Villa de Merlo, (San Luis), 15 de Mayo de 2014.-
ORDENANZA Nº IV-0604-HCD-2014
Programa De Educación Vial En Las Escuelas: “Estacionamiento En Las Escuelas”
VISTO:
La necesidad de contar con un Programa de Educación Vial en las Instituciones Educativas de la Villa; y:
CONSIDERANDO:
Que, en reunión mantenida con la Dirección de Tránsito del Municipio se reconoció la gran dificultad que se vive en los horarios de ingreso y egreso de las escuelas.-
Que, es frecuente el reclamo de autoridades escolares y padres frente al caos que se genera en esos horarios, ocasionando peligro para alumnos y padres.-
Que, ante la imposibilidad de corregir la conducta de muchos adultos que dejan o buscan los niños en vehículos, estacionando en doble y hasta en triple fila en la cuadra y en la misma puerta de la escuela donde se educan sus hijos.-
Que, es de suma importancia la participación de los niños en el aprendizaje, que la acción de entorpecer el tránsito está mal, y enseñen a los padres a respetar las normas de convivencia básica y elemental de toda sociedad que pretenda ser respetuosa de los derechos de cada uno.-
Que, dado el fracaso en la conducta y educación vial de los adultos, vemos la urgente necesidad de llegar directamente a los niños, para que con su capacidad evolutiva, marquen los errores y se transformen en los directores del nuevo tránsito.-
Que, es responsabilidad del Estado buscar, por todos los medios posibles, el cumplimiento de pautas que son necesarias para el correcto orden y funcionamiento de la convivencia en nuestra Ciudad.-
Que, se han utilizado varios métodos para desalentar el mal hábito del estacionamiento en las escuelas, como la instrucción, la señalización, el control, la multa, etcétera, y no ha dado resultado, porque sigue siendo un caos en los horarios de entrada y salida de dichos establecimientos.-
Que habiendo sido tratado el tema primero en la Comisión pertinente de este H.C.D. y luego elevado a Plenario del mismo, se dispone conforme se expresa a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art. 1º: CREASE en el ámbito de la Ciudad de Villa de Merlo “El Programa de Educación Vial, sobre cómo y dónde se debe estacionar cuando dejan o buscan a los alumnos de la escuela” y estará destinado a los directivos, docentes, niños y adolescentes de los siguientes establecimientos:
- N° 288 Antonio Esteban Agüero. Ruta N°1 Piedra Blanca Abajo.
- Exp. N° 9 Dr. Horacio de la Mota. Juana Azurduy e Independencia.
- Modelo de Educación Inicial y G. Básica. EMEI. Av. del Sol N° 158.
- N°181 San José de Calazanz. Piedra blanca Arriba.
- N° 221 Irma Romero de Pacheco. Cerro de Oro.
- N° 26 María Palmira Cabral. Rincón del Este.
- N° 435 Pueblo Comechingón. Bº 207 viviendas.
- Instituto Monseñor Orzali. Av. Pablo Tissera N°195.
- Colegio San Francisco de Asis. Pte Perón N°161.
- Centro de Educación Especial Mirlo. Nivel II (Las Artes/Sur).
- Centro Educativo Nº 27 Santiago Besso.
- Jardín Maternal Municipal “Duendes del Sol”.
- Cualquier otro Establecimiento Escolar o Jardín Maternal que exista en el futuro.
Art. 2º: El Programa estará coordinado por la Dirección de Tránsito Municipal, quien tendrá a su cargo el dictado de charlas educativas, la entrega de material instructivo y mapa indicativo de los lugares aptos para estacionar alrededor de cada uno de los mencionados establecimientos y tendrá un máximo de sesenta (60) días, a partir de la fecha de promulgación de la presente, para la elaboración de los contenidos y puesta en práctica.-
Art. 3º: Podrán incluirse y utilizarse Programas Nacionales y Provinciales, que contribuyan a la finalidad que persigue la presente Ordenanza.-
Art. 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-