AUTORIZA CESION DOMINIO A GOBIERNO PROVINCIAL PARA CENTRO EDUCATIVO

Villa de Merlo, (S. L.) 12 de Noviembre de 1999

 

ORDENANZA  Nº 724-HCD-1999

VISTO:
La Nota Nº 1961/99 enviada a este Concejo por el Sr. Jefe del Departamento Técnico de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de esta Villa, solicitando la cesión del dominio al Gobierno de la Provincia de San Luis, de la Parcela Nº 1, individualizada como calle proyectada sin nombre, según Plano 6/   /99 de fecha 25 de octubre de 1999; y
 
CONSIDERANDO:
Que la parcela de referencia se trata de una calle proyectada que nunca fue abierta, encontrándose actualmente ocupada por la construcción del Centro Educativo.
Que en atención a la situación de hecho existente, en la que la citada parcela forma parte de la construcción de ese Centro, este Concejo debe resolver la cesión de la calle mencionada.
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA PRESENTE
 

ORDENANZA
 

Art.1º).-                    Autorizar la cesión del dominio al Gobierno de la Provincia de San Luis, de la Parcela Nº 1 individualizada en el Plano Nº 6/  /99 de Mensura Administrativa, confeccionado por el Agrimensor Guillermo Daniel Aguado, con fecha 25 de octubre de 1999, ubicada entre las Manzanas Nº 12 y 16 del Plano Nº 6/78/87, confeccionado por el Agrimensor Tito Carlos Pirovano, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro el 27 de Noviembre de 1987, entre calles Pedernera y Güemes.
Art.2º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
 
Presidente H.C.D.: Dr. Mario Mini
Secretaria Legislativa H.C.D.: Dra. Susana Segura
 

MODIFICA ORDENANZA 521/93- AMIGOS DE MERLO

Merlo, (S.L.) 03 de Noviembre de 1993

 

ORDENANZA Nº 531-HCD-1993

 
VISTO:
La observación efectuada por el Concejal Jorge Hernando Arias en el sentido de que la actual redacción del Art. 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, no refleja el contenido exacto y el espíritu, del texto aprobado  oportunamente,  y;
 
CONSIDERANDO:
Que por Secretaría y Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, se ha constatado que dicha observaron es totalmente procedente, y la falta se debe presumiblemente a un error de interpretación en la elaboración y corregido del Despacho de Comisión oportunamente presentado, habiendo para ello, elaborado el informe pertinente que en copia se acompaña a la presente.-
Que el tema se trató en el seno del Honorable Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del Día de la fecha existiendo en la ocasión dos posturas distintas: a) El Concejal Arias mocionó para que se confeccionara una nueva Ordenanza reformando el citado articulo de la Ordenanza Nº 521, y llevándolo a su redacción original, siendo apoyado en su moción por las Concejales Nicoletti y Flores Blanch; b) El Concejal Landeau mocionó para que el Art. 4º de la Ordenanza Nº 521, quedara con su redacción actual, recibiendo el apoyo del Concejal Busto. De esta manera, por mayoría simple se impuso la moción del Concejal Arias aprobándose la presente Ordenanza.-
POR ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE  LA LEY, SANCIONA LA PRESENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º)Reformular el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, llevándolo a su texto original (sin correcciones), que figura en el Despacho de Comisión antecedente de la citada norma legal.-
ART. 2º) Atento a lo expresado en Articulo anterior, el referido Articulo 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, rezará: “Será facultad conjunta e igualitaria de la Municipalidad de Merlo y de la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo”, administrar su uso cuando la Terminal de Ómnibus haya dejado de funcionar en ese lugar; con el cargo de destinar los recursos procedentes de su explotación conjunta, a la educación, difusión de la cultura, becas, apoyo a bibliotecas, etc., o destinar el inmueble al funcionamiento de una Casa de Altos Estudios”.-
ART. 3º) De forma.-
DADA, SELLADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, A TRES DÍA DEL MES DE  NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
 
