Archivo el 29 de julio de 2020

ORDENANZA N° VIII-0888-HCD-2019: designar con el nombre de Barrio Piquillin al loteo EL Piquillin en ruta1

Villa de Merlo, (San Luis), 29 de Agosto de 2019.-

ORDENANZA N° VIII-0888-HCD-2019

VISTO: 

La Nota Recibida Nº 198-HCD-2019, ingresada a este Honorable Concejo Deliberante con fecha 14 de Mayo de 2019;  y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la Nota consignada en el visto de la presente norma, un grupo de vecinos cuyos domicilios se ubican entre las Calles El Piquillín y Rodeo de Los Cocos (Loteo El Piquillín) de nuestra Villa, se presentan y solicitan se le asigne nombre a este núcleo habitacional proponiendo “B° EL PIQUILLIN”, adjuntándose varias firmas.-

Que según refieren, les han informado en la Dirección de Catastro de la Municipalidad, que en la actualidad ese sector se denomina B° San Agustín Sur, y en su parecer tal denominación no los identifica, ni los representa, entendiendo que si los identifica a los que viven y a la gente que los visita, es el mismo nombre que corresponde al Loteo donde viven, es decir, Loteo El Piquillin por Barrio El Piquillín.-

Que han tenido dificultades en la recepción de correspondencia, o esta se ha perdido en el camino, por no poderse ubicar fácilmente el Barrio.-

Que mediante la Nota Emitida N° 118-HCD-2019, de fecha 23 de Mayo de 2019, el Concejo consulta a Catastro sobre el pedido.-

Que mediante Nota Recibida N° 250/19, de fecha 28.05.2019, se responde al Concejo, se acompañan Planos de Mensura y croquis del sector.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre único de: “BARRIO EL PIQUILLIN”, al núcleo habitacional conocido como Loteo “El Piquillín”, enmarcado en las Manzanas 148, 149, 150 y 151, de la sección Secc 06, correspondiente a la subdivisión aprobada según los Planos de Mensura N° 6/37/07, N° 6/190/14 y N° 6/253/15.-

ARTICULO 2º: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente Ordenanza a la Nota Recibida mencionada en esta norma.-

 

ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación del nombre designado precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ORDENANZA Nº VIII-0489-HCD-2012: NOMENCLADOR VILLA DE MERLO

ARTICULO 4°: DEROGAR, toda otra norma que se oponga a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA N° VII-0887-HCD-2019

DEROGADA POR ORDENANZA N° VIII-0898-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 29 de Agosto de 2019.-

ORDENANZA N° VII-0887-HCD-2019

VISTO:
La presentación efectuada por la Asociación de Propietarios de Taxis de la Villa de Merlo (S.L.); y:
CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, (que obra ingresada a éste Cuerpo como Nota Recibida Nº 443-HCD-2019, con fecha 20.08.2019), los taxistas de nuestra Villa a través de la Asociación de Taxis, solicitan un incremento de tarifas, por el aumento que a su vez han tenido de sus insumos indispensables.-

Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D.,  se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 13 de Diciembre del año 2018, mediante Ordenanza Nº VII-0864-HCD-2018.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:

EN ZONA URBANA:

 

  • BAJADA DE BANDERA: $ 45,00.- (cuarenta y cinco pesos), hasta los 100 metros-
  • CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $2,75.- (dos pesos con setenta y cinco centavos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

EN RUTA:

  • BAJADA DE BANDERA: $45,00.- (cuarenta y cinco pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $2,25.- (dos pesos con veinticinco cvos.), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de 120 fichas, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-

ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII-0864-HCD-2018, de fecha 13 de Diciembre de 2018.-

ARTICULO 3º: APLICAR en el caso, lo normado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1159-HCD-2009.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

Edgar Amaya

Presidente

 

Dr. Jorge Flores

Secretario Legal

ORDENANZA N° VIII-0885-HCD-2019: nombrar nuevas calles- MODIFICA NOMENCLADOR

Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Julio de 2019.-

ORDENANZA N° VIII-0885-HCD-2019

VISTO: 

Las Notas Recibidas Nº 142-HCD-2018, Nº 280-HCD-2018; N° 521-HCD-2018; y N° 317-HCD-2019; de fechas 04.04.2018, 22.05.2018, 02.08.2018 y 25.06.2019, respectivamente, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante; y:

CONSIDERANDO:

Que a través de las Notas Recibidas consignadas en el visto de ésta Ordenanza, la Sra. MARIA CRISTINA FAGIANO, titular del Loteo Costa del Molino de esta Villa, solicita se le asignen nombres a las calles que contiene el mismo.-

Que con fecha 17.05.2018, el Concejo le remitió la Nota Emitida N° 099, solicitándole constatara en el Nomenclador Local que no existieran repeticiones y/o superposiciones con los nombres propuestos.-

Que con fecha 22.05.2018, ingresa la Nota Recibida N° 280-HCD-2018, a través de la cual la Dirección de Catastro Municipal dá respuesta a lo requerido, haciendo los aportes correspondientes.-

Que con fecha 02.08.2018, mediante la Nota Recibida N° 521-HCD-2018, la propietaria reveé algunos nombres para las calles del loteo, los cuales fueron comunicados a la Dirección de Catastro Municipal mediante la Nota Emitida N° 200/18.-

Que con fecha 25.06.2019, mediante la Nota Recibida N° 317/19, la propietaria ingresa nuevo pedido adjuntando croquis del loteo con los nombres propuestos.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con los nombres de: “Cecilia Grierson”, “Luis Federico Leloir”, “Salvador Mazza”, “René Favaloro”, “Alfredo Sordelli”, “Guillermo Rawson” y “Carlos Malbrán”; a las calles Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, respectivamente, del Loteo Costa el Molino,  de nuestra Villa de Merlo, (según croquis adjuntado a la Nota Recibida N° 317-HCD-2019, de fecha 25.06.2019, fs. 3/3).-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ORDENANZA Nº VIII-0489-HCD-2012: NOMENCLADOR VILLA DE MERLO

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-