ORDENANZA N° VIII- 0894-HCD-2019: DAMIANA VEGA

ORDENANZA N° VIII- 0894-HCD-2019: DAMIANA VEGA

Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Noviembre de 2019.-

ORDENANZA N° VIII- 0894-HCD-2019

VISTO: 

Los numerosos pedidos ingresados a este Honorable Concejo Deliberante por parte de vecinos de Cerro de Oro solicitando la designación de Calle Pública de la ya conocida como “Circuito Damiana Vega”; y:

CONSIDERANDO:

Que obra pedido del Concejo que data del año 1985 al entonces Juez de Paz, por cerramiento realizado por privados de la arteria en cuestión, lo que motivó que el Juzgado de Feria (Penal y Correccional de Concarán, San Luis, a cargo en esa fecha del Juez Guillermo Alfredo Gatica), dictara con fecha 03 de Enero del año 1986, Resolución Judicial que ordenó su reapertura, denominándola como Calle Püblica “Cuesta del Tren”. Ello en la causa que se caratuló: “JUEZ DE PAZ DE MERLO (S.L.), ELEVA ACTUACIONES POR QUEJA VECINAL SOBRE CERRAMIENTO DE CAMINO PUBLICO”, tramitada por ante el Juzgado Civil de la localidad de Concarán, San Luis.-

Que más tarde se dicta la Ordenanza N° 499/1992, homologando la precitada Resolución Judicial estableciendo que la mencionada arteria es Calle Pública con dos denominaciones “Cuesta del Tren”, en su nacimiento desde el Camino a Cerro de Oro hacia el este  y su continuación por el “Circuito Damiana Vega”.-

Que en el año 2000 se sanciona la Ordenanza N° 745/2000, la que le asigna uso turístico al “Camino Damiana Vega”.-

Que con fecha 05.02.2016, ingresa la Nota Recibida N° 004/2016, con pedido de que se sancione una norma respaldatoria de la Resolución Judicial a la que se hizo referencia en el primer considerando de la presente, de parte de un vecino del Calaguala Sr. Raúl Zarco.-

Que luego ingresó la Nota Recibida N° 032/2016, del Sr. Jorge Klein, vecino de Cerro de Oro, pidiendo lo mismo en relación a la Ordenanza N° 499/1992.-

                                 Que con fecha 02.10.2013, el Concejo dicta la Resolución N° 1297/2013, dando factibilidad para luz eléctrica al Sr. Roberto La Rivera, y allí la calle pública se denomina “Circuito Damiana Vega”.-

                                  Que con fecha 05.06.2018, se sanciona la Ordenanza N° VI-0825-HCD-2018, donde se dispone que uno de los senderos turísticos es el “Camino a Damiana Vega”.-

                                  Que con fecha 20.09.2019, ingresa la Nota Recibida N° 546/2019, de los vecinos Andrés Busto y otros, con numerosas firmas, quienes piden se dicte nueva norma ratificatoria de la Ordenanza N° 499/1992, y que la arteria sea ratificada como calle pública.-

Que con fecha 01.10.2019, ingresa la Nota Recibida N° 578/2019, donde la Dirección de Catastro Municipal, dice que la calle se denomina “Damiana Vega” y que en la Ordenanza 0825, existe como “Sendero Damiana Vega”.-

Que con fecha 17.10.2019, ingresa informe de Secretaría Legal de este Concejo.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre: “CIRCUITO DAMIANA VEGA” a la Calle Pública que nace desde el Camino al Cerro, de Cerro de Oro, hacia el Este, siendo el límite Norte del Parque Calaguala, hasta su salida a la Ruta Provincial N° 5, en el Rincón del Este,  de nuestra Villa de Merlo, Provincia de San Luis.-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación del nombre designado precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

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