Villa de Merlo, (San Luis), 19 de Mayo de 2016.-
ORDENANZA Nº I- 0720-HCD-2016
VISTO:
La Ordenanza Nº I-0504-HCD-2012, sancionada con fecha 17.10.2012, que trata sobre la Creación del Consejo Municipal de Discapacidad “CO.MU.DI”; y
CONSIDERANDO:
Que la norma citada en el visto se encuentra en plena vigencia, integrándose el Consejo con múltiple actores.-
Que por ello resulta conveniente dar una participación más amplia a sus integrantes, en especial, a los mencionados en su Art. 4º, inciso “e”.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: MODIFICAR, el Artículo 4to, inciso “e” de la Ordenanza Nº I-0504-HCD-2012, el que queda redactado de la siguiente manera:
- e) Tres vocales, (uno elegido entre los representantes de las Instituciones que conforman el Consejo (CO.MU.DI); un representante del Honorable Concejo Deliberante y uno será elegido entre las personas con discapacidad establecidas en el inciso “e” del Art. 3.).-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
http://hcdvillademerlo.com.ar/creacion-del-consejo-municipal-de-discapacidad-co-mu-di/