AUTORIZA CONTRATACION LEASING

AUTORIZA CONTRATACION LEASING

Villa de Merlo (San Luis), 19 de Junio  de 2007.-

 

ORDENANZA Nº 1046 – HCD – 2007.-

 
VISTO:
La necesidad de adquirir equipamiento que resulta imprescindible para mejorar la prestación  del servicio de los servicios de recolección de residuos, arreglo de calles y tratamiento de los restos de poda; y:
CONSIDERANDO:
Que para la adquisición de los equipos se considera como la opción más conveniente la modalidad contractual del leasing, la que tiene una regulación específica en la Ley Nº  5.248, complementarias y modificatorias.-
Que en razón de las peculiares características del contrato de leasing. el mismo permite financiar a largo plazo la adquisición de bienes sin formalizar erogaciones considerables y abruptas, hecho que en general condiciona la adquisición de equipamiento en la órbita municipal en virtud de las restricciones presupuestarias.-
Que el canon correspondiente a este tipo de operaciones de locación será atendido presupuestariamente con las distintas economías que resulten de los menores costos de reparaciones de equipos obsoletos, evitando menores costos de repuestos, como así también eliminando horas hombre improductivas.-
Que asimismo permitirá evitar la contratación de equipos a terceros para cumplimentar con la prestación de los servicios.-
Que las gestiones pertinentes para contratar las operaciones de leasing se han encaminado con el Banco Patagonia S.A..-
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS,  EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY , SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ART. 1º.     AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con el BANCO PATAGONIA S.A.. contratos de leasing de conformidad a las disposiciones de la Ley Nº  25.248, complementarias y modificatorias, con el objeto de financiar la adquisición de bienes destinados a la recolección de residuos, arreglo de calles y tratamiento de los restos de poda. cuyo detalle consta en el Anexo I que forma parte del presente, por hasta un monto máximo de pesos Trescientos cincuenta mil doscientos sesenta y cuatro con 40/100 ($ 350.264,40).-
ART. 2º.     AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder y transferir en garantía de la asistencia financiera detallada en el artículo precedente, los recursos provenientes de la recaudación de tasas, contribuciones y otros tributos municipales que ingresen a Rentas Generales.-
ART. 3º.     FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante los actos  y gestiones necesarios tendientes a asegurar el normal cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Municipalidad en el marco de la presente asistencia financiera, así como a suscribir los convenios y acuerdos pertinentes y efectuar las declaraciones y manifestaciones atinentes a tal fin.-
ART. 4º.     FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes para atender los gastos por concepto de canon, seguros a contratar y gastos administrativos que se originen en la oportuna suscripción de los contratos de leasing y de cesión de derechos en garantía.-
ART. 5º.     COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

Los comentarios están cerrados.