Villa de Merlo, San Luis), 12 de Junio de 2013.-
ORDENANZA Nº VI-0553-HCD-2013
VISTO:
La Nota Recibida Nº 209-HCD-2013, ingresada con fecha 28.05.2013; y:
CONSIDERANDO:
Que la misma ha sido remitida por la Secretaría de Gobierno Municipal, solicitando modificar el texto del Art. 3º de la Ordenanza Nº VI-0057-HCD-1995 (602), en cuanto a la cantidad de miembros que ésta establece para integrar la “Comisión Asesora de Medioambiente”.-
Que ello resulta necesario, por cuanto existen ONGs y especialistas interesados en participar, los cuales superan la cantidad de miembros que establece la Ordenanza en estudio.-
Que solicita urgencia la modificación en cuestión, para poder reglamentar la Ordenanza Nº VI-0270-HCD-1992 (487), y de esta forma poner en funcionamiento la Comisión antes mencionada.-
Que tratado el pedido por la Comisión interna correspondiente de este Cuerpo, la misma elevó su opinión al Plenario del Concejo, resolviéndose el tema conforme se establece a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: MODIFICASE, el Art. 3º, de la Ordenanza Nº VI-0057-HCD-1992 (602), el que en su parte pertinente dirá: “… Dicha Comisión estará integrada como mínimo por cinco (5) miembros…”.
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
ORDENANZA Nº 602/92: http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/crea-monumentos-biologicos/