Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Julio de 2012.-
ORDENANZA Nº IV-0492-HCD-2012
VISTO:
El ingreso de la Nota Recibida Nº 373-HCD-12, de fecha 02.07.12, y:
CONSIDERANDO:
Que la misma fue remitida por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Lic. Patricia Morandé, quien eleva copia de las Resoluciones Nº 087, 088 y 089 IM-2012, dictadas con motivo del Decreto Nº 043-IM-12.-
Que este último acto administrativo otorgó un plazo de treinta (30) días a los licenciatarios de taxis y remises para dar cumplimiento con la Ordenanza Nº IV-0041-HCD-2004 (893) y sus modificatorias, referidas al otorgamiento de licencias, habilitaciones comerciales y obleas identificatorias, mientras que la última de las Resoluciones mencionadas dispone la caducidad de tres (3) licencias de remis, conforme al Art. 6 de la norma precitada y dictámenes emitidos por la Asesoría Legal de la Municipalidad de Villa de Merlo.-
Que refiere la Funcionaria en cuestión, que luego de un exhaustivo análisis de la documentación presentada por los licenciatarios, se ha observado la existencia –tanto de taxis como de remis- cuyos responsables han “reemplazado” a titulares de licencias por prolongados periodos de tiempo.-
Que estos trabajadores poseen vehículos en perfectas condiciones, con toda la documentación al día pero carecen de las licencias correspondientes.-
Que en esta condición se encontrarían cuatro (4) taxis y siete (7) remis, cuyos propietarios son jefes de familia y como tales sostenes de las mismas, cuyas fuentes de trabajo peligran por esta razón.-
Que por último se hace referencia al crecimiento demográfico de la Villa de Merlo, y atento al mismo, en especial desde el año 2006 a la fecha, el DEM solicita dar solución y replantear las cantidades de licencias previstas en la Ordenanza Nº IV-0041-HCD-2004 (893) y sus modificatorias.-
Que en el día de la fecha y en el desarrollo de la Sesión Ordinaria se encontraron presentes varios de los interesados por lo que el tema fue tratado sobre tablas con la premura que el caso ameritaba, resolviéndose conforme a continuación se dispone.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: ELEVESE el número máximo de licencias de remises establecido por el Art. 25º, inc. a) de la Ordenanza Nº IV-0041-HCD-2004 (893), a la cantidad de noventa y uno (91).-
ART. 2º: ELEVESE el número máximo de licencias de taxis establecido por el Art. 16º, Titulo II, Capitulo II de la Ordenanza Nº IV-0041-HCD-2004 (893), a la cantidad de cuarenta (40).-
ART. 3º: DEROGUESE el Art. 2º de la Ordenanza Nº IV-0049-HCD-2011 (1250).-
ART. 4º: DEROGUESE el Art. 1º de la Ordenanza Nº IV-0041-HCD-2006 (1014).-
ART. 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
Nº 893- http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/regula-servicio-taxis-remis-y-taxiflet/
Nº 1250- http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/eleva-numero-de-licencias-de-remis/
Nº 1014- http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/modifica-ordenanza-893-titulo-taxis/