RATIFICA ORDENANZA PRESTAMOS COMPARTIDOS (Nº 918/2005)

RATIFICA ORDENANZA PRESTAMOS COMPARTIDOS (Nº 918/2005)

Villa de Merlo (San Luis) 10 de Agosto de 2005.-

 

ORDENANZA Nº 926-HCD-2005

 

VISTO:

La Nota Recibida Nº 1103-HCD-2005, remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal, y:

 

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma el D.E.M. eleva ante éste H.C.D., el Decreto Nº 49-IM-2005, de fecha 05 de Agosto de 2005, el cual veta en todas y cada una de sus partes a la Ordenanza Nº 918-HCD-2005 dictada por éste Cuerpo.-

Que como fundamentos del veto, manifiesta el D.E.M. que al haber previamente vetado con anterioridad la Ordenanza Nº 916-HCD-2005, deviene necesario vetar la Nº 918, ya que la misma es consecuencia directa de la primera.-

Que por último el D.E.M. manifiesta sostener el veto anterior a la Ordenanza Nº 916-HCD-2005, por las razones que expresa en los considerandos del Decreto de mención.-

Que en el mismo orden de consideraciones, éste H.C.D. en la última Sesión Ordinaria del día 10 del corriente mes y año, al realizar el tratamiento del Despacho de Comisión respectivo, (Punto 14 del Orden del Día), referido al veto de la Ordenanza Nº 916-HCD-2005, éste se aprobó por mayoría, ratificando parcialmente la mencionada norma por cuanto se derogó uno de sus artículos.-

Que ante la circunstancia apuntada en el considerando anterior, no habiendo variado sustancialmente el espíritu de la Ordenanza ratificada (916) y encontrándose la misma estrechamente vinculada al tratamiento que hoy nos ocupa, deviene procedente y necesario, que la Ordenanza Nº 918-HCD-2005, también sea ratificada.-

Que en la Sesión Ordinaria del día 10 de Agosto de 2005, fue mocionado el tratamiento sobre tablas del veto a la Ordenanza Nº 918, el cual fue aceptado, y consecuentemente sujeto el tema a votación por Presidencia, la norma fue ratificada por mayoría calificada de los ediles presentes.-

 

POR TODO ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

Art.1º).-      RECHAZAR, el veto producido por el D.E.M., mediante Decreto Nº 49-IM-2005, en contra de la Ordenanza Nº 918-HCD-2005.-

Art.2º).-      RATIFICAR, en todas su partes la Ordenanza Nº 918-HCD-2005, sancionada por éste Cuerpo.-

Art.3º).-      Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

 

Presidente H.C.D.: Ing. Jorge Hernando Arias

Secretario Legislativo H.C.D.: Dr. Jorge Huberto Flores

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