ORDENANZA Nº VIII-0746-HCD-2016: DESIGNA NOMBRE DE CALLES DEL B° ESTANCIA EL CARRIL

ORDENANZA Nº VIII-0746-HCD-2016: DESIGNA NOMBRE DE CALLES DEL B° ESTANCIA EL CARRIL

Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Noviembre de 2016.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0746-HCD-2016

 
VISTO: 

Las Notas Recibidas Nº 016-HCD-2016, Nº 237-HCD-2016; N° 539-HCD-2015; N° 600-HCD-2015; N° 337-HCD-2014, N° 495-HCD-2014; y Nº 542-HCD-2014, de fechas 26.02.2016, 10.05.2016, 21.08.2015, 09.09.2015, 05.06.2014, 13.08.2014 y 27.08.2014, respectivamente, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante; y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la segunda de las Notas de referencia, la Sra. Marta Rosa Busto, solicita respuesta a notas anteriores y a lo establecido en la Reunión de Comisión de este H.C.D. realizada con fecha 20.08.2014, convocada por Nota Emitida N° 186 del 14.08.2014, en relación a los nombres de las calles que pertenecen al B° Estancia El Carril, (Plano N° 6/32/09), el que fue modificado su nombre por Ordenanza N° VIII-0734-HCD-2016, sancionada con fecha 07.07.2016.-

Que la Nota Recibida N° 016, ingresó para solucionar un error referido a espacios verdes del loteo de referencia.-

Que la Nota Recibida N° 539-HCD-2015, ingresó en consonancia con la anteriormente mencionada en el considerando precedente aportando mayores datos.-

Que por la Nota Recibida Nº 600-HCD-2015, la Dirección de Catastro Municipal remitiendo Plano de Mensura y ampliación de planilla de superficies.-

Que mediante la Nota Recibida N° 495-HCD-2014, se solicita reunión de comisión para tratar el nombre de las calles de este loteo, comprendidas dentro del Plano de Mensura, Unificación y División N° 6/32/2009. Manifiestan que la intención de la familia propietaria con los nombres propuestos para las calles del loteo es la mantener y respetar la historia y tradición en cuanto al nombre que de antaño identificó a la zona y/o paraje que abarcaba tanto al este como al oeste de la Ruta Provincial N° 1.-

Que luego de la reunión mantenida con la Comisión de este H.C.D. con fecha 20 de Agosto de 2014, ingresó la Nota Recibida N° 542/14, acompañando los nombres propuestos agregando una pequeña reseña histórica de cada uno de ellos, complementándose en éste sentido con lo expresado en las Notas Recibidas N° 337/14 y N° 495/14.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con los nombres de: “Isidro Busto”, “Margarita Urquiza”, “Pedro Roberto Busto”, “José Benito Busto”, “Gringo Carrizo (Juan Oscar)”, “Eustaquio Pérez”, “Eumelia de Melian”, “Catalina Gallardo”, “Jacinta de Becerra”, “Honorio Baez”, “María Andrada”, “Juan Rubio”, “Herminio Hernández”, “Dionicio Mora”, “Gumercindo Agüero (“Gumo”)”, “Eduardo Pérez”, “Decha de Menard (Desideria Agüero)”, “Onofre Baigorria”, “Lucas Torre”, “Emilio Pecorari”, “Pocho Urquiza (Felipe Esteban)”, “Negro Ray (José Héctor)”, “Bautista Pinto”, “Cholo Romero” y “María de Biassi”; a las calles del B° Estancia El Carril,  de nuestra Villa de Merlo, (según Plano N°6/32/2009).-

ARTICULO 2º: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente norma a las Notas Recibidas N° 337-HCD-2014, N° 495-HCD-2014 y Nº 542-HCD-2014, de fechas  05.06.2014, 13.08.2014 y 27.08.2014,  respectivamente, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante, las que contienen una breve reseña de las personas cuyos nombres y apodos se citan en el Artículo precedente.-

ARTICULO 3º: ESTABLECER como ANEXO IIde la presente norma al Plano Nº 6/32/2009, del que surge la distribución de las Calles del B° Estancia El Carril, conforme a los nombres, apellidos y apodos de las personas citadas en el Artículo 1° de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 4º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ARTICULO 5°: DEROGAR, toda otra norma que se oponga a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 6°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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