EXIMIR A AGRUPACIONES GAUCHAS Y CENTROS TRADICIONALISTAS DE TASA DE DERECHO DE ESPECTACULOS

EXIMIR A AGRUPACIONES GAUCHAS Y CENTROS TRADICIONALISTAS DE TASA DE DERECHO DE ESPECTACULOS

 

Villa de Merlo, (San Luis), 24 de Abril de 2014.-

 
 
 

ORDENANZA VII-0599-HCD-2014

 
VISTO:  
La presentación realizada mediante Nota Recibida Nº 155-HCD-14, de fecha 15.04.2014, y:
 
CONSIDERANDO:
Que la misma ha sido efectuada por la Sra. Intendente Municipal.-
Que existe un compromiso permanente de las Agrupaciones Gauchas y Centros Tradicionalistas con nuestra cultura.-
Que de manera sostenida brindan a la Comunidad su presencia en los diferentes eventos que se desarrollan a lo largo del año en la Villa de Merlo.-
Que motivan la promoción de nuestra cultura, reafirmando con ello el sentido patriótico y tradicionalista de las costumbres gauchescas.-
Que se destacan, dentro del valioso aporte cultural, con sus saberes, artes, gastronomía, destrezas y uso de herramientas.-
Que su presencia en las distintas festividades patrias, sociales y religiosas, reafirman la importancia de preservar el acervo cultural.-
Que estas Agrupaciones Gauchas y Centros Tradicionalistas requieren de recursos permanentemente para su mantenimiento.-
Que es voluntad de la Municipalidad de Merlo, colaborar con todas las iniciativas culturales de nuestra Comunidad que ponen en valor la tradición que refuerza nuestra identidad.-
Que por todo ello se dispone lo siguiente.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º: EXIMIR, a las Agrupaciones Gauchas y Centros Tradicionalistas de la Villa de Merlo del Derecho de Espectáculo, así como también del 10% de la venta de entradas que rige en la Ordenanza Nº 651-HCD-1997.-
 
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
 

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