Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Diciembre de 2015.-
ORDENANZA Nº VIII-0702-HCD-2015
VISTO:
La Nota Recibida Nº 110-HCD-2015, ingresada con fecha 18 de Marzo del año 2015; y:
CONSIDERANDO:
Que la nota consignada en el visto de la presente Ordenanza, fue ingresada por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos Municipal, solicitando se dé tratamiento al uso denominado “parador”, en la Zona T4, de la Ordenanza Nº 744-HCD-2000.-
Que el pedido se efectúa con la finalidad de evitar cuestiones de interpretación de la norma que se modifica y que pueda alterar el espíritu de protección y de conservación que contiene.-
Que realizado el tratamiento solicitado, la Comisión de Planeamiento de este H.C.D., elevó sus conclusiones sobre el tema a la Comisión Plenario del Concejo, la que por unanimidad resuelve lo siguiente.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: MODIFICAR, el Punto 5 Indicadores Urbanísticos de la Zona T4, Punto A, de la Ordenanza Nº 744-HCD-2000, el que queda redactado de la siguiente manera:
– …Uso Dominante: Turístico
Paseo Serrano
Senderos Peatonales.-
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-