ELEVA NUMERO DE LICENCIAS DE REMIS

ELEVA NUMERO DE LICENCIAS DE REMIS

Villa de Merlo, San Luis, 24 de Agosto de 2011.-

 

ORDENANZA Nº 1250-HCD-2011

 
VISTO: 
La Ordenanza Nº 1244-HCD-2011, sancionada con fecha 24 de mayo último; y:
 
CONSIDERANDO:

Que la misma, fue vetada en forma parcial por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el dictado del Decreto Nº 022-IM/2011, de fecha03 de junio de 2011, elevado con fecha 09 del mismo mes y año.-

 Que tal norma se dictó en la forma que luce, con motivo de la Nota Recibida Nº 232-HCD-2011, de fecha 19.05.2011, la que consistió en una presentación realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal, concretamente por el titular del Área de la Secretaría de Gobierno del Municipio, solicitando el urgente tratamiento de las licencias provisorias de remises.-

 Que se explicó en tal presentación, que desde la sanción de la Ordenanza Nº 1013-HCD-2006, existen solicitudes en forma continua de licencias provisorias de remises, las que se han renovado permanentemente, por lo que pide en forma expresa que sea derogado el inciso “c” de la referida norma legal.-

 Que además solicitó al H.C.D. el estudio y evaluación del tema planteado, procurando encontrar una solución satisfactoria al mismo, a la par que expresa la preocupación del Ejecutivo Municipal por las fuentes de trabajo de estas personas, la cual encontraría su continuidad al suprimir las licencias provisorias transformándolas en permanentes, en un número de veinte.-

Que en virtud a que la norma se dictó en los términos acordados con el Departamento Ejecutivo Municipal, y que es esta misma rama del Poder Municipal, la que propone cambios en el Decreto Nº 022-IM/2011; este Concejo dispone lo siguiente, realizando un Texto Ordenado de la Ordenanza Nº 1244-HCD-2011, introduciendo las modificaciones solicitadas en el veto.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ART. 1º: AGRÉGUESE al Art. 7º de la Ordenanza Nº 893-HCD-2004, como inciso 7.13, el siguiente: … 7.13 “No podrán revestir calidad de potenciales adjudicatarios de licencias, las personas que con anterioridad a su pedido, hayan sido licenciatarios en el servicio público que nuevamente solicitan. Las cuestiones particulares generadas por esta causal, serán dirimidas por el HCD, en caso de resultar necesario”.-

ART. 2º: ELÉVESE el número máximo de licencias de remises establecido por el Art. 25º, Inciso “a”, de la Ordenanza Nº 893-HCD-2004 a la cantidad de ochenta y seis (86).- derogado por ON-0492/12

ART. 3º: DERÓGUESE el inciso “c” del Art. 25º de la Ordenanza Nº 893-HCD-2004 (modificado por Ordenanza Nº 1013-HCD-2006).-

ART. 4º: DERÓGUENSE los aspectos establecidos por la Ordenanza Nº 1013-HCD-2006 que se opongan expresamente a los que se introducen y modifican a través de la presente norma.-

ART. 5º: Para el caso de que licencias ya otorgadas fueren dadas de baja por contravenciones a la Ordenanza Nº 893-HCD-2004 y sus modificatorias, las mismas solo podrán ser concedidas nuevamente, previa homologación de este H.C.D. y siguiendo el procedimiento previsto en la citada norma.-

ART. 6º: DERÓGUESE, en todas sus partes la Ordenanza Nº 1244-HCD-2011.-

ART. 7º: DISPOSICION TRANSITORIA: Agréguese como Anexo el que se incorpora a la presente Ordenanza.-

 ART. 8º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 
 

ANEXO

 
En uso de las atribuciones conferidas a este Honorable Concejo Deliberante de homologación (Art. 7º del la Ordenanza Nº 893-HCD-2004), FACÚLTASE al D.E.M., por única vez, a obviar el procedimiento establecido en el Art. 7º de la Ordenanza Nº 893-HCD-2004 (concurso público), con respecto al listado de los seis (06) potenciales adjudicatarios, cuya nómina y datos se incorporan en el presente anexo. Estos deberán cumplimentar con los registros generales necesarios para la obtención de una licencia, incluido el normado en el Art. 1º de esta Ordenanza.-
 
 

AGÜERO, CARLOS DNI Nº 14.455.179
BECERRA, RUBEN HORACIO DNI Nº 26.229.886
LEDESMA, FABIO DNI Nº 25.199.635
LOPEZ, GERMAN DAVID DNI Nº 22.279.153
ORTIZ, WALTER DNI Nº 13.825.680
QUIÑONEZ, HUGO DNI Nº 12.131.514

 
 

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