Villa de Merlo (San Luis), 07 de Julio de 2016.-
ORDENANZA Nº VIII-0731-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 303-HCD-2016, ingresada al Concejo con fecha 31.05.2016; y:
CONSIDERANDO:
Que la Nota Recibida consignada en el visto, fue presentada por el Sr. Director de Obras Privadas de la Municipalidad de Merlo, solicitando se le dé tratamiento a un pedido de zonificación para los Barrios Las Moreras y Bosque El Chañar.-
Que el citado Funcionario propone la delimitación y solicita se designe Zona R3.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: INCORPORAR, por las razones expuestas en los considerandos de la presente norma, a la Ordenanza Nº 744-HCD-2000, el Artículo R3C “Zona Residencial R3C”, delimitando el polígono: Lado Norte vereda Sur de la Calle Curtiembre; al Este haciendo límite con Zona T1; al Sur, limita con Calle Topacio en su vereda Norte; y al Oeste hace límite con Zona C8.-
ARTICULO 2º: Todos los factores de ocupación de suelo, retiros e Indices Urbanísticos, serán los de Zona R3, de acuerdo al Artículo 2.3.5.4. de la Ordenanza Nº 744-HCD-2000.-
ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-