CREA SISTEMA DE CARTELERIA PUBLICA

CREA SISTEMA DE CARTELERIA PUBLICA

                                         Villa de Merlo (San Luis), 02 de Octubre de 2013.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0568-HCD-2013

 
VISTO:
La necesidad de contar con espacios públicos y gratuitos para la difusión de actividades culturales, deportivas y educativas,  y
CONSIDERANDO:
Que las carteleras en espacios públicos servirían para difundir eventos artísticos, sociales, deportivos y educativos, de interés para los vecinos de Merlo y para los turistas que nos visitan.-

Que la difusión de estos eventos, aumentaría la posibilidad de generar fuentes de trabajo para los artistas locales.-

Que crear y organizar espacios de estas características, evitaría la contaminación visual que se genera con la pegatina de información en postes y lugares públicos.-

Que ubicados estratégicamente, en plazas, paseos y corredores turísticos comerciales, concentrarían la oferta de eventos de Merlo y zonas aledañas.-

Que a través de estas carteleras, se podrían difundir fragmentos de la obra del Poeta Agüero y de otros artistas merlinos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA   SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

Art. 1º.-    CRÉASE en Villa de Merlo el sistema de Carteleras Públicas y Gratuitas, únicamente para la difusión de eventos y actividades culturales, deportivas y educativas.-

Art. 2º.-    FACÚLTESE al DEM para determinar los lugares estratégicos en los que serán colocadas las carteleras, sus dimensiones y el tipo de material a utilizar.-

Art. 3º.-    PROHÍBASE la utilización de estas carteleras, para la difusión de todo tipo de propaganda político-partidaria.-

Art. 4º.-    DESTÍNESE un sector, dentro de cada una de las carteleras, para la difusión de la obra literaria del Poeta Antonio E. Agüero y de otros artistas locales.-

Art. 5º.-    PROHIBASE pegar cualquier tipo de cartelería en columnas, postes, etc., de la vía pública.-

Art. 6º.-    COMUNIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

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