ORDENANZA Nº X-0713-HCD-2016 SESION ESPECIAL “DE LA MEMORIA POR LA DEMOCRACIA”

ORDENANZA Nº X-0713-HCD-2016 SESION ESPECIAL “DE LA MEMORIA POR LA DEMOCRACIA”

                                             Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Marzo de 2016.-

 

ORDENANZA Nº X-0713-HCD-2016

SESION ESPECIAL

“DE LA MEMORIA POR LA DEMOCRACIA”

 
VISTO:

La necesidad de fomentar acciones concretas tendientes a promover el resguardo y la preservación de la Memoria por la Verdad, la Justicia, la Democracia  y la Participación e Identidad Ciudadana; y

CONSIDERANDO:

 Que el 24 de marzo de 1976, un golpe de Estado cívico-militar derrocó al gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón; y a partir de ese momento una Junta Militar impuso la dictadura más sangrienta de la historia argentina; la que persiguió, torturó y asesinó a miles de argentinos; dictó normas por fuera y por encima de la Constitución; disolvió el Congreso y los partidos políticos; prohibió toda actividad sindical; anuló la libertad de expresión y devastó la economía nacional.-

Que el 2 de agosto de 2002, el Congreso de la Nación Argentina dictó la Ley N° 25.633, creando el “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia” con el fin de conmemorar a las víctimas de la última dictadura militar que se instaló en el país entre 1976 y diciembre de 1983 y que dejó más de 30 mil desaparecidos, miles de muertos, la sustracción de bebés de sus madres en cautiverio y el robo de las pertenencias de sus víctimas.-

Que mantener viva la memoria e informar a los ciudadanos, sobre los hechos, aunque dolorosos, es una forma activa de defender los derechos humanos y el futuro de todos.-

Que debemos asumir este desafío como ciudadanos responsables y comprometidos en sostener la defensa plena de todos nuestros derechos, si es que pretendemos continuar construyendo una sociedad con verdad y justicia para todos.-

Que ligar la Memoria a los Derechos de los ciudadanos (el derecho a la vida, a elegir a sus gobernantes, a expresarse a través de la literatura, a opinar libremente, el derecho a la identidad, a la educación, a la salud física y psíquica, a elegir y expresarse libremente, etc), debe ser el Norte que nos guíe para hacer una sociedad más justa, inclusiva, libre y soberana.-

Que  esta Ordenanza  fue elaborada en conjunto y con el aporte de la Asociación Civil “Responsabilidad Ciudadana”, Personería Jurídica Resolución Nº 68-DCIFPJ-2014,  y con ella buscamos hacer efectivo el ‘nunca más’ y que aquella etapa negra y triste de nuestra historia no vuelva a repetirse.-

Que es nuestro deber inclaudicable, que toda la Comunidad se comprometa activamente en la defensa de los derechos y las garantías establecidos por la Constitución Nacional y Provincial, y del régimen político democrático.-

Que el propósito de instaurar esta Sesión Especial, es continuar reivindicando la memoria histórica, como elemento clave en la construcción de la identidad colectiva, para el logro de una sociedad más justa; como así también revalorizando, desde nuestra responsabilidad ciudadana, la democracia, la igualdad, la justicia y los derechos humanos para todos nuestros conciudadanos.

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS FACULTADES Y  ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

Art. 1º: ESTABLECER, el día VEINTICUATRO (24) de MARZO de cada año, (y/o el primer día hábil inmediatamente anterior), la realización de una SESIÓN ESPECIAL de éste Honorable Concejo Deliberante llamada “SESIÓN de la MEMORIA por la DEMOCRACIA”.-

Art. 2º: La misma, tendrá como objetivos el tratamiento, discusión, difusión, programas, charlas, debates, y demás acciones e iniciativas atinentes a la Formación Democrática y la Responsabilidad e Identidad Ciudadana.-

Art. 3º: Remitir copia de la presente a todas las Municipalidades de la Provincia de San Luis, a fin de invitarlos al tratamiento y sanción de actos administrativos similares en sus respectivas jurisdicciones.-

Art. 4º: Remitir copia de la presente a la Legislatura Provincial a fin de que evalúen manifestar la adhesión a la presente Ordenanza.-

 

Art. 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

 

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