMECHINGONES S.A.C.I.F.I., dona 9 has., 645 metros cuadrados- Barranca Colorada, Merlo, San Luis.-
  2. MARIO ESTRADA, dona 5.228,91 metros cuadrados – Avenida Comechingones, Merlo, San Luis.-
  3. EDUARDO ELISEO MORAN, dona 1.521,98 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  4. ZACARIAS CUELLO, dona 3.180,52 metros cuadrados –Barranca Colorada, Merlo, San Luis.-
  5. HUBERTO DAWSON Y ELENA JESSIE DAWSON Y SARMIENTO DE FABRIZZI, dona 9.624,78 metros cuadrados –Cerro de Oro, Merlo, San Luis.-
  6. TOMAS ROSARIO BATALLA Y MARIA C.S. DE BATALLA, dona 1.774,12 metros cuadrados –El Rincón, Merlo, San Luis.-
  7. ELVA OLGA CAMARGO DE MUÑOZ, VELINDO ONOFRE CAMARGO, ROLANDO OMAR CAMARGO, TERESA SARA CAMARGO, MARGARITA ROSA CAMARGO DE DIAZ e HIPOLITA FRIAS vda. De CAMARGO, dona 4.289,35 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  8. JOSE ALBERTO ANDRES BRIGNONE, dona 796,18 metros cuadrados –Merlo, San Luis.-
  9. JOSE ALBERTO ANDRES GRIGNONE, dona 125,82 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  10. COMECHINGONES S.A. (en formacion) dona 29 has., 6.681 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  11. CARLOS PABLO ANDREOTTI, dona 7.568,89 metros cuadrados –Piedra Blanca Merlo, San Luis.-
  12. ANA BARREDA DE LEIVA, dona 3.369,71 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  13. JULIO FALCO, ALFIO DE LUCA Y ANELIO NICOLAS MARCHISSONE donan 386,98 metros cuadrados –Piedra Blanca, Merlo, San Luis.-
  14. AGUSTIN SEQUEIRO Y MANUELA RODIÑO DE SEQUEIRO, donan calle de 14 metros de ancho por todo el largo de la propiedad que corre de Sud a Norte mas 8,30 mts. de ancho que se agregará a la calle actualmentes abierta continuacion de Av. Del Deporte, Merlo, San Luis.-
  15. MARÍA VERONICA BUSTOS, dona 1.110 metros cuadrados – El Rincón, Merlo, San Luis.-
  16. MERCEDES B. DE MANSILLA, dona 252 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  17. HIGINIO MAGALLAN, dona 812 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  18. ANTONIO CIRILO QUIROGA, dona 883,05 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  19. ALBERTO RODRIGUEZ Y NOEMI VIGO DE RODRIGUEZ, donan la superficia que se determinará según sea necesario para el ensanche de la calle que linda al Este de los terrenos de su propiedad, ubicados en El Rincón, Merlo, San Luis.-
  • Todas las donaciones de terrenos aceptados por la presente Ordenanza deberán ser formalizadas por escritura pública de transferencias de los dominios respectivos.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

RECONOCE PAGO DE LOTES PARA CALLES

Merlo, SL, 05 de junio de 1978

 

ORDENANZA Nº 154-IM-1978

 VISTO:
 
Las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal por la Ley Nº 3715 del Superior Gobierno de la Provincia, y el Expediente Nº 17431 –Asuntos Municipales- lotes para apertura de calle del Señor Eustacio Arias que avalúa en $450.000.-, y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 8 y 9 del citado expediente se dispone que la cuestión debe resolverse conforme al Art. 2º de la Ley Nº 3715, dictando la respectiva Ordenanza.-
Que los lotes Nº 39 y 49 del plano de división a nombre de Eustacio Arias confeccionados por los Ingenieros Villalba y Maluf, se han afectado a la apertura de calles.-
Que el mencionado  plano de división no fue aprobado conforme a las disposiciones del Art. 15 de la Ley Nº 1213, que implícitamente en su párrafo final faculta a la Municipalidad  para autorizar fraccionamientos o loteos cobrando derechos de inscripción de planos, (…), etc., atribuciones que son privativas. De haber sido revisado y estudiado dicho plano por lo Comuna, jamás podría haberlo aprobado sin haberse contemplado calles transversales y sobre la particularidad de este loteo que se hizo sobre un terreno angosto y largo de aproximadamente seiscientos ochenta metros  de longitud o sea  siete cuadras.-
Que no afectar parte de la propiedad para apertura de calles transversales significaría una traba con enormes perjuicios para la expansión y desarrollo urbanístico de la calidad.-
Que este hecho tan grave no fue remediado por Autoridades anteriores y que sería pasible de la aplicación del Art. 150 de la Constitución de la Provincia.-
Que no obstante ello y a pesar de que los lotes han sido totalmente enajenados con fines de lucro, podrían considerarse los términos de la nota presentada por el propietario estimando este Departamento Ejecutivo, que lo peticionado estaría dentro de  las posibilidades económicas de la Comuna, pero que de todas maneras seria elevado a la Dirección General de Asuntos Municipales, requiriendo de los Departamentos Técnico y Legal el asesoramiento sobre el procedimiento a seguir. Por todo ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  1. Hágase lugar a lo peticionado reconociendo a favor del Sr. Eustacio Arias la suma de ($450.000.-) CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL pesos en concepto de pago de los lotes Nº 39 y 49 del loteo de su propiedad confeccionado por los Ingenieros Villalba y Maluf, afectados a la apertura de calles transversales.- (Exp. Nº 17431 -Asuntos Municipales).-
  2. Líbrese orden de pago a favor del Señor Eustacio Arias por la suma de ($450.000.-) CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL pesos.-
  3. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles

ACEPTA DONACION DE SUSANA CASTRO

Merlo, San Luis, 12 de agosto de 1975

ORDENANZA Nº 84-HCD-1975

ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA LEGAL LA SIGUIENTE

  1. Aceptase la DONACIÓN hecha a favor de la Municipalidad por la Srta. SUSANA ELINA CASTRO, de las calles y ochavas correspondientes al loteo de su propiedad ubicado en esta localidad e inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro de la Provincia bajo el Nº 9175 en fecha 10 de Enero de 1975, de una superficie total de TRECE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO METROS CON 91/100 METROS CUADRADOS (13.525,91 mts.2 ), todo del inmueble inscripto a nombre de la donante en el Registro General de la Propiedad al Tomo 4 (Ley 3236), Folio 133, Número 5035.-
  2. La Municipalidad tomará posesión de las mismas y autorizará la venta de los lotes, cuando las calles estén debidamente demarcadas y en condiciones de transitabilidad.-
  3. Facultase al Departamento Ejecutivo, para que dé cumplimiento a todos los requisitos legales para la total formalización de la donación aceptada por el Art. 1º.-
  4. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Vice- Presidente HCD: Huberto Dawson

Secretario H.C.D.: José Maria Vecino