Merlo, SL, 25 de Junio de 1981
ORDENANZA Nº 240-IM-1981
VISTO:
El pedido formulado por el personal de ésta Municipalidad, el que solicita una desgravación del 50% de la Tasa por Servicios Municipales a los inmuebles de propiedad de los mismos, y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que en Ordenanzas anteriores ya ha sido contemplada esta desgravación, tal como surge del Art. 26º de la Ordenanza Impositiva Nº 139 del año 1977.-
Que en el proyecto original de Ordenanza Tarifaria que se había elaborado se había contemplado dicha desgravación y que luego al confeccionar la Ordenanza tipo, se omitió consignar el artículo respectivo, ya que ha sido norma común la aplicación de esta reducción en las Tasas por Servicios a la Propiedad, en tanto y en cuanto las mismas estén ocupadas por el titular y sus familiares. Por ello:
SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SL), SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
- Dispónese una desgravación del (50%) CINCUENTA POR CIENTO de la Tasa de Servicios Municipales, de los inmuebles de propiedad de los empleados y obreros municipales o de sus cónyuges, siempre que habiten en los mismos con sus familiares.-
- Tome nota contaduría a sus efectos. Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
Intendente Municipal: JULIO FALCO
Secretario de Gobierno y Serv. Públicos: JUAN CARLOS PRINGLES