Villa de Merlo (San Luis), 4 de Junio de 2007.-
ORDENANZA Nº 1043 – HCD-2007.-
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1030-HCD-2007 y Nº 1029-HCD-2007, ambas sancionadas por éste Cuerpo con fecha 10.01.2007; y
CONSIDERANDO:
Que a través de la primera de éstas normas, éste H.C.D. –y por las razones que en la misma constan-, donó un predio en el Parque Industrial “Eliseo Mercau”, a la Razón Social “GREEN S.A.”, contratistas de la Obra Pública “Provisión de Agua Potable a la Ciudad Villa de Merlo”, en ejecución por parte del Gobierno Provincial, a los efectos de que en el sitio se instale la estación de bombeo Nº 4.-
Que con fecha 15 de Mayo del corriente, la Razón Social mencionada, a través de su Representante Técnico, Ingeniero Daniel Kurbán, ingresa la Nota Nº 248-HCD-2007, mediante la cual, solicita una ampliación de la fracción de terreno oportunamente donada por cuanto ésta resulta de dimensiones reducidas para el emplazamiento de la cisterna de bombeo.-
Que concretamente solicita, se amplíe las dimensiones de la fracción oportunamente donada, en diez (10) metros de longitud sobre el eje Norte – Sur, y por todo el ancho que presenta la misma medido sobre el eje Este – Oeste.-
Que además dicha presentación, se encuentra firmada por el Sr. DANIEL ALFREDO PASETTI, D.N.I. Nº 8.278.352, con quién la Empresa “GREEN S.A.” entabló gestiones a los fines de que él, en su carácter de preadjudicatario de la parcela colindante (según Ordenanza Nº 1029-HCD-2007), le ceda la superficie que solicitan y es necesaria para ésta Obra Pública, cuestión ésta que es ratificada por PASETTI, al rubricar con su firma la presentación en cuestión.-
Que de ésta forma ambas partes, la Razón Social “GREEN S.A.” y el Sr. DANIEL ALBERTO PASETTI, están de acuerdo en modificar las dimensiones de las parcelas, oportunamente donada, en el primer caso, y preadjudicada, en el otro, y solicitan que la cesión en cuestión sea homologada por éste H.C.D.-
Que tratado el tema en la Comisión pertinente; tratándose de una Obra Pública de gran beneficio para la Comunidad; y contándose con el consentimiento del preadjudicatario de la parcela colindante (PASETTI); corresponde hacer lugar a lo solicitado.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY , SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: MODIFICAR, el Artículo 1ro. de la Ordenanza Nº 1029-HCD-2007, el que quedará redactado de la siguiente forma: “PREADJUDICAR, por un término de tres (3) años con destino final de donación y para el supuesto de cumplimiento de la totalidad de los cargos establecidos en el artículo subsiguiente, el predio ubicado en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” de la localidad de Merlo, San Luis, que se identifica como: la superficie ubicada en el sector Norte, dentro de la Parcela 4, de la Manzana 49, del Plano Nº 6/22/95, que resulte y que surja de la Mensura a realizarse por la Razón Social “GREEN S.A.”, (conforme cargos de la Ordenanza Nº 1030-HCD-2007), de la cual la mencionada Razón Social, tomará sobre el eje Norte – Sur, DIEZ (10) METROS más en dirección al Norte -tomando como referencia la mitad de la parcela-, por todo el ancho medido sobre el eje Este – Oeste; más el 50% que surja de la mensura a realizarse por la citada Empresa, de la Parcela Nº 1, de la Manzana Nº 49, del Plano citado; al Sr. DANIEL ALFREDO PASETTI, D.N.I. Nº 8.278.352, domiciliado en Calle Urquiza s/nº, del Paraje de Cerro de Oro, Partido de Merlo, San Luis, con la finalidad de realizar un emprendimiento industrial de acopio y fraccionamiento de miel”.-
ART. 2º: MODIFICAR, el Artículo 1ro. de la Ordenanza Nº 1030-HCD-2007, el que quedará redactado de la siguiente forma: “DONAR, previo cumplimiento de la totalidad de los cargos establecidos en el artículo subsiguiente, el predio ubicado en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” de la localidad de Merlo, San Luis, que se identifica como: la superficie que resulte, de la Parcela 4, de la Manzana 49, del Plano Nº 6/22/95, en su sector hacia el SUR, que linda con la Avda. Carlos Gardel, y que surja de la Mensura a realizarse por la donataria, (conforme cargos establecidos en el Artículo subsiguiente), de la cual la mencionada Empresa, tomará el 50% de la superficie total de la parcela, más, y sobre el eje Norte – Sur, la cantidad de DIEZ (10) METROS en sentido al Norte -tomando y partiendo como referencia desde la línea imaginaria que conforma la mitad de la parcela-, por todo el ancho medido sobre el eje Este – Oeste; a la Razón Social “GREEN S.A.”, representada ante éste Cuerpo, por el Ingeniero DANIEL KURBAN, con domicilio en Calle Presidente Perón Nº 746, de la Ciudad de San Luis, Capital, con la finalidad de construir en el mismo, una cisterna de almacenamiento de agua de 1.500 m3, prevista dentro de la ejecución de la Obra Pública que lleva a cabo el Gobierno de la Provincia, de “Provisión de Agua Potable a la Ciudad de Merlo”, mediante Licitación Pública Nº 19/2006.-“
ART. 3º: HOMOLOGAR en consecuencia, la cesión efectuada por el Sr. DANIEL ALFREDO PASETTI a la Razón Social “GREEN S.A.”, en los términos que surgen de la Nota Recibida Nº 248-HCD-2007, de fecha 15.05.2007, presentada a éste H.C.D. por ambas partes.-
ART. 4º: INCORPORAR, por Secretaría de éste H.C.D., ejemplares de la presente Ordenanza, en los Expedientes Administrativos caratulados: “PASETTI DANIEL ALFREDO – S/PREADJUDICACIÓN DE PREDIO, EN PARQUE INDUSTRIAL CON DESTINO DE DONACION” y “GREEN S.A. – S/DONACION DE PREDIO, EN PARQUE INDUSTRIAL CON DESTINO AL GOBIERNO PROVINCIAL Y PARA EJECUCION DE OBRA PUBLICA (PROVISION DE AGUA POTABLE A LA CIUDAD DE MERLO)”.-
ART. 5º: COMUNIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/dona-predio-parque-industrial-a-firma-green-s-a/
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/preadjudica-parcela-parque-industrial-sr-passetti/