 
Presidente H.C.D.: Eduardo E. Ponce
Secretario H.C.D.: Jorge H. Flores

AUTORIZA AL DEM ACEPTAR CESIÓN DE TERRENO A AMIGOS DE MARLO- Y UNSL

Merlo, (S.L.) 01 de Setiembre de 1993

 

ORDENANZA Nº 521-HCD-1993

 
VISTO:
La cesión realizada en el año 1972  por la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo” a la Municipalidad de Merlo, respecto del terreno ubicado en los fondos de su actual sede social para ser destinado  a la construcción de un edificio donde debía funcionar como condición y cargo, la Terminal de Ómnibus de ésta Localidad y dentro de la cual uno de los locales debía ser entregado en propiedad a perpetuidad a dicha Sociedad de Fomento,  y;
 
CONSIDERANDO:
Que resulta público y notorio que el edificio de la Terminal de Ómnibus ha sido construido, funcionando desde 1978 y que, dentro del mismo la Sociedad de Fomento ha ocupado un local a su elección, en el centro, entre un total de cinco existentes en el hall de la Terminal.-
Que esto viene a ratificar plenamente una situación preexistente entre la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo” y la Municipalidad de Merlo.-
Que hasta la fecha la Comuna carece de escritura publica traslativa de dominio para lo cual se hace necesario que se acepte e instrumente dicha cesión con los cargos y condiciones impuestos a fin de que la Municipalidad de Merlo perfeccione finalmente el dominio del inmueble por el tiempo que marca el destino expreso de la cesión.-
Que la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo” ha hecho confeccionar el plano de subdivisión del predio, el que deberá ser inscripto en esta Municipalidad previo a la escrituración de la parcela cedida.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal envió el Proyecto de Ordenanza respectivo, habiendo sido tratado en el seno de este Honorable Concejo Deliberante de Merlo, San Luis, en oportunidad de su Sesión Ordinaria de fecha 1º de Setiembre del corriente año, siendo su tratamiento sobre tablas, respaldado por un Despacho de la Comisión Permanente de Hacienda, Obras Publicas y Turismo, firmado por la totalidad de sus miembros, habiéndose en la ocasión aprobado por unanimidad de los presentes el mencionado Proyecto de Ordenanza, con las modificaciones propuestas en el citado Despacho de Comisión.-
POR ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE  LA LEY, SANCIONA LA PRESENTE:
 

ORDENANZA

 

  • Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la cesión del terreno, perfeccionando la escritura traslativa de dominio.-
  • El referido terreno esta ubicado en frente a la Calle Pringles entre Los Almendros y San Martín de esta localidad. Sus medidas son: Norte 42,96 mts., Sur 42,95 mts., Este 32,37 mts., Oeste 32,41 mts., con una superficie total de 1388,92 metros cuadrado. El plano ha sido registrado en la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro con el Nº 6/26/92, confeccionado por el Agrimensor Giulatti (Matricula Nº 196) con fecha 24/06/92.-
  • Por disposición exclusiva de la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo”, se acepta la condición impuesta de destinar el predio al funcionamiento de la Terminal de Ómnibus, al igual que el cargo sobre la propiedad que esta Sociedad tiene sobre el local central, el mismo que hasta la fecha lo destinó al funcionamiento de la boletería de la Empresa T.A.C. Ltda.-
  • Será facultad conjunta e igualitaria de la Municipalidad de Merlo y de la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo”, administrar su uso cuando la Terminal de Ómnibus haya dejado de funcionar en ese lugar, y/o se haya rescindido el contrato con el actual concesionario, con el cargo de destinar los recursos procedentes de su explotación conjunta, a la educación, difusión de la cultura, becas, apoyo a bibliotecas, etc., o destinar el inmueble al funcionamiento de una Casa de Altos Estudios.-
  • De forma.-

DADA, SELLADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, A UN DÍA DEL MES DE  SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
 
 
Presidente H.C.D.: Eduardo E. Ponce
Secretario H.C.D.: Jorge H. Flores