INCORPORA TASA DE DESCARGA EN EL VERTEDERO MUNICIPAL

INCORPORA TASA DE DESCARGA EN EL VERTEDERO MUNICIPAL

                                               Villa de Merlo, San Luis, 30 de Junio de 2006.-

 

ORDENANZA N° 983-HCD-2006.-

VISTO:
El Proyecto de Ampliación de la Ordenanza N° 651-HCD-97 – (Tarifaria), presentado ante este Cuerpo por la Sra. Mónica Cresmani, Directora de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Villa de Merlo; y:
 
CONSIDERANDO:
Que a partir de la evaluación de la problemática que se presenta en el Vertedero Municipal y la implementación de nuevos servicios municipales a la comunidad es que surge la necesidad de ampliar los rubros en el artículo 57 de la Ordenanza 651-HCD-97.-
Que en el Vertedero Municipal se observa el ingreso diario de 10 camiones atmosféricos de 8.000 litros de capacidad y uno o dos de 20.000 litros de capacidad, que descargan en una fosa que está llegando a su límite de llenado.-
Que el manejo de la fosa y los efluentes líquidos allí vertidos generan un costo para este Municipio.-
Que por otro lado este es un servicio privado que origina una renta a la empresa que lo lleva a cabo.-
Que además, en el Vertedero Municipal se observa el ingreso constante de privados que vuelcan distintos tipos de residuos, lo que genera desorden, movimientos de los mismos para su ubicación final y ocupan espacio en la fosa de relleno sanitario.-
Que de la misma manera los restos de podas se vuelcan en cualquier parte, ocupando grandes volúmenes del terreno y aumentando el riesgo de incendio.-
Que a partir de la cantidad de pedidos efectuados por vecinos ante la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad, manifestando la necesidad de que se les retire los restos de podas, servicio que no está contemplado por este Municipio y surge la necesidad de implementarlo.-
Que es importante aclarar que la puesta en marcha de este servicio mantendría más limpia a la Villa de Merlo y que las veredas no estarían ocupadas por grandes pilas de restos de podas durante largos períodos y los vecinos contarían con un servicio económico para resolver este grave problema.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º: Agregar al Artículo 57 de la Ordenanza N° 651-HCD-97- (Tarifaria) el rubro DESCARGA DE TANQUES ATMOSFÉRICOS EN EL VERTEDERO MUNICIPAL,  cuya tarifa será: $1,5 por cada 1.000 litros de capacidad del camión. Siempre se cobrará por la capacidad total del camión, sin importar que descargue un volumen menor, por cuanto no existe forma de medirlo.-
ART. 2º: Agregar al Artículo 57 de la Ordenanza N° 651-HCD-97 (Tarifaria) el rubro DESCARGA DE RESIDUOS  SÓLIDOS EFECTUADOS POR PRIVADOS EN EL VERTEDERO MUNICIPAL, cuya tarifa será: $5,00 por viaje. (Quedan excluidos de éstas descargas los residuos contemplados en las Ordenanza N° 805 y 806-HCD-2002).-
ART. 3º: Agregar al Artículo 57 de la Ordenanza N° 651-HCD-97 Tarifaria el rubro SERVICIO DE RETIRO DE PODAS A LOS VECINOS, cuya tarifa será: $10,00 por cada metro cúbico.-
ART.4º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

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