APROBAR BALANCE 3º TRIMESTRE AÑO 2006

APROBAR BALANCE 3º TRIMESTRE AÑO 2006

Villa de Merlo (San Luis), 17 de Noviembre de 2008.-

 

O R D E N A N Z A Nº 1110-HCD-2008.-

 
VISTO:
El Balance correspondiente al 3° Trimestre del Año 2006; y:
 
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue remitido para su control y aprobación por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Nota Recibida Nº 056-HCD-2008, con fecha 12 de Marzo de 2008.-
Que pasado a la Comisión respectiva para su análisis, de Hacienda y H.C.D., y controlado individualmente por el Sr. Auditor Contable de éste Cuerpo, Sr. Elmiro Antonio Villalón, este eleva el informe respectivo mediante Nota R. Nº 111-HCD-08 de fecha 14 de Abril de 2008, estimando que correspondía devolver al D.E.M. el Balance en cuestión para su corrección y aclaración de varios puntos.-
Que con motivo de ello se dictó la Resolución Nº 898-HCD-2008, de fecha 06 de Mayo del año 2008, mediante la cual se dispuso devolver al D.E.M. dicho Balance por los motivos señalados.-
Que el mismo fue reingresado con fecha 04 de Junio de 2008, cumplimentado con todo lo requerido en la Resolución mencionada.-
Que analizada también por la Comisión de Hacienda y de H.C.D. de este Concejo la documentación soporte correspondiente al mismo en el Edificio Comunal, surgieron las siguientes observaciones generales: 1.- Respecto de la fecha de presentación del Balance NO debe excederse de los 30 días de vencido el Trimestre. Conforme a ello surge que el Balance debió presentarse hasta el día 15 de Noviembre del año 2006, y tiene su recepción en éste H.C.D., el 12 de Marzo del año 2008; 2.- Luego de recepcionado el Balance, fue devuelto para correcciones mediante Resolución Nº 898-HCD-2008, y las observaciones realizadas sobre el Decreto Nº 059-IM-2006, fueron corregidas por el Decreto Modificatorio Nº 028-IM-2008; 3.- Existen varias facturas que exceden el monto de contratación directa establecido por la Ordenanza Nº 880-HCD-2004, (Art. 1º, Inciso 1º), por ejemplo, folios 54, 56, 59, 1838, 5060, 6374, 6376, 6377; 4.- Facturas excedidas de la Ordenanza Nº 880-HCD-2004, (Art. 2º, inciso a), sujeto también a las disposiciones de la Ley Provincial de Obras Públicas Nº 3744, ejemplo: folios 1705 y 1706; 5.- Facturas con CAI vencido, folios 5032 y 5045, por montos de $285,56.- y $ 191,47-; y 6.- En relación a las Cuentas Especiales, Cuentas Cordones y Cunetas 5.4.01.04 y Manos a la Obra 3.5.08.01 cuyos fondos provienen de Transferencias del Gobierno Nacional, también deben cumplir con el Régimen de Compra Directa establecido por Ordenanza Nº 880-HCD-2004, se observó que las compras de “Manos a la Obra” exceden el Art. 1º inciso a), de dicha norma. Por ejemplo folios 4181, 6561 y 6363.-
Que sin perjuicio de lo expresado en el considerando anterior,  hay   conciliación   entre   los   Resúmenes  presupuestarios y financieros.-
Que se adjuntan las planchas de Banco; fojas de los Libros Bancos con sus respectivas certificaciones y conciliaciones.-
Que se hace constar que el cálculo numérico del ejercicio y su balance analítico son correctos.-
Que consecuentemente se concluye que está en condiciones de ser aprobado, a los efectos de no caer en un excesivo rigorismo formal, por cuanto como se dijo y pese a las observaciones formuladas, el cálculo y resultado numérico son correctos, es decir, que no hay faltantes de dineros, sin perjuicio de lo cual se advierte al D.E.M., que tal decisión se adopta por única y última vez, ya que en lo sucesivo deberán ser rechazados los balances que exhiban falencias de ésta índole.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

 
ART. 1º: APROBAR,  el Balance correspondiente al 3º TRIMESTRE DEL AÑO 2006, conforme a lo expuesto, en los considerandos de la presente.-
ART. 2º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese, Archívese.-

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