ORDENANZA N° VII-0887-HCD-2019

ORDENANZA N° VII-0887-HCD-2019

DEROGADA POR ORDENANZA N° VIII-0898-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 29 de Agosto de 2019.-

ORDENANZA N° VII-0887-HCD-2019

VISTO:
La presentación efectuada por la Asociación de Propietarios de Taxis de la Villa de Merlo (S.L.); y:
CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, (que obra ingresada a éste Cuerpo como Nota Recibida Nº 443-HCD-2019, con fecha 20.08.2019), los taxistas de nuestra Villa a través de la Asociación de Taxis, solicitan un incremento de tarifas, por el aumento que a su vez han tenido de sus insumos indispensables.-

Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D.,  se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 13 de Diciembre del año 2018, mediante Ordenanza Nº VII-0864-HCD-2018.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:

EN ZONA URBANA:

 

  • BAJADA DE BANDERA: $ 45,00.- (cuarenta y cinco pesos), hasta los 100 metros-
  • CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $2,75.- (dos pesos con setenta y cinco centavos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

EN RUTA:

  • BAJADA DE BANDERA: $45,00.- (cuarenta y cinco pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $2,25.- (dos pesos con veinticinco cvos.), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-

HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de 120 fichas, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-

ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII-0864-HCD-2018, de fecha 13 de Diciembre de 2018.-

ARTICULO 3º: APLICAR en el caso, lo normado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1159-HCD-2009.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

Edgar Amaya

Presidente

 

Dr. Jorge Flores

Secretario Legal

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