ORDENANZA Nº VII-0519-HCD-2012: PROMOCION PRIMER NEGOCIO-DEROGADA POR ORD. VII-0766/17

ORDENANZA Nº VII-0519-HCD-2012: PROMOCION PRIMER NEGOCIO-DEROGADA POR ORD. VII-0766/17

 

Villa de Merlo, San Luis, 7 de Noviembre de 2012

 

ORDENANZA Nº VII-0519-HCD-2012

“PROMOCION PRIMER NEGOCIO”

 
VISTO:
La Ordenanza Nº 792-HCD-2002 de Habilitaciones Comerciales y sus modificatorias, y la decisión de promocionar a los jóvenes emprendedores en la Habilitación de su primer Negocio; y:
 
CONSIDERANDO:
Que para esta Administración, es una política prioritaria fomentar, promocionar y fortalecer el espíritu emprendedor y la cultura empresarial en los jóvenes de nuestra Villa.-
 
Que es oportuno brindar a los jóvenes de entre 18 y 30 años, que se inician comercialmente las facilidades  para habilitar su primer establecimiento comercial.-
 
Que es necesario modificar el artículo 2º de la Ordenanza  Nº VII-0121-2011(TO 792-HCD-2002), excepcionando a los jóvenes de esta franja etaria del pago adelantado de las doce primeras cuotas mensuales de las Tasas de Seguridad e Higiene correspondientes.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA  SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º: EXCEPCIONAR a los jóvenes de entre 18 y 30 años que inician su primera actividad comercial del pago adelantado de las doce primeras cuotas mensuales de la Tasa de Seguridad e Higiene correspondiente, los que serán abonados con las Tasas mensuales subsiguientes al inicio de la actividad.-
 
ART. 2º: INCORPORAR al artículo segundo de la Ordenanza Nº 792-HCD-2002, y sus modificatorias lo enunciado en el artículo 1º de la presente.-
 
ART. 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 

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