MODIFICA ORDENANZA 893- TITULO TAXIS

MODIFICA ORDENANZA 893- TITULO TAXIS

Villa de Merlo, San Luis, 11 de diciembre de 2006.-

ORDENANZA  Nº  1014-HCD-2006

VISTO: 
La necesidad  de encontrar puntos de coincidencia para mejorar el servicio de taxis de la Villa de Merlo; y
 
CONSIDERANDO:
Que es  voluntad unánime de los miembros de este Cuerpo Legislativo garantizar al publico usuario un eficiente, responsable y adecuado  servicio.-
Que existe una gran demanda debido al crecimiento poblacional.-
Que es necesario corregir y reordenar, teniendo en cuenta el futuro plan estratégico de desarrollo local, incentivando al cumplimiento y cambio de actitud por parte de los prestadores ofreciendo mejores servicios a los usuarios.-
Que no se ha dado cumplimiento en forma fehaciente a lo siguiente, por parte de:
·           Taxis, TítuLo I, Capítulo I, art. 5.2: Registro; 5.3: Licencias  transferencias; 6.3: Omisión de prestación de servicio; art. 7: Incumplimiento del llamado a concurso público; 7.2: No tener residencia efectiva de dos años en la Villa de Merlo; Capítulo II. Vehículos, art. 11.1: Identificación; art. 14: Paradas Ubicación; art. 15: Tarifas (no exhibir planilla de tarifas).-
Que es imperiosa la necesidad de mejorar los servicios en la Villa de Merlo.-
Que corresponde tener en cuenta a aquellos que necesitan una fuente laboral para sostén familiar y que estarían dispuestos a realizar los servicios en cuestión.-
 
POR TODO LO EXPUESTO ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
 
ORDENANZA
 
Art. 1º.                        Modificar el Artículo 16º, Título II, Capítulo II, de la Ordenanza N° 893-HCD-2004: CANTIDAD DE VEHICULOS en lo siguiente:  “Fijase un numero máximo de 35 (treinta y cinco) licencias para el servicio de taxis de la Villa de Merlo”.- derogado por ord. IV-0492-12
Art. 2º.    Modificar el articulo 9, Capitulo I: TAXIS- VIGENCIAS DE LAS LICENCIAS de la siguiente manera: “Tendrán una vigencia de un (1) año y serán renovables automáticamente por lapsos iguales, previa verificación técnica vehicular anual”.-
Art. 3º.    Modificar el Articulo 14 en los siguientes aspectos:
–       Paradas 1,2, 3, 4 y 8, tendrán el carácter de paradas OBLIGATORIAS;
–       Paradas 5, 6 y 7, tendrán el carácter de paradas NO OBLIGATORIAS;
–       Parada 1, los horarios OBLIGATORIOS serán de 08:00 a 22:00 horas fuera de temporada alta y de 08:00 a 24:00 horas en temporada alta;
–       Paradas 2 y 3, su horario será las 24 horas;
–       Parada 4, su horario será de 06:00 a 22:00 horas;
–       Parada 8, su horario será de 17:00 a 05:00 horas;
–       La Asociación de Taxis implementará una planilla semanal para cubrir las paradas y de la misma se entregará una copia a la Dirección de Tránsito Municipal;
–       La Asociación de Taxis deberá colocar los horarios respectivos en todas las paradas.-
Art. 4º.    Incorporar al Capitulo II, Titulo I, Art. 7, el punto 7.12 que dirá “No podrán ser licenciatarios, los Funcionarios Municipales, ni empleados municipales pertenecientes a planta permanente o transitoria que presten servicios en la Dirección de Tránsito, o que por sus  funciones cumplan tareas de inspecciones en cualquier área de relación  con el servicio público de transporte de pasajeros”.-
Art. 5º.    Agregar al Art. 11.5 lo siguiente: “Deberán contar con letrero luminoso de identificación en el techo del automóvil de color amarillo con la leyenda “TAXI”, y una inscripción en las puertas delanteras del vehículo, en las que constarán número de habilitación del vehículo, número de taxi, de acuerdo al diseño que establezca el D.E.M.. Estos elementos serán provistos por el Ejecutivo y su  costo estará a cargo de los  licenciatarios ”.-
Art. 6º.    Agregar al Artículo 24°, en quinto lugar de causales, la siguiente: “por vacaciones: hasta 30 días”.-
Art. 7º.    Derogar el Art. 19 del Capitulo I, Título IV.-
Art. 8º.     COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE.-
 
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/regula-servicio-taxis-remis-y-taxiflet/
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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