REGLAMENTA TRABAJOS DE ZANJEO

Villa de Merlo (S.L.) 14 de junio de 1995

 

ORDENANZA Nº 593-HCD-1995

 
VISTO:
              Que los trabajos de zanjeo en la localidad de Merlo realizados por la Empresa Infra encargada de la ampliación de la red de agua potable, han sido efectuados siguiendo un cronograma que discontinúa el rellenado de la zanja procediéndose a la apertura de otras nuevas en otros lugares con las consiguientes molestias y perjuicios a una comunidad cuya actividad central es el turismo, y:
            
CONSIDERANDO:
            Que los trabajos de apertura de zanjas en calles y veredas de la ciudad debe ser controlada por la Secretaría de Obras Públicas y Privadas de la Municipalidad.-
Que un criterio de orden sería proceder a la apertura de zanjas por longitudes no superiores a los quinientos metros, debiendo solicitarse en todos los casos el correspondiente permiso municipal.-
Que la concesión de un nuevo permiso de apertura de zanjas conlleva razonablemente el cierre previo de las abiertas anteriormente.-
Que es necesario prever  un procedimiento a seguir en todos los trabajos que se realicen en la vía pública.-
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO (SAN LUÍS) EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

 
ART. 1º) Para realizar la apertura de zanjeos en la vía pública se deberá contar con el correspondiente permiso municipal expedido por la Secretaría de Obras Públicas y Privadas.-
ART. 2º) Cada permiso será otorgado por una longitud máxima de 500 metros de zanjeo.-
ART. 2º) El otorgamiento de nuevos permisos de zanjeo se condicionará al previo llenado y cubierta de las zanjas anteriormente abiertas en la vía pública, por la empresa solicitante, debiendo la Secretaría de Obras Públicas y Privadas verificar y aceptar dichas obras.-
ART. 4º) En casos de incumplimiento, la Municipalidad procederá al cierre de los trabajos de zanjeo por su cuenta, aplicando a la empresa responsable una multa de tres veces el monto erogado para realizar los trabajos.-
ART. 5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
 
Presidente H.C.D.: Jorge H. Arias
Secretaria H.C.D.: Stella Maris Herrero de Dulcich