ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE A DALMACIA ORTIZ

Merlo, SL, 25 de Junio de 1981

 ORDENANZA Nº 239-IM-1981

 VISTO:
El acta de donación de terrenos para calles publicas formulada por los señores DALMACIA DOMINGA ORTIZ, ROSA JOSEFINA ORTIZ y MANUELA ERIBERTA ORTIZ y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal  por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que la superficie donada surge del plano confeccionado por el Agrimensor Adolfo J. Mlodnicki, con fecha diciembre de 1979, inscripto y aprobada en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/91/80, con fecha 11 de diciembre de 1980. Dominio inscripto al Tomo 7 de Junín, Folio 313, Nº 76 y Padrón de la Receptoría de Merlo Nº 5.802. La superficie donada es de  1210,44 metros cuadrados.-
Que debe sancionarse la presente Ordenanza a los efectos de inscribir dichas parcelas en el Registro de la Propiedad y a fin de que posteriormente se tracen las  calles, encuadrándolas dentro de las disposiciones que rigen para el desarrollo urbano. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase la donación hecha por los señores DALMACIA DOMINGA ORTIZ, ROSA JOSEFINA ORTIZ y MANUELA ERIBERTA ORTIZ, de las parcelas Nº 5 y 14 de una superficie de 1210,44 metros cuadrados, para apertura de calles, del plano de división confeccionado por el Agrimensor Adolfo J. Mlodnicki, de fecha diciembre de 1979, inscripto y aprobada en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/91/80, con fecha 11 de diciembre de 1980, dominio inscripto al Tomo 7 de Junín, Folio 313, Nº 76 y Padrón de la Receptoría de Merlo Nº 5.802..-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE A MARCHISONE

Merlo, SL, 12 de Junio de 1981

 ORDENANZA Nº 237-IM-1981

 VISTO:
El acta de donación de terreno para calle publica formulada por los señores AMELIO NICOLAS MARCHISONE Y ROSA CELESTINA CIGNETTI DE MARCHISONE y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal  por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que la superficie donada surge del plano confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli, con fecha diciembre de 1980, inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/116/80, con fecha 4 de junio de 1981. Dominio inscripto al Tomo II (Ley 3236) de Junín, Folio 212, bajo el Nº 9261 y Padrón de la Receptoría de Merlo Nº 344118. La superficie donada es de 618,01 metros cuadrados.-
Que debe sancionarse la presente Ordenanza a los efectos de inscribir dicha parcela en el Registro de la Propiedad y a fin de que posteriormente se trace la  calle, encuadrándola dentro de las disposiciones que rigen para el desarrollo urbano. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase la donación de la parcela Nº 154 de una superficie de 618,01 metros cuadrados, para apertura de calle, del plano de división confeccionado por el Agrimensor MARIO ÁLVAREZ GRISTELLI, inscripto y aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/116/80, con fecha 4 de junio de 1981, dominio inscripto al Tomo II (Ley 3236) de Junín, Folio 212, bajo el Nº 9261 y Padrón de la Receptoría de Merlo Nº 344118. Donación hecha por los señores AMELIO NICOLAS MARCHISONE Y ROSA CELESTINA CIGNETTI DE MARCHISONE.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE A BURI

Merlo, SL, 18 de Mayo de 1981

 

ORDENANZA Nº 234-IM-1981

 
VISTO:
El acta de donación de terreno para calle publica formulada por los señores RAÚL DANIEL BURI y TEOFILO DANIEL BURI y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal  por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que la superficie donada surge del plano confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli, con fecha diciembre de 1978, inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/45/78. Registrado en el Padrón de la Receptoría de Merlo bajo el Nº 342452. La superficie donada es de 856,85 metros cuadrados.-
Que en compensación de la donación del terreno para apertura de calle, se ha convenido con los donantes, eximirlos del pago de tasas por el término de cinco años y correspondientes a los frentes Este y Oeste de los lotes Nº 59 y 60, del plano de división  mencionado.-
Que a los efectos de la aceptación de la donación se dicta la presente Ordenanza con el fin de inscribir la parcela donada y posteriormente trazar la  calle, encuadrándola dentro de las disposiciones que rigen para el desarrollo urbano. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase la donación de la parcela de 856,85 metros cuadrados, para apertura de calle y ochavas, del plano de división confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli, aprobado e inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/45/78, con fecha 22 de enero de 1979, Padrón de la Receptoría de Merlo bajo el Nº 342452. Donación hecha por los señores RAÚL DANIEL BURI y TEOFILO DANIEL BURI.-
  • En compensación a la donación hecha, eximase a los donantes del pago de las Tasas correspondientes a los frentes Este y Oeste de los lotes Nº 59 y 60, del plano de división mencionado en el Art. 1º, por el término de (5) CINCO AÑOS  a partir de enero de 1979.-
  • Tome nota Contaduría a sus efectos. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN PARA CALLE LOS TILOS

