Villa de Merlo, 06 de mayo 2021
ORDENANZA N° VIII-0987-HCD-2021
ACUERDO COMPENSACIÓN “REPRESA EL AZUD”
VISTO:
La nota recibida N° 106-HCD-2021, cursada por el DEM cuyo objeto radica en la solicitud que se le realiza a este cuerpo deliberativo para que tenga a bien prestar conformidad, y, en consecuencia, autorizar compensación convenida en Acta Acuerdo suscrita por el Sr. Intendente Juan Álvarez Pinto y el co-heredero de la propiedad ubicada en la Reserva Azud, cuyo deslinde se produce a través de plano de mensura N° 6 – 40 – 2020; y la Ordenanza 744-TO-HCD-2021 de Ordenamiento Territorial de la Villa de Merlo; y
CONSIDERANDO:
Que se ha realizado un Acuerdo en virtud a la Mensura de División registrada bajo el N° 06/40/20 a nombre de la causante Benigna Victoria Cuello, de la cual se desprenden a nombre de la misma las parcelas 73;74;75.-
Que respecto de la Parcela 73, se propone una división a los efectos de adjudicar de manera proporcional a favor de los Herederos declarados conforme Sentencia Interlocutoria N° 7 del año 2020.-
Que conforme se ha estipulado en el acta acuerdo de referencia, los interesados ceden al Municipio como espacio verde la superficie correspondiente a la “Represa El Azud”, que presenta una medición de 1-Ha 0041.10 m2 de la parcela N° 75, excediendo con creces lo requerido como espacio verde en la normativa vigente que de acuerdo al cálculo que se hace solo correspondería en 1809.28 m2 de la parcela N° 73.-
Que en compensación a esta cesión de espacio verde, el Municipio se ha comprometido a realizar la demolición de una antigua propiedad de 67.39 m2, que se encuentra en la Parcela N° 73, la cual será llevada a cabo una vez que los propietarios notifiquen que la propiedad esté libre de ocupantes.-
Que este Honorable Concejo Deliberante ve con agrado proseguir con las negociaciones que se han desarrollado según el informe remitido y;
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: AUTORIZAR el Acuerdo entre los co-herederos peticionantes de la sucesión de la Sra. Benigna Victoria Cuello, cuya propiedad identificada con el número de Padrón 1061511 (que deslinda por Plano de Mensura N° 06/40/2020) y el Municipio, que compensa la entrega del 15 por ciento del espacio verde de la subdivisión de la Parcela N° 73 de 1809.28 m2, por la superficie correspondiente al sector ocupado por la “Represa El Azud”, parcela N° 75 de 1 hectárea 0041.10 m2.
ARTICULO 2°: ENCOMENDAR al DEM implementar los términos del acuerdo con los peticionantes, en el marco de la Ordenanza N° 744-TO-HCD-2021, artículo 4 “Subdivisiones, Urbanizaciones y Loteos”, y proceder a la escrituración a favor del Municipio de la “Represa El Azud”.-
ARTICULO 3°: ANEXAR al cuerpo de la presente Ordenanza el Acuerdo de compensación de “Represa El Azud”, suscripto entre el Municipio de la Villa de Merlo y los sucesores de la Sra. Benigna Victoria Cuello-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-