Villa de Merlo (S.L.) 29 de enero de 1998
ORDENANZA Nº 673–HCD-1998
VISTO:
El Decreto Nº 46 IM/97 por el cual el Departamento Ejecutivo revoca la donación de una parcela en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” realizada mediante Ordenanza 598-HCD-95 a la firma Carlos Peralta; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa de Merlo (S.L.) ha constatado que la firma Carlos Peralta no ha realizado mejora alguna, ni ha iniciado y mantenido actividad industrial en la parcela donada en el Parque Industrial “Eliseo Mercau”.-
Que no se ha cumplido con lo ordenado en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 598-HCD-95.-
Que el artículo 3º de la citada Ordenanza establece la pérdida automática y de pleno derecho de la propiedad donada de no cumplirse con lo estipulado en el artículo 2º, la que retornará al dominio de la Municipalidad de la Villa de Merlo.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º) Homológase el Decreto Nº 46 del Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se revoca la donación de la parcela Nº 2, Manzana 48, Plano Nº 6-22-95, realizada a la firma Carlos Peralta, mediante Ordenanza N 598-HCD-95, en razón de no haber cumplido la misma con los cargos establecidos.-
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
Vice Presidente H.C.D.: Dra. María Cristina Chada
Secretaria H.C.D.: Stella M. H. de Dulcich