Merlo, SL, 23 de Marzo de 1981

 ORDENANZA Nº 229-IM-1981

 VISTO:
Las actas de donaciones de terrenos para la apertura de calles presentados por los sucesores de Jorge Chada y la señora Paula Esther Lucero Bedoya de Laborda, y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal  por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
 
CONSIDERANDO:
Que las mismas son como consecuencia de gestiones que ha realizado en la Comuna para lograr la combinación de la calle “Pasaje de los Tilos”, que nace en la Terminal de Ómnibus y termina en la Avenida del Deporte. Dicha calle se encuentra interrumpida por estas propiedades  que en este acto se donan para poder continuar con la misma, posibilitando de esta manera que la calle quede totalmente habilitada, respondiendo a requerimientos de urbanismo.-
Que en las gestiones realizadas se hubo de llegar a un acuerdo con los propietarios nombrados, consistente en condonación de deudas por Tasas y Servicios a la Propiedad Inmueble, por el año 1979 y cinco años de eximisión, es decir de 1980 a 1984. Asimismo se convino la condonación de la deuda por una pieza de los terrenos del año 1978. La Comuna se haría cargo del cerramiento de los terrenos de Paula Esther Lucero Bedoya de Laborda, que se encuentran alambrados. Por todo ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase las donaciones de terrenos para afectarlos a la continuación de la calle “Pasaje de los Tilos”, a las siguientes personas: PAULA ESTHER LUCERO BEDOYA DE LABORDA L.C. Nº 8.210.998, superficie donada (453,125 m2) CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES metros Con CIENTO VEINTICINCO centímetros cuadrados, terrenos ubicaos en calle Pedernera y Avenida los Almendros; HELENA ESTHER LABORDA DE CHADA L.C. Nº 8.210.966, SALVADOR CHADA D.N.I. Nº 10.351.351, MARIA CRISTINA CHADA DE SOSA L.C. Nº 6.079.672 Y HELENA GEORGINA CHADA D.N.I. Nº 11.901.—(NO SE LEE) superficie donada (525 m2) QUINIENTOS VEINTICINCO metros cuadrados, terrenos ubicados en calle Martín de Quemes y Avenida los Almendros.-

 
 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN PARA CALLE DE SR. SCHETTINI

Merlo, SL, 31 de Julio de 1980

 

ORDENANZA Nº 212 -IM-1980

 
VISTO:
La nota presentada por los señores ALFREDO SCHETTINI y RAQUEL LEIVA DE SCHETTINI haciendo donación de terreno para calle y ochava y las facultades conferidas por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que los nombrados son propietarios de un terreno ubicado en esta Localidad cuyo plano de división se encuentra aprobado bajo el Nº 895, folio 41, con fecha 10 de octubre de 1977.-
Que los nombrados hacen donación a favor de esta Municipalidad de una fracción de terreno de 150 metros cuadrados para ochava en la esquina del lote Nº 5 de la manzana Nº 49 del plano de división confeccionado por el Agrimensor Adolfo J. Mlodnicki.-
Que dicha donación se hace sin condiciones de ninguna naturaleza y se otorga la posesión a esta Intendencia Municipal desde la fecha de la donación. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

  • Aceptase la donación hecha por los señores ALFREDO SCHETTINI y RAQUEL LEIVA DE SCHETTINI, de una fracción de terreno de 150 metros cuadrados que es parte del lote Nº 5 de la manzana Nº 49 del plano de división hecho por el Agrimensor Adolfo J. Mlodnicki, aprobado por esta Municipalidad bajo el Nº 895, folio 41, con fecha 10 de octubre de 1977.-
  • Exímase del pago de Tasas a los donantes por el termino de (5) cinco años a partir de la fecha de la presente Ordenanza, en compensación de la donación a favor de esta Comuna.-
  • Oportunamente formalícese la presente donación por escritura pública de transferencia de dominio.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO DE GÓMEZ Y MARTÍN

