EXCEPCION TERRENO OBISPADO EN ZONA R3

EXCEPCION TERRENO OBISPADO EN ZONA R3

Villa de Merlo, (San Luis), 03 de Febrero de 2006.-

 

ORDENANZA Nº 958-HCD-2006

 
VISTO:
El pedido efectuado ante el D.E.M. por el CONSEJO PARROQUIAL DE LA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, de la Villa de Merlo, San Luis, referente a una fracción de terreno ubicada en Calle Los Pájaros esquina con Ruta Provincial Nº 5, del Paraje de El Rincón, de esta localidad, la cual es propiedad del Obispado de San Luis; y
 
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido fue formalizado ante el Sr. Intendente Municipal con fecha 17 de Diciembre de 2005, a través del cual se solicitó el cambio de zonificación de la parcela en cuestión de T4 a R3 del ordenamiento local vigente.-
Que la solicitud consiste en que la línea que divide las zonas T4 y R3 en la mencionada Calle Los Pájaros, que actualmente pasa por el eje de la calle, sea rectificada haciéndose pasar del lado Oeste de la Calle, permitiendo de ésta manera dejar incorporada esta parcela a la zona R3.-
Que se deja explícito en el pedido que la parcela, al estar en zona T4, su valor de venta  disminuye notoriamente, al punto tal que prácticamente resulta invendible, por cuanto en la misma, y de acuerdo a la legislación local vigente para esa zona, sólo se permitirían construir “paseos serranos peatonales, paradores o refugios”, pero no viviendas, por lo que evidentemente no existirían interesados en su adquisición.-
Que además, refiere el Consejo Parroquial, que han solicitado autorización al Obispado de San Luis, -quien como se refirió es el propietario de la parcela-, para enajenar el terreno y con su producido  terminar el Nuevo Templo del centro, cuya construcción data del año 1995, y la cual constituye una sentida necesidad del pueblo todo.-
Que el D.E.M. remitió esta solicitud a la C.T.A., habiendo ingresado el mismo el 27.12.2005, quienes se expidieron sobre la viabilidad de este pedido.-
Que con fecha 01 de Febrero de 2006, ingresa a este H.C.D. la Nota Recibida Nº 1612-HCD-2006, remitida por la Arquitecta Laura Brandi, quién acompaña los antecedentes del caso y los resultados emitidos por la C.T.A.-
Que también con fecha 27.01.2006, ingresó la Nota Recibida Nº 1604-HCD-2006, a través de la cual los Concejales Ricardo Doblas y Ricardo Labat, piden al Concejo que trate el tema.-
Que con fecha 01 de Febrero de 2006, ingresó la Nota Recibida Nº 1605-HCD-2006, mediante la cual los Concejales Ricardo Doblas, Miguel Ángel Zaragoza, Ricardo Chaves, María Rosa Miravet, Ricardo Labat, Julio Valdarenas, Rodolfo Raffo y Jorge Arias, solicitan la realización de una Sesión Extraordinaria (atento a que el Cuerpo se encuentra de receso), para tratar este tema entre otros.-
Que por Presidencia se instrumentó dicho pedido, llamando a Sesión Extraordinaria para el día 03 de Febrero de 2006 a las 20:30 horas.-
Que en la oportunidad se trató éste tema, encontrando totalmente viable este pedido, en atención a la finalidad expresada a la que se destinarán los fondos obtenidos con la venta de esta fracción de terreno, lo que torna esta cuestión de orden público, ya que involucra a la casi totalidad de los habitantes de la Comunidad.-
Que por otro lado, y debido a los infortunados accidentes producidos con anterioridad y también en esta misma temporada turística, en la esquina de la Ruta Provincial Nº 05 y Calle Los Pájaros, se torna necesario –y también constituyendo una necesidad de orden público-, tener una vía de escape para los vehículos que por múltiples circunstancias quedan sin frenos, que estaría constituida por la apertura de una calle que brinde continuidad a la Ruta mencionada en dirección al Oeste.-
Que por dichas razones, teniendo especialmente en cuenta este doble aspecto que involucra el orden público y finalidad que se le dará a los fondos obtenidos con la venta de la parcela, en la Sesión Extraordinaria aludida el H.C.D. decidió por unanimidad de los ediles presentes, hacer lugar por vía de excepción al pedido que nos ocupa.-
 

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS,  EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Art.1º).-  DISPONER, por las circunstancias expuestas en los considerandos, que la parcela propiedad del Obispado de San Luis, ubicada en Calle Los Pájaros y Ruta Provincial Nº 5, del Paraje de El Rincón, de la localidad de Merlo, San Luis, que cuenta con una superficie de 5.666 mts.2, queda incorporada a la Zona R3, quedando en consecuencia la línea divisoria entre las Zonas T4 y R3, trazada por los límites Sur y Oeste de la mencionada fracción.-
Art.2º).-  MODIFICAR, las partes pertinentes de la Ordenanza Nº 744-HCD-2000, solamente en lo que fuere estrictamente necesario para el cumplimiento de lo expresado en el Artículo anterior.-
Art.3º).-  NOTIFICAR, la presente Ordenanza al Consejo Parroquial y la Secretaría de Planeamiento y Gestión Territorial del Municipio para su toma de razón.-
Art.4º).-  Notifíquese, regístrese y publíquese.
 
Presidente HCD: Ricardo Rodolfo Federico Labat
Secretario Legislativo HCD: Dr. Jorge H. Flores
 
 
 
 
 
 
 
 
Dr. Jorge Huberto Flores
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Villa de Merlo (S.L.)
 
Ricardo R. F. Labat
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Villa de Merlo (S.L.)
 
 
 

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