ORDENANZA Nº VIII-0802-HCD-2017: AUTORIZAR Y SOLICITAR al D.E.M., EFECTIVIZAR TRANSFERENCIA PRE ADJUDICADO AL Sr. JUAN CARLOS LOZADA,

ORDENANZA Nº VIII-0802-HCD-2017: AUTORIZAR Y SOLICITAR al D.E.M., EFECTIVIZAR TRANSFERENCIA PRE ADJUDICADO AL Sr. JUAN CARLOS LOZADA,

Villa de Merlo (San Luis), 30 de Noviembre de 2017.-

          

ORDENANZA Nº VIII-0802-HCD-2017

 
VISTO:

La Ordenanza Nº 998-HCD-2006, sancionada con fecha 02 de Octubre  de 2006; y:

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza citada en el visto, preadjudicó al Sr. JUAN CARLOS LOZADA, D.N.I. Nº 11.860.394,  con domicilio en  esta localidad de Merlo, San Luis, una parcela del Parque Industrial “Eliseo Mercau”, que más abajo se individualiza, con la finalidad de instalar un emprendimiento industrial consistente en la fabricación de bloques de hormigón y afines varios; el terreno preadjudicado se identificaba como: Parcela Nº 2 “B”, de la Manzana 48, del Plano Nº 06/22/95, Padrón 346783, de la Receptoría 13, de Merlo, San Luis.-

Que con fecha 05 de Junio de 2017, ingresó la Nota Recibida Nº 299-HCD-2017, a través de la cual, el preadjudicatario, formaliza su pedido de que este H.C.D. genere y produzca los actos administrativos necesarios a fin de concretar la escritura traslativa de dominio. Aclara que ha cumplido con la totalidad de los cargos establecidos por la Ordenanza de preadjudicación.-

Que con motivo de ello, el Concejo produjo la Nota Emitida Nº 164-HCD-2017, de fecha 27 de Julio de 2017, a la Secretaría de Gestión Territorial Municipal, a fin de que realizaran la verificación del cumplimiento de los cargos establecidos en la Ordenanza de Preadjudicación.-

Que con fecha 08.08.2017, ingresa de parte de la Secretaría mencionada la Nota Recibida Nº 465-HCD-2017, agregando el Acta de Inspección Nº 00043276.-

Que con fecha 04.09.2017, el preadjudicatario, ingresa la Nota Recibida Nº 522-HCD-2017, informando respecto de su proyecto y de la compra de maquinarias.-

Que con fecha 26 de Octubre último el Concejo remite al preadjudicatario la Nota Emitida N° 261-HCD-2017, convocándolo a reunión de comisión del día 01 de Noviembre de 2017.-

Que en la oportunidad mencionada en el considerando anterior LOZADA se reunió con los Concejales, donde explicó las razones del cambio de rubro ya advertido por los Inspectores Municipales que labraron el Acta de Inspección anteriormente referenciada.-

Que con fecha 02.11.2017, LOZADA ingresó la Nota Recibida N° 751-HCD-2017, solicitando el cambio de rubro de fabricación de bloques de cemento, postes, losetas, etc, por el de taller de herrería como nuevo proyecto.-

Que la Comisión de Planeamiento de este H.C.D., elevó sus conclusiones al Plenario del Concejo, las que en base a todo lo explicado precedentemente indican hacer lugar a lo solicitado por el preadjudicatario, por lo que este dispone conforme a continuación se expresa.-

 

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR Y SOLICITAR al D.E.M., para que proceda a dictar los actos administrativos que sean pertinentes, a fin de efectivizar la transferencia del inmueble oportunamente preadjudicado al Sr. JUAN CARLOS LOZADA, D.N.I. Nº 11.860.394,  con domicilio en ésta localidad de Merlo, San Luis, en virtud de lo declarado en los considerandos precedentes, y conforme lo establece también la Ley de Régimen Municipal y la Constitución Provincial, para los actos de disposición de bienes que integran el peculio municipal, aclarando que el inmueble actualmente se designa como: Nomenclador Tributario > Padrón 13-350272; Nomenclador Catastral > 00-06-44-05-000048-000008, con una superficie de 0 Ha 1,112 m2 0 dm2, inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, a nombre de la Municipalidad Villa de Merlo, en la Matrícula 03-6249-1, ubicado en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” de esta Villa.-

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

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