Merlo, SL, 22 de Mayo de 1980

 

ORDENANZA Nº 205-IM-1980

 
VISTO:
 El acta de donación de terreno para calle pública formulado por los Señores Federico Antonio Pedro Gómez y Martín, Susana Asunción Aurora Gómez y Martín, Aurora Martín de Gómez Orcazaran, y las facultades conferidas por la Ley Nº 3715, y:
 CONSIDERANDO:
Que la superficie donada surge del plano Nº 11, confeccionado por el Agrimensor Guillermo Aguado con fecha junio de 1976, inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 10.456 con fecha 05 de Agosto de 1976. Dominio inscripto al Tomo 24 de Junín, Folio 76, bajo el Nº 2753, inscripción 2º Padrón Nº 1649 de la Receptoria de Merlo, La superficie donada es de 3760, 55 metros cuadrados.-
Que en su oportunidad fue omitida la sanción de la respectiva Ordenanza que hoy se hace necesario dictarla a los efectos de inscribir dicha parcela en el registro de  la propiedad y a fin de que posteriormente se modifique el trazado de la calle, encuadrándola dentro de la disposición  que rige para el desarrollo urbano. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase la donación de la parcela Nº 24 de 3.760,55 metros cuadrados para apertura de calle, plano Nº 13 confeccionado por el Agrimensor Guillermo Aguado inscripto y aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 10.456 con fecha 05 de Agosto de 1976. Dominio inscripto al Tomo 24 de Junín, Folio 76, bajo el Nº 2753, inscripción 2º, Padrón de la Receptoria de Merlo Nº 1649. Donación hecha por los Señores FEDERICO ANTONIO PEDRO GÓMEZ Y MARTÍN, SUSANA ASUNCIÓN AURORA GÓMEZ Y MARTÍN, AURORA MARTÍN DE GÓMEZ ORCAZARAN.-
  • Por intermedio del Escribano Miguel D’Aloisio, encomiéndase la inscripción en el Registro de la Propiedad de la parcela descripta en el Art. 1º de la presente Ordenanza.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- Entre líneas “Nº 24”VA.-

 
 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLES

Merlo, SL, 29 de Junio de 1979

 

ORDENANZA Nº 182-IM-1979

 
VISTO:
Las solicitudes de aprobación de planos de mensuras y donaciones de terrenos a favor de esta Intendencia Municipal y las facultades conferidas por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia; y:
CONSIDERANDO:
Que en las actas de donaciones de terrenos destinados a calles y ochavas se individualizan  a los donantes y figuran perfectamente delimitadas las superficies  donadas.-
Que dichas mensuras han sido aprobadas en su oportunidad aceptando las superficies donadas, como así también figuran las inscripciones de dominio. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

  • Acéptense las donaciones de terrenos destinados a calles y ochavas hechas por los propietarios que se nombran a continuación a favor de esta Municipal y por las superficies que se mencionan:
  1. COMECHINGONES S.A.C.I.F.I., dona 9 has., 645 metros cuadrados- Barranca Colorada, Merlo, San Luis.-
  2. MARIO ESTRADA, dona 5.228,91 metros cuadrados – Avenida Comechingones, Merlo, San Luis.-
  3. EDUARDO ELISEO MORAN, dona 1.521,98 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  4. ZACARIAS CUELLO, dona 3.180,52 metros cuadrados –Barranca Colorada, Merlo, San Luis.-
  5. HUBERTO DAWSON Y ELENA JESSIE DAWSON Y SARMIENTO DE FABRIZZI, dona 9.624,78 metros cuadrados –Cerro de Oro, Merlo, San Luis.-
  6. TOMAS ROSARIO BATALLA Y MARIA C.S. DE BATALLA, dona 1.774,12 metros cuadrados –El Rincón, Merlo, San Luis.-
  7. ELVA OLGA CAMARGO DE MUÑOZ, VELINDO ONOFRE CAMARGO, ROLANDO OMAR CAMARGO, TERESA SARA CAMARGO, MARGARITA ROSA CAMARGO DE DIAZ e HIPOLITA FRIAS vda. De CAMARGO, dona 4.289,35 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  8. JOSE ALBERTO ANDRES BRIGNONE, dona 796,18 metros cuadrados –Merlo, San Luis.-
  9. JOSE ALBERTO ANDRES GRIGNONE, dona 125,82 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  10. COMECHINGONES S.A. (en formacion) dona 29 has., 6.681 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  11. CARLOS PABLO ANDREOTTI, dona 7.568,89 metros cuadrados –Piedra Blanca Merlo, San Luis.-
  12. ANA BARREDA DE LEIVA, dona 3.369,71 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  13. JULIO FALCO, ALFIO DE LUCA Y ANELIO NICOLAS MARCHISSONE donan 386,98 metros cuadrados –Piedra Blanca, Merlo, San Luis.-
  14. AGUSTIN SEQUEIRO Y MANUELA RODIÑO DE SEQUEIRO, donan calle de 14 metros de ancho por todo el largo de la propiedad que corre de Sud a Norte mas 8,30 mts. de ancho que se agregará a la calle actualmentes abierta continuacion de Av. Del Deporte, Merlo, San Luis.-
  15. MARÍA VERONICA BUSTOS, dona 1.110 metros cuadrados – El Rincón, Merlo, San Luis.-
  16. MERCEDES B. DE MANSILLA, dona 252 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  17. HIGINIO MAGALLAN, dona 812 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  18. ANTONIO CIRILO QUIROGA, dona 883,05 metros cuadrados – Merlo, San Luis.-
  19. ALBERTO RODRIGUEZ Y NOEMI VIGO DE RODRIGUEZ, donan la superficia que se determinará según sea necesario para el ensanche de la calle que linda al Este de los terrenos de su propiedad, ubicados en El Rincón, Merlo, San Luis.-
  • Todas las donaciones de terrenos aceptados por la presente Ordenanza deberán ser formalizadas por escritura pública de transferencias de los dominios respectivos.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

