Villa de Merlo, (San Luis), 02 de Octubre de 2014.-
ORDENANZA Nº VIII-0625-HCD-2014
VISTO:
Las Notas Recibidas Nº 336-HCD-2014, de fecha 05.06.14 y 647-HCD-2014 de fecha 22.09.14, ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante; y:
CONSIDERANDO:
Que en la primera de ellas el Sr. Claudio A. Mastronardi, solicita se trate la designación del nombre de calle publica de su Loteo “Catalina”, sito entre Calles Alfredo Alfonso y Avda. Norte.-
Que luego, la Sra. Laura Rondolini, presentó una nota solicitando nombre para la calle en la que se encuentra su domicilio dado que necesita iniciar los trámites para la obtención del servicio de gas.-
Que del tratamiento de la Comisión respectiva del HCD, surgió como propuesta el nombrar a la Calle: “Roberto Cambaré”, en referencia al compositor, guitarrista y letrista, cuyo nombre verdadero era Vicente Cambareri nacido en Balcarce, Provincia de Buenos Aires el 16 de agosto de 1925.
Que Cambaré es el autor de la zamba Angélica, compuesta en 1958, canción que lo convirtió en éxito del momento, allá por la década del 60, colaborando de manera decisiva en la reinserción del folklore en el gusto popular, en esa época en que se pusieron de moda las peñas y las guitarreadas.-
Que en su doble función de autor y compositor, Cambaré ha realizado numerosas piezas folklóricas en las que une una respetuosa fidelidad a las formas del folklore argentino, con el complemento de melodías propias – únicas por su belleza y armonía – a letras plenas de auténtica poesía.-
Que el Concejo Deliberante considera oportuno continuar con la línea de nombres de las calles de la zona, (nombres de compositores y folkloristas).-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: DESIGNAR con el nombre: “Roberto Cambaré”, la Calle del Loteo “Catalina” situado entre Calles Alfredo Alfonso y Avda. Norte, de Piedra Blanca de nuestra Villa.-
ART. 2º: Enviar copias de la presente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y a los interesados para su toma de conocimiento.-
ART.3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-