Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Octubre de 2023.-
ORDENANZA N° VII-1107-C.D.-2023.-
MODIFICA CAPÍTULO VIII DE ORDENANZA N° VII-1076-C.D.-2023 DE “TASA DE INTERÉS POR MORA”.-
VISTO:
La profunda crisis económica que asola al país, intensificada durante el pasado agosto, que impone la necesidad de tomar medidas inmediatas y adecuadas para hacer frente a esta situación. Esta crisis ha generado proyecciones inflacionarias anuales de tres dígitos, y se anticipa una persistencia prolongada de este escenario en los años venideros, lo que representa un desafío económico considerable para la comunidad y las instituciones; y:
CONSIDERANDO:
Que una de las estrategias para asegurar la estabilidad económica es la actualización de las tasas de interés por mora aplicables a todas las tasas y derechos municipales. Esto se lleva a cabo con el propósito de mantener un equilibrio financiero que permita garantizar la prestación adecuada de servicios y el cumplimiento de las responsabilidades del gobierno local.
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art. 1°).- MODIFICAR el CAPÍTULO VIII de la Ordenanza N° VII-1076-C.D.-2023, que establece la TASA DE INTERÉS POR MORA; el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“TASA DE INTERÉS POR MORA”:
“Establecer una tasa de interés por mora del 6% mensual a todas las tasas y derechos municipales, a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta Ordenanza”.
Art. 2°).- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE.-