ACEPTA DONACIÓN TERRENO A JOSE MERCAU

Merlo, SL, 28 de Setiembre de 1978

 

ORDENANZA Nº 166-IM-1978

 
VISTO:
Las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, el compromiso de donación hecho por el Señor José Alberto Mercau de una parcela de terreno para la construcción de un camping-parque en esta Localidad; y:
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia proyecta la construcción de un camping en esta Localidad, para lo cual ha destinado una partida especial, debiendo esta Comuna ceder los terrenos que fueran necesarios de acuerdo fuera solicitado por Informe Nº 79-SAM.-
Que el vecino Señor José Alberto Mercau se compromete por escritura Nº 162 de fecha 27 del corriente mes y año, por ante el Escribano Luis Ricardo de Olloqui, a donar a esta Municipalidad una fracción de terreno de aproximadamente dos hectáreas cinco mil metros  cuadraos destinadas a la construcción del camping proyectado.-
Que los terrenos ofrecidos en donación se encuentran ubicados en El Rincón del Este, en un lugar ideal para la construcción del camping y cuenta con agua y suministro de energía eléctrica, estando comunicado por caminos, rutas y calles. Por ello:
 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase el compromiso de donación realizado por el Señor JOSÉ ALBERTO MERCAU, ante el Escribano Don Luis Ricardo de Olloqui, por escritura Nº 162 del 27/09/78 de una fracción de terreno de Dos hectáreas CINCO MIL metros cuadrados destinada a la construcción de un camping- parque, ubicada en el Campo El Molino de su propiedad, aguas abajo del embalse construido por el Gobierno de la Provincia y en el lugar denominado El Rincón del Este, con los limites que se establecen en el acta de donación y croquis que forman parte de dicho acto.-
  • Dispónese que el Señor JOS ALBERTO MERCAU, en su carácter del donante, tendrá prioridad para que en el caso de que se ceda la explotación del camping-parque a particulares, el que le será entregado por el término de diez (10) años y en forma gratuita, quedando entendido que la explotación comercial se haría respetando las reglamentaciones vigentes y previo convenio por escrito.-
  • Determinada la aptitud del terreno por Asesoría de Desarrollo, de acuerdo lo establece el Informe Nº 79-SAM- procédase a realizar la mensura del predio donado, cuya posesión la dará el donante Señor  JOSE ALBERTO MERCAU en el momento de notificarse de la aceptación de la donación.-
  • Hágase saber a Asesoría de Desarrollo de la Provincia, Dirección de Asuntos Municipales y Dirección General de Turismo, acompañando copia de la presente Ordenanza
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE

