ORDENANZA N° VII-0920-HCD-2019 – ACTUALIZA TASA A LOS ARTESANOS 2020

ORDENANZA N° VII-0920-HCD-2019 – ACTUALIZA TASA A LOS ARTESANOS 2020

Villa de Merlo, (San Luis), 19 de Diciembre de 2019.-

ORDENANZA N° VII-0920-HCD-2019

“ACTUALIZA TASA A LOS ARTESANOS 2020”

VISTO:

La Ordenanza Nº VII-0873-HCD-2018 “Texto Ordenado de Artesanos”, dispone los aranceles que deberán abonar los Artesanos al Municipio; y:

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes de las distintas Tasas y Derechos que percibe la Municipalidad de la Villa de Merlo, por la contraprestación de los servicios.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: ACTUALIZAR el Art. 37º de la Ordenanza VII-0138-2008-HCD (1115/08) el que quedara redactado de la siguiente manera:

“Los propietarios/as abonarán por adelantado el arancel que será fijado de la siguiente manera: Enero, Febrero, el mes que incluya Semana Santa, Vacaciones de Invierno y fines de semana largo: $ 4901 por 10 puestos, más $ 491 por cada uno adicional a partir del undécimo.

Los aranceles se reajustarán anualmente por la Tarifaria Anual”.-

ARTICULO 2º: ACTUALIZAR el Art. 10º de la Ordenanza VII-0138-2008-HCD (1115/08) el que quedara redactado de la siguiente manera, con su cuadro de valores:

:

“Los artesanos abonarán por adelantado el arancel mensual, determinado como a continuación se detalla:”

PERMANENTES$270 (doscientos  setenta pesos) por mes.-Todo el Año
VISITANTES, TEMPORARIOS Y DE PASO$230 (doscientos treinta pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.-Temporada Alta
$175 (ciento setenta y cinco pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.-Temporada Baja
LOCALES TEMPORARIOS$ 80 (ochenta pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.-Temporada Alta
$26 (veintiséis pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.-Temporada Baja

Los aranceles se reajustarán anualmente por este H.C.D. y se incorporaran a la Tarifaria Anual.-“

ARTICULO 3º: DEROGAR la Ordenanza VII-0873-HCD-2018 en toda su parte y toda norma que se contradiga con la presente, a partir del día 31 de diciembre 2019.-

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y    OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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