ORDENANZA Nº VII-0719-HCD-2016-HOMOLOGAR, ACTA DONACION DE GALACHO

ORDENANZA Nº VII-0719-HCD-2016-HOMOLOGAR, ACTA DONACION DE GALACHO

Villa de Merlo, San Luis 19 de Mayo de 2016.-

 

ORDENANZA Nº VII-0719-HCD-2016

 

VISTO:

La Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213) que crea el Registro de Espacios Verdes y el ingreso de las Notas Recibidas Nº 326-HCD-2015; Nº 806-HCD-2015; y Nº 912-HCD-2015, con fechas 02.06.2015, 23.11.2015 y 29.12.2015; y Notas Emitidas Nº 244-HCD-2015 y Nº 261-HCD-2015, de fechas 19.11.2015 y 26.11.2015; y:

CONSIDERANDO:

Que los espacios verdes siempre han sido y son motivo de constante resguardo, siendo interés del Ejecutivo Municipal  y de éste H.C.D., la regularización dominial de todos los inmuebles afectados a tal utilidad.-

Que la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), en el Artículo 4º dice: “ESTABLECER, que a partir de la sanción de la presente, la documentación mediante la cual se establezca el ingreso al peculio municipal de inmuebles destinados a espacios verdes, cualquiera fuera su instrumentación, deberá previamente, ser elevada a éste H.C.D. para su homologación.-“

Que conforme se cita en el visto de la presente, ingresó presentación (N.R. Nº 912), a través de la cual el D.E.M., en cumplimiento de los preceptos mencionados anteriormente remite Acta de Donación de espacio verde correspondiente al Plano 6/156/12, del inmueble designado como Parcela 1, de la Manzana 143, con una superficie de 1 Ha. 5.292,61 m2, nomenclatura catastral Padrón 960.930, de la Receptoría 13, de Merlo, San Luis, Inscripción Dominial al Tomo 52 (Ley 3236), de Junín, Folio 372, Nº 06, en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de San Luis, Capital, correspondiente al inmueble de la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO.-

Que dentro del estudio de las actuaciones recibidas, se advierte que los agregados, superposiciones y cargos que obran en la redacción del Acta de Donación en cuestión son improcedentes, a tenor de lo establecido en el Punto 4.2.4.- de la Ordenanza Nº 744-HCD-2000 y demás legislación local vigente.-

Que analizadas las constancias referidas,  y conforme lo indica el Art. 4º de la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), este Concejo resuelve la homologación de la donación en cuestión, conforme se dispone a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, el Acta de Donación de fecha 12 de Diciembre de 2015, por la cual la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO, D.N.I. Nº 20.729.950, dona a favor de la Municipalidad de Merlo, en concepto de Espacio Verde, la Parcela 1, de la Manzana 143 del Plano Nº 6/156/12, y que cuenta con una superficie de 1 Ha. 5.292,61 mts.2, nomenclatura catastral Padrón 960.930, de la Receptoría 13, de Merlo, San Luis, Inscripción Dominial al Tomo 52 (Ley 3236), de Junín, Folio 372, Nº 06, en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de San Luis, Capital.-

ARTICULO 2º: Tener por NO ESCRITOS los cargos obrantes en la mencionada Acta de Donación por ser improcedentes y no ajustarse a las Ordenanzas vigentes (conforme se ha detallado en el 4to. considerando de ésta norma).-

ARTICULO 3º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al D.E.M. la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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