Merlo, SL, 26 de mayo de 1978

 ORDENANZA Nº 153-IM-1978

 
VISTO:
Las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal por la Ley Nº 3715 del Superior Gobierno de la Provincia, y la nota presentada por los Señores BLANCA HERLINDA URQUIZA DE BEVERINOTTI, GENOVEVA CRISTINA URQUIZA DE PRUYAS Y DANIEL SIXTO SUAREZ, y:
CONSIDERANDO:
Que los nombrados son propietarios de un terreno ubicado en calle Pringles, entre Avenida San Martín y Calle Sarmiento.-
Que los mismos hacen donación a favor de esta Comuna de una fracción de terreno para la apertura de una calle que permita la continuación de la Calle central, plano de loteo confeccionado por el Agrimensor Alfredo Nasisi a nombre de Luis Rodolfo Correa, aprobado por la Municipalidad bajo el Nº 260 el 02 de enero de 1968.-
Que dicha  donación se hace sin condiciones de ninguna naturaleza y se otorga la posesión a esta Intendencia Municipal desde la fecha de la donación.-
Que la apertura de dicha calle beneficia a ese sector del ejido urbano facilitando la agilización del transito; por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  1. Aceptase la DONACIÓN hecha por los Señores BLANCA HERLINDA URQUIZA DE BEVERINOTTI, GENOVEVA CRISTINA URQUIZA DE PRUYAS Y DANIEL SIXTO SUAREZ, de una fracción de terreno ubicada en calle Pringles entre Avenida San Martín y Sarmiento, que permite la continuación de calle central del plano de loteo confeccionado por el Agrimensor Alfredo Nasisi y a nombre de Don Luis Rodolfo Correa, aprobado por esta Municipalidad bajo el Nº 260 el 02 de enero de 1.968.-
  2. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles

ACEPTA DONACIÓN CALLES LOTEO CAMARGO

Merlo, SL, 13 de enero de 1977

 ORDENANZA Nº 121-IM-1977

 VISTO:
Las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal por el Artículo 1º de la Ley Nº 3715 del Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
La nota presentada por el Señor JOSE ALEJANDRO ARIAS CAMARGO, por sí y como apoderado y administrador de sus condóminos Señores TERESA CUELLO DE CAMARGO, MARIA ISABEL CAMARGO DE LOPEZ, JUANA CAMARGO, ABRAHAM CAMARGO, TELESFORO CAMARGO, PEDRO OSTENCIO CAMARGO y CARLOS FELIX ARIAS, haciendo expresa donación a favor de la MUNICIPALIDAD DE MERLO (San Luis) de las calles y ochavas proyectadas de acuerdo a disposiciones  vigentes del loteo del inmueble de su propiedad ubicado en esta localidad en la zona primera, con una superficie de 6 has., 5070 metros con 23 centímetros cuadrados, según títulos inscriptos al Tomo 4- Junín- Folio 495 continuando Tomo 19- bajo el Nº 652 y Folios 287 y 293.-  del Registro General y bajo el Nº de Padrón 340.083 de la Receptoría de Merlo (San Luis).- las calles y ochavas donadas cubren una superficie de 13.471,02 metros cuadrados.-
POR ELLO Y LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 1213:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  1. Aceptase la DONACIÓN hecha a favor de la Municipalidad por los Señores JOSE ALEJANDRO ARIAS CAMARGO, TERESA CUELLO DE CAMARGO, MARIA ISABEL CAMARGO DE LOPEZ, JUANA CAMARGO, ABRAHAM CAMARGO, TELESFORO CAMARGO, PEDRO OSTENCIO CAMARGO y CARLOS FELIX ARIAS, de las calles y ochavas correspondientes al loteo de su propiedad ubicada en esta localidad en la zona primera y cuyos títulos se encuentran inscriptos en el Registro General, al Tomo 4- Junín- Folio 495 continuado Tomo 19- Folios 287 y 293, bajo el Nº 652, Padrón de la Receptoría de Merlo (San Luis) Nº 340.083 cubriendo las calles y ochavas donadas una superficie de (13.741,02 metros cuadrados) TRECE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN METROS C/02 CENTRIMETROS CUADRADOS. Plano aprobado por esta Municipalidad bajo el Nº 755.-
  2. La Municipalidad tomará posesión de las mismas y autorizará la venta de lotes cunado las calles estén debidamente demarcadas y en condiciones de transitabilidad.-
  3. Queda facultado este Departamento Ejecutivo para dar cumplimiento a todos los requisitos legales para la total formalización de la donación aceptada por el Art. 1º.-
  4. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

Intendente: Julio Falco

Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles